SEPTIEMBRE
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DIA TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, EN PRIMERA CONVOCATORIA, POR EL AYUNTAMIENTO PLENO.
En la Ciudad de Gáldar, siendo las diecinueve horas treinta minutos del día treinta de Septiembre de dos mil diez, se reúnen en las Casas Consistoriales y bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, DON TEODORO CLARET SOSA MONZÓN, el Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia de los Señores y Señoras que a continuación se relacionan: Don Cayetano González Padrón, Doña Mª del Carmen Mendoza Ramos, Don Manuel Carmelo López Mendoza, Don Carlos Matías Ruiz Moreno, Don Vicente Moreno Santiago, Don Manuel Mateos Ruiz, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, Don Bernardo Emilio Macías Gutiérrez, Doña Leticia Armas Guzmán, Don José Mª Aguiar Sosa, Doña Mª del Carmen Santana García, Doña Mª Teresa Sosa Martín, Don Francisco Pedro Sosa Gil, Doña Lorena Mateos Medina, Don Blas Martín Díaz Díaz, Doña Ana Mª Vega Jorge, Don José Juan Rodríguez Pérez, Don Juan Andrés Díaz Ramos y Don José Luis González Mateos. Excusó su ausencia Don Manuel Godoy Melián. Asistió el Sr. Interventor Accidental Don Antonio Graciano Pérez Reyes. Como Secretaria Accidental Doña Candelaria Guerra Pulido.
Comprobada la asistencia del número legal suficiente para la celebración de la sesión, por el Sr. Alcalde se declara abierto el acto, dándose lectura por Secretaría al Orden del Día circulado al efecto, con el fin de proceder al estudio de los asuntos comprendidos en el mismo.
1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTAS SESIONES ANTERIORES.-
El Sr. Alcalde-Presidente, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, pregunta a los Señores Concejales si desean efectuar alguna corrección a las actas de las sesiones celebradas los días veintinueve de Julio (ordinaria) y catorce de Septiembre (extraordinaria) de dos mil diez.
Toma la palabra la Sra. Concejal del grupo político Partido Popular, Doña Mª Teresa Sosa Martín, para comentar con respecto al acta de la sesión extraordinaria de catorce de Septiembre, en la página 2 que, después de la intervención del Sr. Alcalde le gustaría que constara en acta, que solicitó la palabra y se le negó. El Sr. Alcalde le dice que el Alcalde cierra el debate de cada punto y que no se recoge esa observación.
No formulándose ninguna otra observación a las actas referidas, por la Presidencia se somete a votación, quedando aprobadas con el siguiente resultado: Por unanimidad, el acta de la sesión ordinaria celebrada el día veintinueve de Julio de dos mil diez y, por once votos a favor (7 BNR-NC y 4 PSOE), ninguna abstención y ocho votos en contra (5 PP y 3 UPG), el acta de la sesión extraordinaria celebrada el día catorce de Septiembre de dos mil diez.
2º.- MOCIONES DE CONCEJALES. ACUERDOS PROCEDENTES.-
A).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “UNIÓN PROGRESISTA DE GÁLDAR” RELATIVA A LA FICIT.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“La Fiesta Canaria de la Informática y la Telemática (FICIT), es un acontecimiento para dar a conocer las nuevas tecnologías de la información y crear un punto de encuentro entre los usuarios de la informática y las comunicaciones. Donde jóvenes de Canarias y de otras regiones, se reúnen con sus propios ordenadores y dialogan sobre las novedades del sector e intercambian experiencias y, en el que, se imparten charlas, conferencias y mesas redondas, entre otros.
La FICIT es una iniciativa creada en el año 2000. Y, entre los objetivos a alcanzar con su realización, se encuentra el fomentar el uso de las nuevas tecnologías, aumentar el nivel de conocimiento sobre las posibilidades que ofrecen las Nuevas Tecnologías, fomentar el uso del Software Libre, incrementar la curiosidad que sobre las Nuevas Tecnologías tiene la población, fomentar el intercambio de experiencias formativas y educativas, así como, promocionar Gáldar, la Comarca noroeste y Gran Canaria como lugar de encuentro tecnológico, al tiempo que se fomentan las Nuevas Tecnologías como una alternativa de ocio y formación para los jóvenes.
El grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Gáldar (BNR-NC y PSOE), recoge en su programa de gobierno como compromiso, retomar y potenciar dicho acontecimiento.
Por lo que, el grupo político Unión Progresista de Gáldar, propone al Ayuntamiento Pleno, la adopción del siguiente acuerdo:
Instar al grupo de gobierno para que retome y potencie la Fiesta Canaria de la Informática y Telemática (FICIT) en nuestro municipio, tal y como se comprometieron.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, para manifestar lo siguiente: “Uno de los compromisos que recoge el grupo de gobierno en su programa, es retomar y potenciar la Fiesta Canaria de la Informática y la Telemática (FICIT). Sin embargo, hasta la fecha, no se ha organizado. Por lo que, con esta moción se les pide que cumpla con lo prometido y, retome y potencie la FICIT en nuestro municipio. Tal como exponemos en esta moción, la iniciativa de organizar la FICIT viene desde el año 2.000 y, es un acontecimiento para dar a conocer las nuevas tecnologías de la información y crear un punto de encuentro entre los usuarios de la informática y las comunicaciones, donde jóvenes de Canarias y de otras regiones, se reúnen con sus propios ordenadores y dialogan sobre las novedades del sector e intercambian experiencias y, en el que se imparten charlas, conferencias y mesas redondas, entre otros. Por lo tanto, conlleva promocionar Gáldar, la Comarca noroeste y Gran Canaria como lugar de encuentro tecnológico, al tiempo que se fomentan las Nuevas Tecnologías como una alternativa de ocio y formación para los jóvenes.”
Don Manuel López Mendoza, Concejal de Nuevas Tecnologías, manifestó lo siguiente: “Tal como indicamos en la Comisión, nosotros no vamos a apoyar la moción y los principales motivos son los que indico a continuación. Dice usted que aparecía en el programa, cuando se hizo el programa, la situación no era la que estamos viviendo económicamente. Era una situación de crisis. La FICIT es la fiesta canaria de informática y la telemática y desde la Concejalía de Nuevas Tecnologías, hemos establecido otras prioridades, ya que se ha recortado bastante el presupuesto y hemos optado por invertir más en lo que es infraestructura para mejorar las redes telemáticas, disminuir los costes de telefonía, etc., etc. Esta fiesta canaria de la informática y de la telemática tiene un coste importante para el Ayuntamiento, de organización, proyección y puesta en marcha. La última edición que se celebró en 2005, le costó al Ayuntamiento 49.952 euros, de los que se financiaron 22.744 euros. 18.000 los aportó el Cabildo, 1.800 los patrocinadores y 2.944, las inscripciones de los usuarios que asistían a la fiesta. Con lo que hubo una aportación municipal de 27.208 euros. Nosotros en su momento tanteamos a las administraciones, en este caso al Cabildo, que fue quien más aportó en aquella ocasión y una fiesta que se deja de hacer, a las administraciones después les cuesta un poco sacar de las partidas para volver a retomarla. De lo que hablamos nos indicaron que no había presupuesto para esta fiesta y decidimos no retomarla. Por otro lado, estas fiestas en general han ido decayendo, ya que en su momento era bastante interesante porque la gente podían asistir y conectarse a Internet a gran velocidad con banda ancha, ADSL. Hoy en día eso cualquier usuario, lo tiene en su casa y la última edición del 2005, según me comentan los técnicos, ya decayó bastante. Por tanto, hay motivos suficientes para no apoyar la moción.”
Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, manifestó lo siguiente: "Usted nos comentan que el momento actual es de crisis y, por lo tanto, el Ayuntamiento no puede asumir el costo, ya que la financiación es nula y, por ello, no pueden retomarlo. Pero, de lo que se trata con esta moción, es precisamente que, ya que es un compromiso de ustedes, por lo menos, intenten buscar la financiación, que la soliciten. Ya que, en la misma Comisión y ahora, nos reconocen que no han pedido subvención al Gobierno de Canarias y, lo que han tenido con el Cabildo, son conversaciones, pero tampoco, lo han solicitado por escrito y, el dinero no viene del cielo, hay que conseguirlo. Querer es poder. Dicen también que algunos eventos van decayendo. Pues precisamente ustedes están para buscar soluciones y, evitar que estos eventos decaigan y, sobre todo, cuando tienen una relevancia para nuestro municipio. Lamentamos que voten en contra de esta moción, porque significa que ustedes votan en contra de sus compromisos y, por lo tanto, sumamos al incumplimiento de los presupuestos participativos, el incumplimiento de retomar y potenciar la FICIT.”
Don Manuel López Mendoza, Concejal de Nuevas Tecnologías, manifestó lo siguiente: “El Gobierno de Canarias en la última edición, aportó cero euros y fue una edición hecha por ustedes. Por tanto, ¿qué sacamos de pedirle al Gobierno de Canarias cuando en la última edición aportó cero euros?. Al Cabildo se lo hemos dicho y el Cabildo ha dicho que es una fiesta que ya se dejó de hacer y que prácticamente ya no tiene partida presupuestaria para esta fiesta. Por otro lado, ha decaído por la tecnología propia, no es porque nosotros la hayamos dejado decaer. Si antes una persona no tenía banda ancha en su casa y ahora la tiene, nosotros no tenemos culpa de que la tecnología avance de esa forma. Antes la gente iba a esa fiesta y se conectaba a Internet a gran velocidad y hoy lo pueden hacer desde su casa. Que la fiesta ha decaído, no es culpa de este grupo de gobierno. Por otro lado, nuestra intención era retomarla, por eso lo teníamos en el programa. Si no fuera nuestra intención, no la hubiésemos tenido. La situación económica actual no lo permite, sin embargo, ustedes en una situación que no era de crisis, la eliminaron, porque en 2006 no se hizo. Así que ya me dirán con qué argumento.”
Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, manifestó que querer es poder y que tenían que haber puesto más interés.
Cierra el debate el Señor Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: “Si la estuviéramos organizando seguro que dirían que somos derrochadores. Porque en este momento hacer una fiesta de ordenadores, con la que está cayendo, me parece cuanto menos gracioso. Nosotros no nos arrepentimos. Los programas se realizan. Díganme si ustedes cumplieron el cien por cien de su programa anterior. Si ustedes lo cumplieron, me callo. Claro que al principio de un mandato uno tiene muchas intenciones. Cuando llegamos en el 2007, ¿era la misma situación que se está viviendo en la actualidad?. Yo creo que eso no se lo tengo que explicar a ningún ciudadano. La situación económica ha caído, de 32.000.000 euros de presupuesto, a 24.000.000 euros. 6.000.000 de euros hemos tenido que recortar el presupuesto de nuestro Ayuntamiento. Y de 50.000 euros que cuesta un fin de semana, sólo le voy a dar un dato. 50.000 euros es lo que nos acaba de dar el Gobierno de Canarias para las familias necesitadas en nuestro municipio. Fíjense lo que se puede hacer. Claro que podríamos gastarlo, pero mal gastarlo en este momento. Otra cosa es que hubiera dinero. Gobernar con dinero lo sabe hacer todo el mundo.”
Finalizado el debate, por la Presidencia se somete a votación la moción debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor ocho (5 PP y 3 UPG), ninguna abstención y votos en contra once (7 BNR-NC y 4 PSOE), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró rechazada la moción del grupo político Unión Progresista de Gáldar relativa a la FICIT.
