EL JUZGADO PARALIZA LA RETIRADA DE LA ANTENA DE BARRIAL
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº6 de Las Palmas de Gran Canaria ha emitido un auto judicial que ordena al ayuntamiento de Gáldar paralizar la retirada de la antena de telefonía móvil situada en la calle Felipe Ruiz Santana de Barrial, hasta tanto se resuelva el pleito interpuesto por Telefónica contra la orden municipal de retirada.
La resolución judicial accede a la petición de Telefónica de suspender cautelarmente la orden municipal de cese de la actividad y retirada de la antena de telefónica móvil, al entender que su ejecución afectaría a “las comunicaciones de la zona” y porque no consta “una demanda urgente de la ejecución del acto por parte del interés público”.
No obstante, el ayuntamiento de Gáldar ha recurrido dicha resolución judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al entender que no procede suspender la orden de retirada, ya que la antena en cuestión carece de las previas y preceptivas licencias municipales de obra y actividad.
En el recurso interpuesto, el ayuntamiento de Gáldar aporta las miles de firmas de los vecinos requiriendo la retirada de la antena y vuelve a poner de manifiesto, como hizo ante el propio Juzgado, que el Tribunal Supremo tiene establecido que cuando no existe la licencia de actividad no procede suspender la orden de cese, ya que esto equivaldría a otorgar siquiera temporalmente la licencia para una actividad que carece de ella.
Asimismo, el ayuntamiento recuerda el caso resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de fecha 28 de septiembre de 2002, que determina que cuando la orden de retirada de la antena encuentra su fundamento en la falta de licencia, es aplicable la doctrina del Tribunal Supremo de que no procede suspender la ejecutividad del acuerdo municipal impugnado, en la medida en que, en caso de acordarla, se haría una declaración de naturaleza positiva, accediendo al otorgamiento de una licencia denegada por el tiempo que durara la tramitación del proceso, siendo en este caso de aplicación el principio general de la no suspensión de la ejecución de los actos administrativos impugnados.
Por todo ello, desde el ayuntamiento de Gáldar se confía que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias anule la resolución del Juzgado y permita la retirada de la antena.
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