Ordenanzas y Reglamentos

En la Administración local no puede definirse separadamente Ordenanza y Reglamento, pues ambas tienen el mismo significado.

Las Ordenanzas y Reglamentos son “normas generales obligatorias establecidas por las Entidades Locales en el marco de sus competencias y en relación con los intereses públicos que les están encomendados”.

En nuestra legislación, la Ley de Régimen Local faculta a los Ayuntamientos para aprobar Ordenanzas y Reglamentos, y a los Alcaldes a dictar Bandos de aplicación general en el término municipal, con la única limitación de que no contengan preceptos opuestos a las leyes o disposiciones generales.