B).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “UNIÓN PROGRESISTA DE GÁLDAR” RELATIVA AL PLENO JUVENIL.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“El grupo de gobierno (BNR-NC y PSOE) lleva en su programa de gobierno celebrar con periodicidad anual, el pleno de la juventud. Sin embargo, han transcurrido tres años de gobierno y, no han organizado estos plenos juveniles dirigidos a escuchar a los jóvenes y conocer sus necesidades y propuestas para mejorar la localidad, además, de darles a conocer las reglas del funcionamiento democrático.
Dado que, ha comenzado un nuevo curso escolar y, antes de que finalice esta legislatura, es una oportunidad, para que el grupo de gobierno cumpla con lo prometido y organice un pleno dirigido a dicho colectivo e, implique la aplicación práctica de las propuestas que dimanen de esta sesión.
Por ello, el grupo político Unión Progresista de Gáldar, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Instar al grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Gáldar para que celebre, este año, el Pleno de la Juventud, tal como ha prometido en su programa de gobierno.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, para manifestar lo siguiente: "Uno de los compromisos del grupo de gobierno recogido en su programa de gobierno, es celebrar, anualmente, un pleno destinado a la Juventud. Han transcurrido tres años y, estos plenos no se han realizado. Entendemos que, como se ha iniciado un nuevo curso escolar y a falta de unos meses para finalizar esta legislatura, el grupo de gobierno tiene la oportunidad de celebrar aunque sea uno y, de este modo, escuchar las inquietudes de nuestros jóvenes, sus propuestas para mejorar nuestro pueblo, darles a conocer las reglas del funcionamiento democrático, implicarles para se interesen por los asuntos político-sociales, por la cooperación con los demás y que valore el respeto con los discrepantes. Por ello, el grupo político Unión Progresista de Gáldar propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: Instar al grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Gáldar para que celebre, este año, el Pleno de la Juventud, tal como ha prometido en su programa de gobierno.”
Doña Leticia Armas Guzmán, Concejal de Juventud, manifestó lo siguiente: “El punto del plan joven lo llevábamos en el programa de gobierno, por tanto, creo que lo más justo es votarle a favor. Pero recuerden que la legislatura aún no ha terminado. Pero con ello no quiere decir que no hayamos hecho los deberes. Les pasaré el informe. Ustedes saben que la Concejalía la llevamos a través de un técnico y, esperamos que siempre lleguen los convenios para llevarlos a cabo. Este es el informe del técnico que luego se lo pongo a su disposición para que lo lea. El 12 de octubre del 2009, comenzaba mi contratación como trabajador social en la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Gáldar. Contratación realizada gracias a los convenios en colaboración con el Servicio Canario de Empleo y las administraciones públicas locales. El principal objetivo de mi trabajo ya estaba establecido. Era la puesta en marcha del Pleno Municipal de Juventud. Por lo que al inicio, se planificó el trabajo a desarrollar para poder alcanzar este objetivo de manera eficaz y efectiva, además de ponerme en contacto con los municipios que ya habían comenzado con esta iniciativa para conocer el trabajo a desarrollar para la puesta en marcha del mismo. Les informo que en la actualidad, en ninguno de estos municipios se ha llevado a cabo este pleno. En el mes de septiembre, una vez comenzado el curso, pusimos en marcha las diferentes actividades diseñadas. La primera de ellas era dar mayor difusión posible a la puesta en marcha del Pleno Municipal de Juventud, así como explicar en qué consistía éste. Se les informó y motivó a la población juvenil del municipio para que participara en el proyecto. Sobre todo que se sintieran como propia la propuesta que se les hacía. Después de este proceso llegó el momento de convocar a los jóvenes, reuniéndoles en la Casa de la Juventud, momento en el que se les invitaba a participar a aquellos y aquellas en esta convocatoria. La cual no fue la esperada. Y no acudió el número necesario de jóvenes para convocar el Pleno Municipal de Juventud. A la vez fuimos conscientes de la importancia que tenía aprovechar este grupo de jóvenes, el cual no llegaba al número necesario, pero queríamos realizar una serie de actividades con ellos para continuar con la participación juvenil municipal. Trabajos posteriores a esta reunión fueron positivos, puesto que se produjo la creación de nuevas redes juveniles de participación, espacios de creación conjunta, nuevas ideas, la creación de nuevos colectivos, como es el colectivo multicultural AMA, el grupo juvenil Bodyboard Gáldar y otro colectivo que se creó en San Isidro, con el cual colaboramos directamente. Pero el trabajo que se realizó desde la Concejalía no fue sólo encaminado directamente a trabajar con la población juvenil en busca de la participación y el asociacionismo. También se hizo una apuesta por un acercamiento más teórico en la realidad de la población juvenil del municipio, realizando un diagnóstico social, el cual fue realizado en los distintos centros educativos de secundaria de Gáldar. Estudio que estaba constituido por dos bloques. El primer de ellos nos daba la pista acerca de las inquietudes y necesidades juveniles, así como las demandas que ellos tienen para dar respuesta a ellas desde la Concejalía. El segundo bloque nos ayudaba a detectar ciertas conductas sexistas entre chicos y chicas. Este era el objetivo a establecer las pautas de trabajo desde la Concejalía. Los resultados fueron expuestos y explicados en una rueda de prensa en presencia de todos los medios de comunicación de la zona. Entre estas acciones juveniles encaminadas principalmente al conocimiento y participación de la población juvenil, se quería dejar constancia de la participación. Y un largo etc. acerca de las actividades que se han realizado.” Esto está firmado por el técnico y está al alcance de ustedes. Y vamos a votar a favor de la moción.”
Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, manifestó lo siguiente: "Está claro que la legislatura no ha terminado pero usted prometió hacer el pleno juvenil anualmente. Nos congratulamos que esta moción sea aprobada por unanimidad, pero sobre todo lo que interesa es que la misma se lleve a la práctica y que por lo tanto, los plenos juveniles que ustedes prometieron, sean una realidad.”
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Instar al grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Gáldar para que celebre, este año, el Pleno de la Juventud, tal como ha prometido en su programa de gobierno.
C).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “PARTIDO POPULAR” RELATIVA AL PARQUE DE BOMBEROS DE GÁLDAR.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“En la pasada legislatura, se creó el parque de Bomberos de nuestro Municipio. Dicho parque es descrito en la página Web del Ayuntamiento del siguiente modo:
“El parque de Bomberos supone el acercamiento de los recursos humanos y materiales precisos a los ciudadanos que viven y trabajan en esta ciudad.
El Parque de Bomberos de Gáldar es un organismo capacitado para prestar un servicio mediante la puesta a disposición de todos los núcleos de población de los recursos humanos y materiales precisos ante situaciones de emergencia a la mayor brevedad posible. Es una Entidad Pública Insular financiado en un 40% por el Cabildo de Gran Canaria, otro 40% por el Ayuntamiento y un 20% el Gobierno de Canarias.
Desde esta concejalía (concejalía de seguridad) se consiguió que la planificación del personal quedara formada por un cabo y cinco bomberos por turno, aumentando el número de efectivos en dos profesionales más de los que existían en un principio. Otras de las mejoras conseguidas es la de dotar a la base de un vehículo de rescate y salvamento. El Consorcio lleva a cabo el rotulado y adecentamiento de la base.
Entre los objetivos planteados también se encuentran el poder mejorar la información y la formación, no sólo de los propios bomberos, sino de la población en general, con el propósito de insertar en ella una cultura de la seguridad que en su opinión no existe. Su propósito es que estos profesionales se inserten en la estructura social del municipio fomentando con ella la cultura de la seguridad.
El objetivo de esta concejalía es trabajar para conseguir un servicio eficaz.”
Pese a este compromiso, sin embargo, en el mes de agosto, cuando mayor dispositivo en materia de emergencia debe mantenerse para garantizar la seguridad, el Cabildo de Gran Canaria, cerró tres parques de bomberos del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria: Telde, Gáldar y Tejeda, dejando desasistida parte de la isla y, afectando negativamente al tiempo de respuesta ante cualquier situación de emergencias.
Resaltando la importancia que tiene el situado en nuestro municipio, puesto que cubre el norte de la isla. Por lo tanto, no compartimos en ningún caso la errónea y grave decisión del Cabildo de cerrar estos Parques de Bomberos y, en concreto, el de nuestro municipio. Todo lo cual, demuestra la pésima gestión y, lo que es más grave, es una muestra más de dejadez del grupo de gobierno en el Cabildo ante una situación que, por desgracia, nos tememos que se va a repetir en el futuro.
Igualmente, tampoco hemos oído ninguna declaración sobre este tema del grupo de gobierno en nuestro municipio. Y, pese al compromiso detallado anteriormente en el tema de seguridad, no ha hecho pública una protesta al respecto.
Por todo ello, el Grupo Político Partido Popular, propone al Ayuntamiento Pleno, la adopción del siguiente acuerdo:
Instar al Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria para que garantice la seguridad de los ciudadanos de la Comarca Norte y, no vuelva a adoptar la medida de cerrar el Parque de Bomberos de Gáldar.”
Siendo las diecinueve horas, cincuenta y cinco minutos, se incorpora a la sesión el Sr. Concejal Don José Luis González Mateos.
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, quien dio lectura a la moción presentada por su grupo, ya transcrita con anterioridad.
Don Vicente Moreno Santiago, Concejal del Servicio de Protección Civil y Bomberos, manifestó lo siguiente: "Hacerle una corrección en las coletillas que usted dice “pésima gestión”. Cuando se habla de pésima gestión en un presupuesto, que ronda los 15.000.000 de euros y que el 93% se va al capítulo I, dígame usted qué gestión se puede hacer con el resto. Pero la segunda coletilla que usted dice que no ha oído una propuesta pública o una corrección pública del grupo de gobierno por este cierre, tengo que decirle que nosotros hicimos la correspondiente reclamación y nuestra queja en el órgano competente, que es la Junta General del Consorcio de Emergencias. Allí lo hizo la Alcaldesa de Tejeda, que es de su misma cuerda política, lo hizo el Alcalde de Telde y el Ayuntamiento de Gáldar. Y se nos confirmó que fue una medida puntual como consecuencia de la no asistencia del personal a la base de bomberos. Por lo tanto, no podría abrirse una base de bomberos sin que hubiera nadie dentro, pero se nos prometió y de hecho se está cumpliendo, que la base de bomberos de Gáldar, que es la que me preocupa, permanecerá abierta contra viento y marea, aunque sea con uno o con dos efectivos. Sigue usted hablando de que inste al Presidente del Cabildo para que esto no vuelva a ocurrir. El Presidente del Cabildo no es el Presidente del Consorcio de Emergencias. El Presidente del Consorcio de Emergencias es una Consejera y lo conforman 19 ayuntamientos, el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Gran Canaria, con las aportaciones correspondientes. A nosotros nos corresponde poner 283.000 euros anuales para el mantenimiento del Parque de Bomberos de Gáldar y para la seguridad de nuestros vecinos. Por lo tanto, no se adoptó ninguna medida de cierre desde la Presidencia del Gobierno. Pero no obstante, nosotros vamos a votar a favor de la moción porque no tenemos nada que esconder y nada que decir contra el Presidente. Sí le tengo que recordar en la moción del BNR, en Febrero del 2005, con la famosa huelga de hambre, donde Don Manuel Godoy después de darle tres vueltas a la moción, termina diciendo que si se vota separadamente para no molestar al Cabildo, el votaría a favor de la moción del BNR. Y termina diciendo Don Manuel Godoy en ese pleno, no vamos a ir en contra del Cabildo porque a ningún ayuntamiento le interesa, porque gobernaba quien gobernaba. Y sin embargo sí solicitamos que los profesionales y los bomberos, depongan su actitud y negocien. Cuando ustedes sabían que el único que no quería negociar era el Presidente del Consorcio, llamado Don Domingo Bueno. Ustedes sabían que quien no quería negociar era el Presidente, el Sr. Soria, porque no le interesaba y era una durísima huelga de hambre de 12 días que todavía hay bomberos con secuelas. Y, Don Manuel Godoy le dio la vuelta a la moción del BNR y la dividió en dos partes. Y la única finalidad era porque no se podía ir contra el Cabildo. Pero no obstante, le votamos a favor de su moción e instamos a la Presidenta del Consorcio y seguiremos moviéndonos porque la seguridad en ese aspecto esté garantizada.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, manifestó lo siguiente: "Nos preocupa la seguridad de los ciudadanos, tanto los de aquí como los de las medianías, como todo lo que es Gáldar en concreto. Siempre salen ustedes con lo que hemos hecho, lo que ha pasado. Siempre han dicho que iban a mirar hacia adelante pero siempre recuerdan todo lo de atrás. Esto es una emergencia. Que no se cierre ningún centro de emergencia de bomberos. Usted dice que le han prometido que iba a estar abierto. Nosotros nos congratulamos de que aprueben esta moción por la seguridad de los ciudadanos.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "Eso de que “nos han prometido”, yo no sé las palabras de Don Vicente si usted ha escuchado que nos han prometido permanentemente. El problema es que los efectivos son los que son. Si mañana se ponen en huelga, o no van a trabajar, o tienen unas bajas laborales los trabajadores de equis parques de bomberos, de la noche a la mañana, no es que pueda llamar usted al paro para que le manden bomberos. Son cuerpos especiales, con sus oposiciones.” En este momento, el Sr. Alcalde si dirige al Sr. Concejal Don Blas Martín Díaz y le dice, que se ría si quiere y que así, es como demuestra el respeto que tiene. Don Blas le replica diciéndole: “Si usted se pone malo, entonces vamos al paro también. Sea un poco más decente y un poco más serio. No aproveche lo último para eso. Si las personas están malas, están malas. Y si la gente va a la huelga, van a la huelga porque es normal. Estamos hablando de un cierre y no de que nadie esté malo.” El Sr. Alcalde le contesta: “Don Blas, usted lo que pretende es que yo entre al juego de la discusión. Que lo nombren portavoz, que a usted siempre le gusta hablar. Y se lo he dicho varias veces, coja un día el micrófono con valentía y hable lo que usted quiera hablar. Pero cuando le toque. Ahora me toca a mí, así que respete.” Seguidamente continuó el Sr. Alcalde con su intervención: “Estará o no de acuerdo con lo que yo le estoy diciendo, me parece bien. Yo no le estoy comprando a usted el pensamiento. Con toda la seriedad del mundo, porque me parece que este asunto es un problema que nos atañe a todos y que no va en las próximas semanas a mejorar, sino todo lo contrario. En el día de hoy ha habido una reunión bastante dura en el Consorcio de Emergencias de Gran Canaria, donde los ayuntamientos y el Gobierno de Canarias hemos dejado claro que lo que no se puede hoy es romper nuevamente el decreto que hace unos meses se ha firmado. Entre otras cosas, porque lo que no pueden hacer los ayuntamientos y en eso somos maduros todos para tomar la decisión, los 19 ayuntamientos, no sólo estamos hablando de Gáldar, que lo que no podemos es aportar más dinero al Consorcio de Emergencias. Se ha pedido por parte del Consorcio, esto no es cuestión del Presidente del Cabildo. Hay un órgano donde los ayuntamientos tienen un 40% de representabilidad, el 40% el Cabildo y el 20% el Gobierno de Canarias. Y ahí no se vota a la búlgara. Allí vota cada uno defendiendo sus intereses. El interés primero es la seguridad. En eso estamos todos de acuerdo. Pero la diferencia es entre trabajar cinco días más al año, que es lo que se ha pedido a los trabajadores, porque a lo mejor la prensa dice unas cosas y a veces se escuchan muchas historias. Es un momento en el que todos tenemos que hacer sacrificios y eso es lo que ha dicho el Consorcio. Hoy se ha intentado romper el decreto. Pero es que si se rompe el decreto y, eso lo han pedido los bomberos, hay que contratar a 20 bomberos más. Sacar oposiciones para 20 bomberos más y poner en plantilla a 20 bomberos más. Y los ayuntamientos y en este caso, el Gobierno de Canarias, hemos dicho todos que no, probablemente mañana va a haber problemas. Seguridad para que no cierre, no la tenemos. No tenemos nada que esconder. Que instamos al Cabildo a que no se cierre, instamos al Consorcio de Emergencias que se repartan los efectivos para que ningún Parque de Bomberos se cierre. Y no el de Gáldar, sino que ninguno se cierre. Si se tiene que quitar uno de cada uno de los Parques de Bomberos para que Gáldar se mantenga, Tejeda se mantenga y Telde se mantenga, perfectamente. Hoy cuando cogí el acta que antes Don Vicente leyó cuando eran ustedes gobernantes, el anterior Alcalde dijo que tampoco puede pedirle todo al Cabildo, habrá que pedirle también a los trabajadores y que están de acuerdo en que se realice una declaración institucional, de apoyo colectivo a la huelga, estamos de acuerdo en que se inste inmediatamente al Cabildo de Gran Canaria y se dialogue con el Comité de Empresas y del Consorcio, pero también instamos a los trabajadores a deponer todas esas medidas de presión y de huelga actual. Han pasado cinco años y la situación es la misma. Y lo que no se puede tampoco es, cuando sea periodo electoral, presionar para intentar sacar algunos beneficios laborales, sociales, económicos, lo que sea. En estos momentos, es momento de hablar de sacrificio colectivo de todo el mundo. Y si el Cabildo al final, el Consorcio de Emergencias, los Ayuntamientos, el Gobierno, tenemos que llegar a un acuerdo y a un entendimiento, eso se ha puesto desde el primer día encima de la mesa. Ahora, tampoco que pida al Ayuntamiento de Gáldar, que pagamos 283.000 euros al año por el servicio del Consorcio de Emergencias, más esfuerzo económico cuando además hay veces que van e intentan cobrar facturas cuando hay un incendio en una casa. Los 283.000 euros que paga el Ayuntamiento de Gáldar, es para mantener la seguridad de los ciudadanos. Y que los ciudadanos, por lo menos en sus viviendas, en su única o primera vivienda, otra cosa es que tengan dos o tres viviendas, no tengan por una desgracia humana que pagar al Consorcio de Emergencias. Entonces, ¿para qué estamos pagando el Ayuntamiento el dinero que pagamos?. Con respecto a la seguridad de las medianías que antes usted decía, en suelo rústico es otra cuestión. Es Medio Ambiente. No es el Consorcio de Emergencias. Son órganos independientes. En ningún caso, el cierre de un día del Consorcio de Emergencias de Gáldar, podría alguien decir cuando hay más alertas de incendios en las medianías, es que para eso está siempre disponible el retén de Medio Ambiente. Con lo cual no digo que tengamos que quitarle fuego a la situación, porque la situación es dramática. Pero Gáldar no importa. Aprobamos la moción. Otro Ayuntamiento del norte del Gran Canaria y no nombro a nadie porque usted sabe perfectamente a quién me refiero, ha decidido en un pleno salirse del Consorcio de Emergencias. Eso sí me parece a mí grave, cuando la seguridad es prioritaria. Y no me importa quien gobierne en ese ayuntamiento, puede ser del partido que sea. Pero eso sí que es, a mi modo de ver, un error. Nosotros instamos al Consorcio, sin problemas.”
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Instar al Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria para que garantice la seguridad de los ciudadanos de la Comarca Norte y, no vuelva a adoptar la medida de cerrar el Parque de Bomberos de Gáldar.
D).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “PARTIDO POPULAR” RELATIVA A LA COLOCACIÓN DE CARTELERAS SOCIALES.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Uno de los puntos que, el grupo de gobierno (BNR-NC y PSOE) tiene en su programa de gobierno, es proceder a la colocación de carteles sociales en diferentes puntos del casco y de los barrios existentes en nuestro municipio. Sin embargo, hasta la fecha, no se han colocado y, vemos que, frecuentemente, se utilizan las marquesinas, refugios, los contenedores, etc., como medio para dar a conocer una actividad.
Entendemos que, desde el Ayuntamiento se debe de facilitar los medios necesarios, con la finalidad de evitar que se usen estos bienes públicos para fijar anuncios.
Por todo ello, el Grupo Político Partido Popular, propone al Ayuntamiento Pleno, la adopción del siguiente acuerdo:
Instar al grupo de gobierno en el Ayuntamiento de Gáldar para que proceda a la colocación de carteleras sociales en diferentes puntos del casco y de los distintos barrios de nuestro municipio.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, para manifestar lo siguiente: “Con esta moción, el grupo político Partido Popular pretende que se cumpla con el compromiso del grupo de gobierno, de colocar carteleras sociales tanto en el casco, como en distintos barrios de nuestro municipio, para evitar que se utilicen las marquesinas, los refugios, los contenedores, etc., como medio para dar a conocer una actividad. Entendemos que, desde el Ayuntamiento se debe de facilitar los medios necesarios, con la finalidad de evitar que se usen estos bienes públicos para fijar anuncios. De ahí, que proponemos: Instar al grupo de gobierno para que proceda a la colocación de carteleras sociales en diferentes puntos del casco y de los distintos barrios de nuestro municipio.”
Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, Concejal de Urbanismo, manifestó lo siguiente: “Nosotros también entendemos que el Ayuntamiento debe facilitar los medios y por ello hemos firmado el convenio con Martín Benítez Mendoza, para la instalación de mobiliario urbano donde se incluyen las carteleras sociales. Desde que se firmó en su momento el convenio, Elena Ferrer empezó con el diseño de todo lo que era no sólo cartelería social, sino mupis, recogedores de pilas, etc., unificando criterios con la empresa, quedando pendiente el tema de la ubicación de la papelera, así como los recogedores de pilas. Puesto que se ha firmado este convenio, nosotros entendemos que estamos haciendo la tarea. De ahí, que se haya planteado que se iba a votar en contra de dicha moción.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Entendemos que si ustedes aprobaron la famosa ordenanza municipal sobre la protección de la convivencia humana, donde se sanciona, entre otras cosas, la utilización de estos bienes públicos para colocar publicidad fijando anuncios. Pero seguido o correlativamente a eso, debemos de proporcionar los medios necesarios para evitar este tipo de situaciones. Que lo que estamos pidiendo y a estas alturas, no se han colocado ni en barrios ni en el mismo casco. Nosotros únicamente lo que estamos pidiendo, es que se instalen esas carteleras sociales y lamentamos que no aprueben esta moción, pero esperamos que sea pronto una realidad la instalación de las mismas.”
Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, Concejal de Urbanismo, manifestó lo siguiente: “Este convenio es una realidad y lo dice claramente en la estipulación. El Señor Benítez Mendoza, que en este caso es con quien se ha firmado, tiene que colocar marquesinas, relojes, mupis, recogedores de vidrio, de pilas, en base a lo que el Ayuntamiento le vaya exigiendo. Yo creo que se vota en contra pero porque está el convenio. Y es una realidad. Ahora lo que hace falta es que se empiecen a colocar. Cosa que ustedes están demandando y que nosotros también queremos. El convenio está firmado, no es que yo me esté inventando nada y están recogidas cuáles son las cosas que tiene que colocar esta empresa y se incluye la cartelera social, incluye incluso las direcciones donde lo tiene que hacer y está ahí, son paneles informativos en las paradas de taxis. Y les digo que Elena Ferrer, que fue la técnico que estuvo en el inicio del convenio incluso unificando los criterios de la colocación de la cartelería, no es la primera vez que comenzamos a colocar cartelería o mobiliario urbano y vamos en contra de la accesibilidad y demás. Entonces, lo que se está intentando es que todo aquello que se coloque vaya unificado y con criterio técnico.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó que esperan que no sólo sea en el casco, sino en los distintos barrios.
No produciéndose más intervenciones, por la Presidencia se somete a votación la moción debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor nueve (5 PP y 4 UPG), ninguna abstención y votos en contra once (7 BNR-NC y 4 PSOE), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró rechazada la moción del grupo político Partido Popular relativa a la colocación de carteleras sociales.
E).- MOCIÓN DE LOS GRUPOS POLÍTICOS “PSC-PSOE Y BNR-NC” DEAPOYO A LAS RADIOS MUNICIPALES ANTE EL CONCURSO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“El Boletín Oficial de Canarias el pasado día 29 de julio publicaba la resolución de fecha de 28 de julio por la que se convoca el concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de Canarias. En nuestro Municipio, desde hace años emiten varias emisoras que han venido realizando una labor informativa, social y en muchos casos, solidaria, que se enfrenta ahora a un concurso en el que, de no obtener licencia, se verían abocadas al cierre, entendiendo que esta labor realizada y consentida por el Gobierno de Canarias durante años, debe ser tenida en cuenta a la hora de la concesión de licencias.
Por todo ello, es por lo que proponemos al Pleno de la Corporación, para su aprobación, si procede, el siguiente acuerdo:
Que ante la convocatoria de concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de Canarias, se tenga en cuenta la situación de estas radios locales.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra el Sr. Concejal de Turismo, Don Carlos Matías Ruiz Moreno, quien dio lectura a la moción ya transcrita con anterioridad.
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó que van a votar a favor de la moción.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Que ante la convocatoria de concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de Canarias, se tenga en cuenta la situación de estas radios locales.
3º.- CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO VALORA GESTIÓN TRIBUTARIA DEL CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR EN MATERIA DE PERSONAL DESTINADO A LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“ANTECEDENTES.-
El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 15/12/2003 delega las competencias de gestión y recaudación tributarias en el organismo público del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar VALORA GESTION TRIBUTARIA.
El 26 de mayo de 2004 se adopta acuerdo sobre subrogación de los trabajadores de recaudación a la empresa TRIBUGEST S.A. El cual fue ratificado en el Pleno de fecha 27/05/2004.
Que en el mencionado Acuerdo se recoge en las condiciones subrogatorias primera y segunda:
“Primero.- Los trabajadores causan baja el día 31 de mayo del presente año en el Ayuntamiento y de forma simultánea alta en la Empresa TRIBUGEST, S.A., el día 1 de junio de 2004, en virtud del art. 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Segundo.- El Ayuntamiento de Gáldar se obliga ante los trabajadores afectados por la subrogación del Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Gáldar a que, caso que dicho servicio se dé por terminado ya sea por finalización, pérdida, rescisión, cesión o rescate de la contraria, o cualquier otra figura o modalidad que suponga la sustitución entre entidades, ya sean personas físicas o jurídicas las que lleven a cabo la actividad de que se trata, los mismos, o sea los trabajadores subrogados, pasen de la empresa saliente a la nueva, ya sea esta pública o privada, que vaya a realizar la labor de recaudación.
En todo caso se respetarán todos los derechos y obligaciones adquiridas o que tengan por Convenio Colectivo los trabajadores comparecientes, igualmente, y caso de que por Convenio Colectivo se reconozca con posterioridad a este acuerdo, cualquier otro derecho al personal laboral del Ayuntamiento de Gáldar, ese mismo derecho lo adquirirán los trabajadores que aquí son subrogados, siempre que la empresa a la que en ese momento pertenezcan desarrolle las tareas de recaudación del Ayuntamiento de Gáldar.
Caso de que el servicio de recaudación sea rescatado por el Ayuntamiento de Gáldar los trabajadores comparecientes serán absorbidos por dicho Ayuntamiento, reconociéndoles el tiempo trabajado para las otras empresas como si las hubiera trabajado para el Ayuntamiento de Gáldar. Asimismo, como en el supuesto de que los mismos trabajadores sean dados de baja en la empresa subrogada, cualquiera que sea el motivo, sean dado de alta automáticamente en el Ayuntamiento.
…//…”
Dando cumplimiento a dicho acuerdo cinco trabajadores fueron subrogados y dados de alta en la empresa TRIBUGEST GESTIÓN DE TRIBUTOS, S.A., el 1 de junio de 2004.
Causando baja en dicha empresa el 9 de marzo de 2007 y alta el 10 de marzo de 2007 en la empresa COLABORACIÓN TRIBUTARIA, S.L.
Que a principios de marzo de 2008 los trabajadores reciben por medio de burofax escrito de la empresa Colaboración Tributaria, S.L., en la que se les pone en su conocimiento que VALORA ha procedido a no prorrogar el contrato de prestación de servicios con la UTE (Coordinadora de Gestión S.A. y Colaboración Tributaria S.L.), finalizando el 8 de marzo de 2008.
Se les sigue diciendo en el comunicado que el servicio prestado continuará desarrollándose al ser asumido, o bien por una nueva empresa adjudicataria o, en su caso, por el propio Organismo Valora. Por lo que la prestación de servicios laborales con la UTE finalizará el 8 de marzo de 2008.
También se les dice en el comunicado que por VALORA ya ha comunicado a algunos trabajadores su continuidad laboral al asumir ésta la condición de Empresario. Sin embargo por razones desconocidas para la entidad, Valora ha informado verbalmente la intención de no asumir la subrogación de todos los trabajadores.
Que los cinco trabajadores subrogados presentan escrito en el Ayuntamiento de Gáldar solicitando ser absorbidos por el Ayuntamiento en cumplimiento del Acuerdo de 26 de mayo de 2004.
El Ayuntamiento absorbe a los cinco trabajadores y se le da de alta el 13 de marzo de 2008.
El Ayuntamiento de Gáldar a fin de colaborar con VALORA en la gestión y recaudación de los tributos aportará medios personales, en concreto tres trabajadores, con la categoría de auxiliar administrativo, que vienen desempeñando sus funciones en el área de recaudación, hasta el 31 de diciembre de 2012, por lo que se propone al Pleno Corporativo la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Aprobar el Convenio de colaboración entre el organismo autónomo Valora Gestión Tributaria del Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Gáldar en materia de personal destinado a la gestión y recaudación de los tributos locales, cuyo contenido forma parte anexa a esta propuesta:
“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO VALORA GESTIÓN TRIBUTARIA DEL CABILDO INSULAR DE CANARIA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GALDAR, EN MATERIA DE PERSONAL DESTINADO A LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES.”
El Cabildo de Gran Canaria, en el ejercicio de las funciones de cooperación y asistencia técnica que la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, le atribuye, realiza la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos municipales cuando los Ayuntamientos de la isla delegan en el mismo sus facultades.
La delegación de competencias se acuerda en virtud de lo que prevén, entre otras normas, el artículo 106 de la Ley de Bases de Régimen Local y el artículo 7 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.
Con el objetivo principal de realizar las funciones de gestión y recaudación tributarias delegadas por los municipios, el Cabildo de Gran Canaria creó el Organismo VALORA Gestión Tributaria, dotado de personalidad jurídica, y que constituye el organismo público de gestión y recaudación tributaria del Cabildo.
En la actualidad el Organismo VALORA lleva a cabo la gestión tributaria y recaudatoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas así como las tasas de Basura y Vados.
Es de interés del Ayuntamiento destinar a las oficinas de VALORA determinado personal de recaudación, a fin de no tener que amortizar las correspondientes plazas y en aras del principio de garantía del empleo.
El acuerdo de delegación de competencias tributarias del Ayuntamiento de Gáldar al Cabildo de Gran Canaria establece, en el acuerdo tercero, punto 7º, la previsión de que “se abonarán al Ayuntamiento los gastos que éste presente debidamente justificados al Cabildo y que sean previamente aprobados y fiscalizados favorablemente por el Organismo Autónomo Valora Gestión Tributaria, en concepto de colaboración en la gestión y recaudación de los tributos locales, hasta un importe máximo de 85.865,00 euros anuales o la parte proporcional correspondiente”.
En virtud de tales consideraciones, y con la finalidad de definir el alcance de esta colaboración, ambas partes:
ACUERDAN
Primero.- El Ayuntamiento de Gáldar prestará colaboración a VALORA en la gestión y recaudación de los tributos de ese municipio aportando medios personales, concretamente tres trabajadores del Ayuntamiento, con la categoría de auxiliar administrativo, que vienen desempeñando sus funciones en el área de recaudación, y ello hasta el 31 de diciembre de 2012. Cualquier vacante que surja en el Ayuntamiento deberá ser cubierta preferentemente con este personal.
Segundo.- Dicho personal seguirá formando parte de la plantilla del Ayuntamiento y dependiendo de éste, por lo que se regirán por el Convenio Colectivo del Ayuntamiento, sin perjuicio de que realice su trabajo en oficinas de VALORA en Gáldar, utilice medios técnicos propiedad del tal organismo, y reciba y deba acatar órdenes del personal de VALORA para poder llevar a cabo con mayor eficiencia la gestión tributaria y recaudatoria, y sin que ello suponga en ningún caso cesión del personal. En el mismo sentido, tal personal, a pesar de pertenecer al Ayuntamiento de Gáldar, quedará sometido, mientras trabaje en oficinas de VALORA, al régimen disciplinario del personal de VALORA, así como a la responsabilidad patrimonial que pueda derivarse del ejercicio de sus tareas en instalaciones de VALORA.
Tercero.- El Excmo. Cabildo de Gran Canaria abonará, a través de su organismo autónomo VALORA Gestión Tributaria, al Excmo. Ayuntamiento de Gáldar, y como contribución para sufragar los servicios prestados por personal del Ayuntamiento puesto a disposición de VALORA, la cantidad de dieciocho mil seiscientos ochenta y dos euros con treinta céntimos, por período anual y trabajador puesto a disposición de VALORA, o la parte proporcional que corresponda cuando el período en que el trabajador preste servicios en el organismo autónomo sea inferior al año.
Cuarto.- La validez de este Convenio queda condicionada al mantenimiento de las delegaciones actuales del Ayuntamiento de Gáldar en el Cabildo de Gran Canaria en materia de gestión tributaria y recaudatoria de tributos, sanciones y otros ingresos públicos, incluida la delegación y encomienda de gestión de las tareas relativas a las sanciones por infracción a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la cual deberá realizarse en el plazo máximo dos meses.
Quinto.- Una vez aceptada por ambas partes, el presente Convenio entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 31 de diciembre de 2012.
Sexta.- Serán causas de resolución del presente convenio la falta de la aportación económica, la negativa del personal a realizar las tareas que se le propongan por parte del Organismo o la no adopción del acuerdo de delegación señalado en el plazo establecido, así como cualquier impedimento legal o material que impida la ejecución del presente convenio.
Ambas partes manifiestan su conformidad con el contenido íntegro de las cláusulas de este Convenio, y en prueba de ello lo firman y rubrican, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha que al principio se expresa.”
SEGUNDO.- Publicar el citado Convenio mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de Provincia de Las Palmas, y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra el Sr. Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, para manifestar lo siguiente: “Se trata de arreglar la situación que se había deteriorado en el tema de Valora. En el último pleno se dijo como consecuencia de una pregunta de ustedes, que el convenio estaba en el Cabildo, que nos habían dicho ese mismo mediodía que estaban de acuerdo. Que se firmaría y efectivamente el convenio se firmó. El primer pleno después de esa fecha es este de septiembre y es por lo que se trae a pleno. Se regulariza la situación definitivamente, poniéndole una fecha de terminación de este convenio, el 31 de diciembre del 2012. Y la situación quedaría regularizada porque se trata de un convenio de colaboración entre administraciones que es el resultado de las conversaciones que se tuvieron con el Cabildo. Los trabajadores estaban de acuerdo. Los sindicatos estaban de acuerdo. Y ya los trabajadores llevan un tiempo en sus tareas, con lo cual se resuelve el problema que había.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “En el último pleno ordinario, presentamos una moción relativa a los trabajadores municipales en Valora Gestión Tributaria, a la que el grupo de gobierno votó en contra, argumentando el Concejal de Hacienda que al mediodía de ese día, 29 de julio, el Cabildo había dado conformidad al borrador presentado, estando de acuerdo en su totalidad. Ahora, nos encontramos con un convenio de colaboración, firmado, un mes después. Por lo que no sabemos para qué lo traen a pleno, si no condiciona su validez a que sea aprobado en pleno. Sino la condiciona a que acepten la delegación, que es punto siguiente, por las partes, entrando en vigor el día mismo de su publicación en el BOP. Por lo tanto, tendría que ser, más bien, una dación de cuenta de este convenio firmado, no una aprobación. Pero es más, a nuestro entender, no presenta ninguna novedad para estos trabajadores, ya que suponen que van a estar en la misma situación, con la misma incertidumbre, si Valora no vuelve a cambiar de opinión. La única novedad que presenta este convenio es que el grupo de gobierno, para mantener a esos trabajadores en esa misma situación, cede a las exigencias de Valora y le delega la gestión de las tareas relativas a las sanciones por infracción a la ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Por tanto, nosotros en este punto, nos vamos a abstener.”
Don Cayetano González Padrón, Concejal de Hacienda, manifestó lo siguiente: "No es exactamente lo que usted acaba de decir. Primero, es un convenio nuevo. Yo no sé si oyó lo que yo le dije. En el último pleno, a resultas de una pregunta que al final no era una pregunta sino una moción de ustedes, se les dijo que había un acuerdo. Que ese mediodía había firmado el Cabildo. Se trae un mes después, ya se lo dije antes también. Porque el primer pleno después de julio era el de septiembre. En agosto no lo íbamos a traer, porque era inhábil. ¿Que cedemos a las exigencias?. No. Si usted se lee el primer convenio de delegación, las multas ya estaban cedidas a Valora, tanto en voluntaria como en ejecutiva. Lo que no estaba cedido, era la tramitación de los expedientes que, ahora como consecuencia de que Valora tiene un programa y unas tramitaciones más rápidas para que no se prescriban las multas y va prácticamente informatizado todo, se le delega la tramitación de la documentación, porque la delegación del cobro ya estaba delegada desde el principio y da la impresión de que al delegar, si cobra Valora, debe ser que se quedan con las perras. No, se lo dijimos en la Comisión. Lo único que es, es que le van a dar el dinero quince días más tarde. Pero el dinero es del Ayuntamiento, no de Valora. La gestión va a ser más rápida y más eficaz, estimamos nosotros. Y no se le está dando nada distinto de lo que no tenía. Y los trabajadores tienen la certeza, la misma que tenían hasta ahora. Y, ni Valora ni el Cabildo, salvo alguna cosa que pudiera ocurrir hasta el 31 de diciembre del 2012, está en vigor este convenio firmado por las partes. En ningún sitio veo yo, que se pueda derogar, avisando no sé cuantos días antes. Igual está, pero yo no lo he visto. Por lo tanto, los trabajadores también aceptaron esto, los sindicatos lo aceptaron, todo el mundo menos ustedes.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Usted dice que yo no le escucho, pero el que no me escucha es usted. Porque si dicen que el 29 de julio firmó el Cabildo, el Cabildo cuando firmó fue el 1 de septiembre. Por eso dije, un mes después, no un mes como dice usted que se tenía que llevar a la próxima sesión plenaria. A eso no me estaba refiriendo yo. La situación de los trabajadores no ha variado. Los mismos trabajadores van a estar percibiendo su salario del Ayuntamiento, porque son trabajadores del Ayuntamiento y van a estar a disposición de Valora y recibiendo órdenes de Valora. Con lo cual, sigue la misma situación de los trabajadores. Nosotros deseamos y esperamos que no se vuelva a repetir la situación que se produjo unos meses atrás en la que los trabajadores estuvieron en una situación lamentable, puesto que estaban en un sitio sin ejercer sus funciones y esperamos que no se repita pero nosotros en este caso nos vamos a abstener, porque entendemos que la situación de los trabajadores, no se soluciona con este convenio de colaboración.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "Porque usted diga eso. Yo respeto su opinión, pero me da gracia que usted hable de incertidumbre hacia los trabajadores. Los trabajadores tienen una sentencia de indefinidos en el Ayuntamiento de Gáldar. No ha cambiado nada. La cronología de los hechos la tienen ustedes. Los trabajadores, en el 2004, pasaron del Ayuntamiento a TRIBUGEST. En marzo de 2007, que no gobernábamos todavía nosotros, pasan a otra empresa que se llama Colaboración Tributaria, S.L. Posteriormente pasan a una UTE que se llama Coordinadora de Gestión S.A. Han estado en diferentes empresas y ¿por qué antes no había incertidumbre?. Por que usted lo diga. Pasaban de empresa a empresa y antes estaba todo el mundo garantizado.” Interviene la Sra. Concejal Doña Mª Teresa diciendo: “Fue el Cabildo el que no aceptó a esos trabajadores. ¿Usted no recuerda que en el 2008, cambió la situación de estos trabajadores?.” El Sr. Alcalde le dijo que le dejara terminar y continuó hablando: “El fin último es que estos señores son indefinidos en el Ayuntamiento de Gáldar. Los acepte o no los acepte el Cabildo como usted dice, seguirán siendo trabajadores de Gáldar, como pasó con los dos notificadores, están trabajando en el Ayuntamiento de Gáldar. Lo que no ha hecho este grupo de gobierno, es jugar con la comida de esos señores y están trabajando. Usted estará o no de acuerdo y dirá que hay incertidumbre, pero esos señores están en su sitio. Porque tenían sentencia indefinida. No porque les caiga mejor o peor al Alcalde y al Concejal. Son indefinidos por un juzgado. Intentan decir, es que ustedes han claudicado al Cabildo, que es el siguiente punto. Las multas estaban ya cedidas y es más, la fecha que se ha puesto de tope es el 31 de diciembre de 2012, no porque al Cabildo le interesa, es que a lo mejor al que le interesa es al Ayuntamiento de Gáldar. Que llegado el 31 de diciembre del 2012, si vuelve a ver más incumplimiento, el Ayuntamiento perfectamente puede decir, los impuestos los recauda el Ayuntamiento o lo sacamos a concurso público. Pero los trabajadores seguirán siendo trabajadores, por una sentencia, no porque me caigan ni mejor ni peor. Por una sentencia son indefinidos en el Ayuntamiento de Gáldar.”
No produciéndose más intervenciones, por la Presidencia se somete a votación la propuesta debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor once (7 BNR-NC y 4 PSOE), votos en contra ninguno y abstención nueve (5 PP y 4 UPG), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró adoptados los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Aprobar el Convenio de colaboración entre el organismo autónomo Valora Gestión Tributaria del Cabildo Insular de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Gáldar en materia de personal destinado a la gestión y recaudación de los tributos locales, cuyo contenido forma parte anexa a esta propuesta:
“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO VALORA GESTIÓN TRIBUTARIA DEL CABILDO INSULAR DE CANARIA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GALDAR, EN MATERIA DE PERSONAL DESTINADO A LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS TRIBUTOS LOCALES.”
El Cabildo de Gran Canaria, en el ejercicio de las funciones de cooperación y asistencia técnica que la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, le atribuye, realiza la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos municipales cuando los Ayuntamientos de la isla delegan en el mismo sus facultades.
La delegación de competencias se acuerda en virtud de lo que prevén, entre otras normas, el artículo 106 de la Ley de Bases de Régimen Local y el artículo 7 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.
Con el objetivo principal de realizar las funciones de gestión y recaudación tributarias delegadas por los municipios, el Cabildo de Gran Canaria creó el Organismo VALORA Gestión Tributaria, dotado de personalidad jurídica, y que constituye el organismo público de gestión y recaudación tributaria del Cabildo.
En la actualidad el Organismo VALORA lleva a cabo la gestión tributaria y recaudatoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas así como las tasas de Basura y Vados.
Es de interés del Ayuntamiento destinar a las oficinas de VALORA determinado personal de recaudación, a fin de no tener que amortizar las correspondientes plazas y en aras del principio de garantía del empleo.
El acuerdo de delegación de competencias tributarias del Ayuntamiento de Gáldar al Cabildo de Gran Canaria establece, en el acuerdo tercero, punto 7º, la previsión de que “se abonarán al Ayuntamiento los gastos que éste presente debidamente justificados al Cabildo y que sean previamente aprobados y fiscalizados favorablemente por el Organismo Autónomo Valora Gestión Tributaria, en concepto de colaboración en la gestión y recaudación de los tributos locales, hasta un importe máximo de 85.865,00 euros anuales o la parte proporcional correspondiente”.
En virtud de tales consideraciones, y con la finalidad de definir el alcance de esta colaboración, ambas partes:
ACUERDAN
Primero.- El Ayuntamiento de Gáldar prestará colaboración a VALORA en la gestión y recaudación de los tributos de ese municipio aportando medios personales, concretamente tres trabajadores del Ayuntamiento, con la categoría de auxiliar administrativo, que vienen desempeñando sus funciones en el área de recaudación, y ello hasta el 31 de diciembre de 2012. Cualquier vacante que surja en el Ayuntamiento deberá ser cubierta preferentemente con este personal.
Segundo.- Dicho personal seguirá formando parte de la plantilla del Ayuntamiento y dependiendo de éste, por lo que se regirán por el Convenio Colectivo del Ayuntamiento, sin perjuicio de que realice su trabajo en oficinas de VALORA en Gáldar, utilice medios técnicos propiedad del tal organismo, y reciba y deba acatar órdenes del personal de VALORA para poder llevar a cabo con mayor eficiencia la gestión tributaria y recaudatoria, y sin que ello suponga en ningún caso cesión del personal. En el mismo sentido, tal personal, a pesar de pertenecer al Ayuntamiento de Gáldar, quedará sometido, mientras trabaje en oficinas de VALORA, al régimen disciplinario del personal de VALORA, así como a la responsabilidad patrimonial que pueda derivarse del ejercicio de sus tareas en instalaciones de VALORA.
Tercero.- El Excmo. Cabildo de Gran Canaria abonará, a través de su organismo autónomo VALORA Gestión Tributaria, al Excmo. Ayuntamiento de Gáldar, y como contribución para sufragar los servicios prestados por personal del Ayuntamiento puesto a disposición de VALORA, la cantidad de dieciocho mil seiscientos ochenta y dos euros con treinta céntimos, por período anual y trabajador puesto a disposición de VALORA, o la parte proporcional que corresponda cuando el período en que el trabajador preste servicios en el organismo autónomo sea inferior al año.
Cuarto.- La validez de este Convenio queda condicionada al mantenimiento de las delegaciones actuales del Ayuntamiento de Gáldar en el Cabildo de Gran Canaria en materia de gestión tributaria y recaudatoria de tributos, sanciones y otros ingresos públicos, incluida la delegación y encomienda de gestión de las tareas relativas a las sanciones por infracción a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la cual deberá realizarse en el plazo máximo dos meses.
Quinto.- Una vez aceptada por ambas partes, el presente Convenio entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 31 de diciembre de 2012.
Sexta.- Serán causas de resolución del presente convenio la falta de la aportación económica, la negativa del personal a realizar las tareas que se le propongan por parte del Organismo o la no adopción del acuerdo de delegación señalado en el plazo establecido, así como cualquier impedimento legal o material que impida la ejecución del presente convenio.
Ambas partes manifiestan su conformidad con el contenido íntegro de las cláusulas de este Convenio, y en prueba de ello lo firman y rubrican, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha que al principio se expresa.”
SEGUNDO.- Publicar el citado Convenio mediante anuncio que se insertará en el Boletín Oficial de Provincia de Las Palmas y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
4º.- DELEGACIÓN EN EL CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA A TRAVÉS DE SU ORGANISMO AUTÓNOMO VALORA GESTIÓN TRIBUTARIA DE LAS FACULTADES RELATIVAS A LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS SANCIONES POR INFRACCIÓN A LA LEY DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Esta Entidad ha delegado en Cabildo de Gran Canaria para su realización a través del Organismo Autónomo VALORA Gestión Tributaria, al amparo de lo previsto en el art. 7.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 y 106.3 de la Ley 7/85, competencias municipales relativas a la gestión y recaudación de determinados ingresos de derecho público plasmados en acuerdo anterior.
Se realiza la siguiente propuesta:
Se apruebe acuerdo de delegación en el Cabildo de Gran Canaria de las facultades relativas a la gestión y recaudación de las sanciones por infracción a la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y seguridad vial, que se transcribe a continuación:
PRIMERO.- Delegar en el Cabildo de Gran Canaria para su realización a través del organismo autónomo Valora Gestión Tributaria, al amparo de lo que se prevé en los artículos 7.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 13 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, las competencias municipales relativas a la gestión y recaudación de las Sanciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que se relacionan a continuación:
a) Expedir los documentos de notificación de las denuncias formuladas por los agentes municipales a partir de los datos facilitados por el Ayuntamiento y la consulta de los Registros de la Jefatura Provincial de Tráfico.
b) Notificar las denuncias formuladas por los agentes municipales.
c) Notificar las sanciones impuestas por el Alcalde u órgano municipal competente.
d) Dictar la providencia de apremio.
e) Recaudar las sanciones en periodo voluntario y ejecutivo.
f) Liquidar intereses de demora.
g) Conceder y denegar aplazamientos y fraccionamientos de pago.
h) Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
i) Resolución de los recursos que puedan interponerse contra los actos del procedimiento recaudatorio.
j) Cualquier otro acto necesario para la efectividad de los anteriores.
k) La defensa jurídica y, en su caso, representación ante los distintos órdenes jurisdiccionales, con ocasión de los litigios que tengan su origen en actuaciones derivadas de este convenio.
SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se encomienda al Cabildo de Gran Canaria para su realización a través del organismo autónomo Valora Gestión Tributaria, la realización de las siguientes actividades de carácter material, técnico o de servicios sin que ello suponga cesión de titularidad de la competencia, siendo responsabilidad del Ayuntamiento dictar las resoluciones de carácter jurídico en las que se integre la concreta actividad material encomendada:
a) Identificación de los titulares de los vehículos denunciados.
b) Grabación de los boletines de denuncia.
c) Recepción de las alegaciones.
d) Cualquier otra actividad de naturaleza similar y necesaria para la materialización de las anteriores.
TERCERO.- Procedimientos y plazos.
A fin de garantizar la eficaz coordinación entre las actuaciones a realizar por el Ayuntamiento y el organismo autónomo Valora Gestión Tributaria se establece lo siguiente:
1) El Ayuntamiento acomodará los impresos de los boletines de denuncia a las especificaciones de los modelos normalizados establecidos por Valora Gestión Tributaria.
2) El Ayuntamiento trasladará el contenido de los boletines de denuncia y los informes y contestaciones a las alegaciones en el plazo más breve posible y por el procedimiento que conjuntamente se acuerde y en función de los medios técnicos y operativos implementados. En el caso de que el retraso en el envío de la información por el Ayuntamiento exceda del 50% del plazo establecido legalmente para la prescripción del trámite del expediente en curso, se entenderá incumplido este compromiso, procediéndose, no obstante, por Valora a la continuación del procedimiento mientras no haya prescrito el derecho de la Administración a exigir el pago de la sanción.
3) El Ayuntamiento, a propuesta de Valora o de los Servicios Municipales, resolverá mediante la adopción de los acuerdos procedentes por el órgano competente, las alegaciones que se formulen por los interesados ordenando la anulación y baja de los expedientes, confirmando la sanción propuesta o procediendo, en el caso de que ésta hubiera sido impuesta anteriormente, a su anulación.
4) Por parte de Valora se procederá a la sucesiva implantación de aquellos medios técnicos que permitan la agilización de los procedimientos como el escaneado de boletines y notificaciones.
5) Por parte de Valora se procederá a presentar al Ayuntamiento los informes y propuestas para la introducción de los instrumentos de tecnología digital que permitan a los agentes municipales la optimización de su actividad.
6) Valora facilitará los medios de control para su eficaz seguimiento de los expedientes mediante el oportuno acceso informático en línea a cada expediente y mediante estadísticas mensuales indicativas de su evolución y estado.
CUARTO.- Lugar de atención al Público.
Valora Gestión Tributaria habilitará los lugares de atención al público necesarios para un adecuado y correcto funcionamiento del servicio, implementando la posibilidad de que en cualquier Oficina de la red insular puedan ser atendidos los ciudadanos en relación a los expedientes objeto de este convenio.
QUINTO.- Compensación económica.
1. La prestación de los servicios que se deriven de la delegación y encomienda de funciones que contempla el presente acuerdo, comportará la compensación de las cantidades que se indican en los siguientes apartados:
a) De acuerdo con la base 6º.3 de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de VALORA (BOP nº 92, de 20 de Julio de 2005), el dieciocho por ciento (18%) para los cobros realizados en período voluntario, y el veintitrés por ciento (23%) del volumen total de deuda tributaria ingresada por este concepto en período ejecutivo.
b) El importe a que hayan ascendido los costes de las notificaciones practicadas con anterioridad al inicio del procedimiento ejecutivo.
c) En el caso de que VALORA encargue la impresión de los Boletines, el coste a que asciende tal impresión.
2. Los importes indicados en el apartado 1 anterior se compensarán en la facturación mensual que se realice al Ayuntamiento por todos los conceptos con recaudación delegada. El importe indicado en la letra b) el citado apartado se justificará mediante copia de los documentos de entrega al Servicio de Correos y ascenderá al resultado de aplicar a las notificaciones entregadas la tarifa oficial vigente en el momento de su entrega.
SEXTO.- Para dar cumplimiento a las cláusulas anteriores se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por tres miembros designados por el Ayuntamiento y tres designados por Valora Gestión Tributaria y será presidida por el Alcalde o persona en quien delegue. Esta comisión de seguimiento se reunirá, al menos, dos veces al año.
SÉPTIMO.- El Ayuntamiento podrá emanar instrucciones técnicas de carácter general y recabar, en cualquier momento, información sobre la gestión, en los términos previstos en el artículo 27 y concordantes de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
OCTAVO.- Para la realización y ejecución de las funciones delegadas, el Cabildo de Gran Canaria se atendrá al ordenamiento local, así como a la normativa interna dictada por ésta, en virtud de lo que prevé el artículo 7.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo y de las propias facultades de autoorganización para la gestión de los servicios atribuidos.
NOVENO.- Entrada en vigor, efectos y duración de la delegación.
Una vez aceptada por el Cabildo de Gran Canaria, la presente delegación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y cuya vigencia lo será hasta el 31 de diciembre de 2012 prorrogable por reconducción tácita de año en año, excepto que cualquiera de las dos partes acuerden dejar sin efecto la citada delegación, lo que habrá de notificarse en un plazo no inferior a seis meses antes del cese.
DÉCIMO.- Este acuerdo sustituirá a cualquier otro adoptado con anterioridad en materia de recaudación ejecutiva de Multas de Tráfico.
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Don Cayetano González Padrón, Concejal de Hacienda, para manifestar lo siguiente: "Esto es la tramitación de todo el tema de las multas porque la delegación de la recaudación ya estaba. Lo que pasa es que ahora se transcribe todo completo, que en el primer momento no había especificación ninguna con respecto al tema de las multas porque sólo estaba la recaudación en voluntaria y en ejecutiva y, ahora es la tramitación de todo el proceso de sanción.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Nosotros en la misma línea de lo que dijimos anteriormente, nos vamos a abstener. Pero con relación a lo que dijo el Sr. Alcalde en el último momento sobre los trabajadores, habría que lanzar entonces una pregunta: ¿Qué ha variado con respecto al mes de junio en la que estos trabajadores recibieron unas órdenes de Valora para que dejaran de ejercer su función, qué ha variado ahora para que cambie de opinión y ahora sí se permita realizar esa función?. ¿Antes era una cesión ilegal estos trabajadores y por eso no lo querían en Valora?. Y ¿ahora no?. Habría que saber los motivos de Valora por los que antes no.” El Sr. Alcalde le contesta a Doña Mª Teresa, que no lo sabe. Continua la Sra. Concejal hablando: “¿No lo sabe o no se lo quiere comunicar a la oposición, como aquel famoso informe jurídico privativo de usted?. El informe jurídico que hay para firmar ese convenio que dice que lo hicieron en el Cabildo, porque no hay un informe jurídico del mismo ayuntamiento, con lo cual no entendemos si es que no se asesora con un abogado a la hora de firmar ese convenio, sobre si reúne las condiciones legales o no. O si lo tiene y no lo quiere pasar a la oposición.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde diciéndole a la Sra. Concejal que, ella está suponiendo cosas y que su partido tiene representantes en Valora. Le replica la Sra. Concejal Doña Mª Teresa diciéndole que ellos están ocultando cosas a la oposición y que ella pregunta en el órgano donde tiene que preguntar. Y añade: “Si no me quiere contestar no me conteste y si quiere mentirnos, nos miente.” El Sr. Alcalde le dice “aquí la única que no miente es usted.” Doña Mª Teresa le responde lo siguiente: “Yo no tengo que hacer una actividad de investigación de si los que están en otros órganos, son de nuestro partido o no lo son. Yo tengo que preguntar a quien corresponde.” El Sr. Alcalde le dice que ya es la tercera interrupción y todavía quedan doce puntos. Seguidamente continuó con su intervención: “La Primera Teniente de Alcalde me hace una puntualización que ya se la contestaron. Parece ser que la Secretaria le dijo que no hacía falta informe jurídico, pero hoy hace falta informe jurídico. A ustedes les gusta liar la madeja. Los siete meses que quedan hasta las elecciones, está usted intentando el minuto de gloria y conmigo no lo va a conseguir. Espero que algún día, de aquí a que terminen las elecciones, reconozcan las meteduras de pata que realiza pleno tras pleno. Porque no son capaces de respetar el turno de palabra. Y no lo han respetado desde el primer mes.” Le replica Doña Mª Teresa diciéndole que espera que ellos también las reconozcan. Continúa el Sr. Alcalde: “Conmigo no van a llevarme al terreno que ustedes me quieren llevar. Yo no tengo que contestarles algo que yo no he tomado la decisión. La decisión la toma Valora. Valora decide en un momento y al final ha terminado dándonos la razón nuevamente. Usted habla de cesión ilegal de trabajadores, porque usted lo diga. Un convenio de colaboración existe entre administraciones y no es cesión ilegal de trabajadores. Valora no es una empresa privada. Es un organismo público. Usted, que sabe de leyes, tendría que saberlo. Por lo tanto, si Valora tomó una decisión, usted que tiene representantes en Valora, que le pregunten a Valora. El Ayuntamiento no tomó ninguna decisión, exigió, que es diferente, que se cumpliera el acuerdo como estaba estipulado. Ni más ni menos. Yo lo dije en un pleno aquí. No voy a dar el brazo a torcer. Los trabajadores se quedan donde estaban. Recuerden que lo dije en un pleno. Miren como al final han tenido que dar la razón al Ayuntamiento de Gáldar. Por qué a veces nos acusan que no hacemos las cosas. En esto que lo hacemos, tampoco nos dan la razón y también estamos equivocados. Pues no estuvimos equivocados. Nos mantuvimos y no dimos el brazo a torcer, se llame Cabildo o se llame Valora, los trabajadores siguen donde tenían que estar. Lo que pasa es que a ustedes les fastidia que cuando solucionen las cosas, hay que buscarle la vuelta, hablar de cesión ilegal de trabajadores. Los trabajadores están donde tienen que estar. Y si el convenio no lo acepta Valora, para eso también tenemos nosotros abogados, para defendernos. Al final la gente lo que quiere no son guerras ni historias, ni discusiones aquí. Valora sigue estando donde está con sus trabajadores, se siguen cobrando los impuestos y no pasa absolutamente nada. Otra cosa son los espectáculos que a algunos les gusta hacer.”
Finalizado el debate, por la Presidencia se somete a votación la propuesta debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor once (7 BNR-NC y 4 PSOE), votos en contra ninguno y abstención nueve (5 PP y 4 UPG), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró adoptados los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Delegar en el Cabildo de Gran Canaria para su realización a través del organismo autónomo Valora Gestión Tributaria, al amparo de lo que se prevé en los artículos 7.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 13 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, las competencias municipales relativas a la gestión y recaudación de las Sanciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que se relacionan a continuación:
a) Expedir los documentos de notificación de las denuncias formuladas por los agentes municipales a partir de los datos facilitados por el Ayuntamiento y la consulta de los Registros de la Jefatura Provincial de Tráfico.
b) Notificar las denuncias formuladas por los agentes municipales.
c) Notificar las sanciones impuestas por el Alcalde u órgano municipal competente.
d) Dictar la providencia de apremio.
e) Recaudar las sanciones en periodo voluntario y ejecutivo.
f) Liquidar intereses de demora.
g) Conceder y denegar aplazamientos y fraccionamientos de pago.
h) Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.
i) Resolución de los recursos que puedan interponerse contra los actos del procedimiento recaudatorio.
j) Cualquier otro acto necesario para la efectividad de los anteriores.
k) La defensa jurídica y, en su caso, representación ante los distintos órdenes jurisdiccionales, con ocasión de los litigios que tengan su origen en actuaciones derivadas de este convenio.
SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se encomienda al Cabildo de Gran Canaria para su realización a través del organismo autónomo Valora Gestión Tributaria, la realización de las siguientes actividades de carácter material, técnico o de servicios sin que ello suponga cesión de titularidad de la competencia, siendo responsabilidad del Ayuntamiento dictar las resoluciones de carácter jurídico en las que se integre la concreta actividad material encomendada:
a) Identificación de los titulares de los vehículos denunciados.
b) Grabación de los boletines de denuncia.
c) Recepción de las alegaciones.
d) Cualquier otra actividad de naturaleza similar y necesaria para la materialización de las anteriores.
TERCERO.- Procedimientos y plazos.
A fin de garantizar la eficaz coordinación entre las actuaciones a realizar por el Ayuntamiento y el organismo autónomo Valora Gestión Tributaria se establece lo siguiente:
1) El Ayuntamiento acomodará los impresos de los boletines de denuncia a las especificaciones de los modelos normalizados establecidos por Valora Gestión Tributaria.
2) El Ayuntamiento trasladará el contenido de los boletines de denuncia y los informes y contestaciones a las alegaciones en el plazo más breve posible y por el procedimiento que conjuntamente se acuerde y en función de los medios técnicos y operativos implementados. En el caso de que el retraso en el envío de la información por el Ayuntamiento exceda del 50% del plazo establecido legalmente para la prescripción del trámite del expediente en curso, se entenderá incumplido este compromiso, procediéndose, no obstante, por Valora a la continuación del procedimiento mientras no haya prescrito el derecho de la Administración a exigir el pago de la sanción.
3) El Ayuntamiento, a propuesta de Valora o de los Servicios Municipales, resolverá mediante la adopción de los acuerdos procedentes por el órgano competente, las alegaciones que se formulen por los interesados ordenando la anulación y baja de los expedientes, confirmando la sanción propuesta o procediendo, en el caso de que ésta hubiera sido impuesta anteriormente, a su anulación.
4) Por parte de Valora se procederá a la sucesiva implantación de aquellos medios técnicos que permitan la agilización de los procedimientos como el escaneado de boletines y notificaciones.
5) Por parte de Valora se procederá a presentar al Ayuntamiento los informes y propuestas para la introducción de los instrumentos de tecnología digital que permitan a los agentes municipales la optimización de su actividad.
6) Valora facilitará los medios de control para su eficaz seguimiento de los expedientes mediante el oportuno acceso informático en línea a cada expediente y mediante estadísticas mensuales indicativas de su evolución y estado.
CUARTO.- Lugar de atención al Público.
Valora Gestión Tributaria habilitará los lugares de atención al público necesarios para un adecuado y correcto funcionamiento del servicio, implementando la posibilidad de que en cualquier Oficina de la red insular puedan ser atendidos los ciudadanos en relación a los expedientes objeto de este convenio.
QUINTO.- Compensación económica.
1. La prestación de los servicios que se deriven de la delegación y encomienda de funciones que contempla el presente acuerdo, comportará la compensación de las cantidades que se indican en los siguientes apartados:
a) De acuerdo con la base 6º.3 de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de VALORA (BOP nº 92, de 20 de Julio de 2005), el dieciocho por ciento (18%) para los cobros realizados en período voluntario, y el veintitrés por ciento (23%) del volumen total de deuda tributaria ingresada por este concepto en período ejecutivo.
b) El importe a que hayan ascendido los costes de las notificaciones practicadas con anterioridad al inicio del procedimiento ejecutivo.
c) En el caso de que VALORA encargue la impresión de los Boletines, el coste a que asciende tal impresión.
2. Los importes indicados en el apartado 1 anterior se compensarán en la facturación mensual que se realice al Ayuntamiento por todos los conceptos con recaudación delegada. El importe indicado en la letra b) el citado apartado se justificará mediante copia de los documentos de entrega al Servicio de Correos y ascenderá al resultado de aplicar a las notificaciones entregadas la tarifa oficial vigente en el momento de su entrega.
SEXTO.- Para dar cumplimiento a las cláusulas anteriores se constituirá una Comisión de Seguimiento formada por tres miembros designados por el Ayuntamiento y tres designados por Valora Gestión Tributaria y será presidida por el Alcalde o persona en quien delegue. Esta comisión de seguimiento se reunirá, al menos, dos veces al año.
SÉPTIMO.- El Ayuntamiento podrá emanar instrucciones técnicas de carácter general y recabar, en cualquier momento, información sobre la gestión, en los términos previstos en el artículo 27 y concordantes de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
OCTAVO.- Para la realización y ejecución de las funciones delegadas, el Cabildo de Gran Canaria se atendrá al ordenamiento local, así como a la normativa interna dictada por ésta, en virtud de lo que prevé el artículo 7.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo y de las propias facultades de autoorganización para la gestión de los servicios atribuidos.
NOVENO.- Entrada en vigor, efectos y duración de la delegación.
Una vez aceptada por el Cabildo de Gran Canaria, la presente delegación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y cuya vigencia lo será hasta el 31 de diciembre de 2012 prorrogable por reconducción tácita de año en año, excepto que cualquiera de las dos partes acuerden dejar sin efecto la citada delegación, lo que habrá de notificarse en un plazo no inferior a seis meses antes del cese.
DÉCIMO.- Este acuerdo sustituirá a cualquier otro adoptado con anterioridad en materia de recaudación ejecutiva de Multas de Tráfico.
5º.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL. ACUERDO PROCEDENTE.
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“En uso de las facultades que me confiere la vigente normativa legal y en mi condición de miembro del Pleno Corporativo, tengo a bien proponer al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la imposición de la Tasa por UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL y la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma -en los términos en que figura en el expediente- con la redacción que a continuación se recoge:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL.
Artículo 1. Fundamento legal y naturaleza.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución; en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y al amparo de lo previsto en los artículos 20 a 27 y 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Excmo. Ayuntamiento de Gáldar acuerda la imposición y ordenación de la Tasa por la Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial constituido en el Suelo, Subsuelo y Vuelo de las Vías Públicas Municipales, a favor de empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
Artículo 2. Hecho imponible.-
1. Constituye el hecho imponible de esta Tasa la utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, en el término municipal de Gáldar, a favor de empresas o entidades explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil, que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
2. El aprovechamiento especial del dominio público se producirá siempre que para la prestación del servicio de telefonía móvil se deban utilizar antenas, instalaciones o redes que materialmente ocupen el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, con independencia de quien sea el titular de aquéllas.
3. Cuando la utilización privativa del aprovechamiento especial lleve aparejada la destrucción o deterioro del dominio público local, el beneficiario, sin perjuicio del pago de la tasa a que hubiere lugar, estará obligado al reintegro del coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación y al depósito previo de su importe.
Si los daños fueran irreparables, el Ayuntamiento de Gáldar será indemnizado en cuantía global al valor de los bienes destruidos o al importe del deterioro de los dañados.
El Ayuntamiento no podrá condonar total ni parcialmente las indemnizaciones y reintegros a que se refiere el presente apartado.
Artículo 3. Sujetos pasivos.-
1. Son sujetos pasivos de la Tasa en concepto de contribuyentes las empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil que utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular y que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
2. Tienen la consideración de sujetos pasivos las empresas o entidades explotadoras o prestadoras de servicios a que se refiere el apartado anterior, tanto si son titulares de las correspondientes redes que transcurran por el dominio público local y a través de las cuales se efectúe la explotación o prestación del servicio de telefonía móvil como si, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión a las mismas.
Artículo 4. Base imponible y Cuota Tributaria.
1. Para determinar la cuantía de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de los servicios de telefonía móvil en función de la red de telefonía fija útil para la telefonía móvil instalada en este municipio, la delimitación individualizada de cada operador y su cuota de mercado en el municipio, se aplicará la fórmula de cálculo siguiente:
a) Base imponible.
La base imponible, deducida de la estimación del aprovechamiento especial del dominio público por el servicio de telefonía móvil, se calcula:
BI= (Cmf*Nt) + (PHM*Cmm)
Siendo:
Cmf: valor de los ingresos medios de telefonía móvil por tráfico a teléfonos fijos, 58,96.
Cmf= Consumo telefónico medio estimado, por unidad urbana, corregido por el coeficiente atribuido a la participación de la telefonía móvil. Será el resultado de dividir la facturación por telefonía móvil dirigida a la red fija nacional entre el número de líneas de telefonía fija, según los datos obtenidos del Informe de la CMT y eso significa que:
Página 275 de la CMT, en la tabla te dice que el consumo de móvil a fijo es de 1.196,92 millones de euros. Si lo dividimos por el número de líneas fijas, que son 20,3 millones (página 38 de la CMT), el resultado es: 58,96 euros/línea.
Nt: número de teléfonos fijos instalados en el Municipio, 10.713.
Nt= Número de teléfonos fijos instalados en el Municipio. Cálculo estimativo: número de habitantes del municipio a 01/01/2009 según el INE por coeficiente de penetración de la telefonía fija, según Informe Anual 2008 de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (ICMT 2008, págs. 39 y 256). Nt=24.405 * 0,439= 10.713
PHM: población de habitantes con móvil = 95% del número de habitantes empadronados en el Municipio. Número de habitantes 24.405 x 0,95=23.184.
Cmm: consumo medio telefónico, estimado por teléfono móvil por llamadas de móvil a móvil. Estimación para el año 2008: 284,21 euros/año (ICMT 2008, página 278).
BI= (58,96 x 10.713)+(23184 x 284,21)
BI= 631.638 + 6.589.124=7.220.762
b) Cuota básica.
La cuota básica global se determina aplicando el 1,4 por 100 a la base imponible.
QB= 1,4% s/BI
QB= 1,4%s/7.220.762=101.090,68 euros.
El valor de la cuota básica es 101.090,68 euros.
c) Cuota tributaria.
QT= CE x QB
Siendo:
CE: el coeficiente específico atribuible a cada operador, que se obtendrá a partir de la cuota total de mercado de telefonía móvil que le corresponda en el Municipio, incluidas todas sus modalidades, tanto de postpago como de prepago.
2. A efectos de determinar el coeficiente CE, los sujetos pasivos deberán acreditar entes del 30 de abril de cada año, ante el Ayuntamiento que el coeficiente real de participación en el conjunto de los ingresos de telefonía móvil en el ejercicio objeto de liquidaciones diferente del imputado. En este caso, las liquidaciones trimestrales se ajustarán aplicando el coeficiente declarado por el obligado tributario.
3. Si en el transcurso del procedimiento de liquidación correspondiente a cada ejercicio no se acredita el coeficiente real de participación anteriormente referido, se aplicarán los que resulten para cada operador del último informe anual publicado por la comisión del Mercado de las Telecomunicaciones detallados para el Municipio, si constan, o para el conjunto nacional total, en su defecto.
Los valores de CE (según el último informe de la CMT, año 2008) y la cuota anual y trimestral a satisfacer por cada operador son los siguientes:
Operador CE Cuota Anual Cuota Trimestral
Movistar 48,87% 72.979,60 € 18.244,90 €
Vodafone 33,10% 49.429,60 € 12.357,40 €
Orange 16,58% 24.759,60 € 6.189,90 €
Yoigo 0,71% 1.060,27 € 265,07 €
TOTAL 99,26% 148.229,08 € 37.057,27 €
A efectos de determinar el coeficiente CE, los sujetos pasivos podrán probar ante el Ayuntamiento que el coeficiente real de participación en el ejercicio ha sido inferior. En este caso, las autoliquidaciones trimestrales se ajustarán aplicando el coeficiente acreditado por el obligado tributario.
Artículo 5. Periodo impositivo y devengo.
El periodo impositivo de esta Tasa coincide con el año natural, devengándose el primer día del periodo impositivo, salvo en los supuestos de inicio o cese en el uso privativo o aprovechamiento especial, casos en que procederá aplicar el prorrateo trimestral, conforme a las siguientes reglas:
1. En los supuestos de altas por inicio de actividad, se liquidará la cuota correspondiente a los trimestres que restan para finalizar el ejercicio, incluido el trimestre en que tiene lugar el alta.
2. En caso de bajas por cese de actividad, se liquidará la cuota que corresponda a los trimestres transcurridos desde el inicio del ejercicio, incluyendo aquel en que se origina el cese.
Artículo 6. Régimen de declaración y de ingreso.
1. El Ayuntamiento notificará a cada obligado tributario liquidaciones tributarias trimestrales, que tendrán el carácter de provisionales, basándose en los datos por él declarados que se elevarán al resultado de aplicar el 25% al importe de la cuota tributaria calculada de conformidad con el apartado 4.1 de esta Ordenanza, aplicando los datos del periodo impositivo anterior al que se devenga. Los ingresos efectuados por el sujeto pasivo de la Tasa de cada una de las liquidaciones tributarias trimestrales, con el carácter de provisionales, tendrán la consideración de pago a cuenta de la liquidación.
2. La liquidación definitiva será emitida por el Ayuntamiento dentro del primer trimestre siguiente al periodo impositivo objeto de la liquidación. El importe a ingresar será la diferencia entre la cuota tributaria de la liquidación definitiva de la Tasa y los pagos a cuenta trimestrales, que por tal concepto y por aquel periodo impositivo se hayan realizado en cumplimiento de las liquidaciones tributarias con el carácter de provisionales. En el supuesto en que haya saldo negativo, el exceso satisfecho al Ayuntamiento se compensará en el primer pago a cuenta o en los sucesivos.
Artículo 7. Infracciones y sanciones.
1. La falta de ingreso de la deuda tributaria que resulta de la liquidación correcta de la Tasa dentro de los plazos establecidos en esta Ordenanza constituye infracción tributaria tipificada en el artículo 191 de la Ley General Tributaria, que se calificará y sancionará según dispone el mencionado artículo.
2. El resto de infracciones tributarias que se puedan cometer en los procedimientos de gestión, inspección y recaudación de esta Tasa se tipificarán y sancionarán de acuerdo con lo que se prevé en la Ley General Tributaria y las normas reglamentarias que la desarrollan.
3. La falta de presentación de forma completa y correcta de las declaraciones y documentos necesarios para que se pueda practicar la liquidación de esta Tasa constituye una infracción tributaria tipificada en el artículo 192 de la Ley General Tributaria, que se calificará y sancionará según dispone el mencionado artículo.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación desde el 01 de enero de 2011.
RÉGIMEN DE RECURSOS
Conforme dispone el artículo 19.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo no cabe otro recurso que el Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, contados desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincial.”
SEGUNDO.- Dar el expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra el Sr. Concejal de Nuevas Tecnologías, Don Manuel López Mendoza, para manifestar lo siguiente: “Con esta ordenanza fiscal se establece la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de las empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil que afecten a la generalidad o una parte importante del vecindario. Dicho de otra forma, esta tasa nos permite cobrarle a las empresas de prestación de servicios de telefonía móvil, como puede ser Movistar, Yoigo, Vodafone, Orange, que utilicen antenas, instalaciones o redes que materialmente ocupen el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales. Por otro lado, también nos permite cuando la ejecución de sus instalaciones lleva aparejada la destrucción o deterioro del dominio público local, cobrarles el coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación y el depósito previo de su importe. Con esta ordenanza fiscal se estima una cuota anual de recaudación de unos 148.229 euros, hablando de ingresos totales de las diferentes operadoras que operan ahora mismo en el municipio.”
Siendo las 20,30 h., abandonó la sesión el Sr. Concejal Don Francisco Sosa Gil.
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó que van a votar a favor puesto que es una fuente para recaudar ingresos para las arcas municipales.
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "Este acuerdo se ha aprobado también por unanimidad en la Mancomunidad de Ayuntamientos y hemos querido trasladarlo al ámbito local, porque las competencias son evidentemente municipales. Y como decía el Concejal, son casi 150.000 euros que a las empresas de telefonía, por utilizar antenas, el vuelo, suelo o subsuelo, en cualquier tipo de condicionante, tiene que pagar igual que paga UNELCO, que paga Telefónica o Gestión de Aguas del Norte, por utilizar el espacio público y al final al Ayuntamiento, le puede venir 150.000 euros sin coste ninguno.”
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la imposición de la Tasa por UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL y la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma -en los términos en que figura en el expediente- con la redacción que a continuación se recoge:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL.
Artículo 1. Fundamento legal y naturaleza.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución; en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y al amparo de lo previsto en los artículos 20 a 27 y 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Excmo. Ayuntamiento de Gáldar acuerda la imposición y ordenación de la Tasa por la Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial constituido en el Suelo, Subsuelo y Vuelo de las Vías Públicas Municipales, a favor de empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
Artículo 2. Hecho imponible.-
1. Constituye el hecho imponible de esta Tasa la utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, en el término municipal de Gáldar, a favor de empresas o entidades explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil, que afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
2. El aprovechamiento especial del dominio público se producirá siempre que para la prestación del servicio de telefonía móvil se deban utilizar antenas, instalaciones o redes que materialmente ocupen el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, con independencia de quien sea el titular de aquéllas.
3. Cuando la utilización privativa del aprovechamiento especial lleve aparejada la destrucción o deterioro del dominio público local, el beneficiario, sin perjuicio del pago de la tasa a que hubiere lugar, estará obligado al reintegro del coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación y al depósito previo de su importe.
Si los daños fueran irreparables, el Ayuntamiento de Gáldar será indemnizado en cuantía global al valor de los bienes destruidos o al importe del deterioro de los dañados.
El Ayuntamiento no podrá condonar total ni parcialmente las indemnizaciones y reintegros a que se refiere el presente apartado.
Artículo 3. Sujetos pasivos.-
1. Son sujetos pasivos de la Tasa en concepto de contribuyentes las empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil que utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular y que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
2. Tienen la consideración de sujetos pasivos las empresas o entidades explotadoras o prestadoras de servicios a que se refiere el apartado anterior, tanto si son titulares de las correspondientes redes que transcurran por el dominio público local y a través de las cuales se efectúe la explotación o prestación del servicio de telefonía móvil como si, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión a las mismas.
Artículo 4. Base imponible y Cuota Tributaria.
1. Para determinar la cuantía de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de los servicios de telefonía móvil en función de la red de telefonía fija útil para la telefonía móvil instalada en este municipio, la delimitación individualizada de cada operador y su cuota de mercado en el municipio, se aplicará la fórmula de cálculo siguiente:
a) Base imponible.
La base imponible, deducida de la estimación del aprovechamiento especial del dominio público por el servicio de telefonía móvil, se calcula:
BI= (Cmf*Nt) + (PHM*Cmm)
Siendo:
Cmf: valor de los ingresos medios de telefonía móvil por tráfico a teléfonos fijos, 58,96.
Cmf= Consumo telefónico medio estimado, por unidad urbana, corregido por el coeficiente atribuido a la participación de la telefonía móvil. Será el resultado de dividir la facturación por telefonía móvil dirigida a la red fija nacional entre el número de líneas de telefonía fija, según los datos obtenidos del Informe de la CMT y eso significa que:
Página 275 de la CMT, en la tabla te dice que el consumo de móvil a fijo es de 1.196,92 millones de euros. Si lo dividimos por el número de líneas fijas, que son 20,3 millones (página 38 de la CMT), el resultado es: 58,96 euros/línea.
Nt: número de teléfonos fijos instalados en el Municipio, 10.713.
Nt= Número de teléfonos fijos instalados en el Municipio. Cálculo estimativo: número de habitantes del municipio a 01/01/2009 según el INE por coeficiente de penetración de la telefonía fija, según Informe Anual 2008 de la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (ICMT 2008, págs. 39 y 256). Nt=24.405 * 0,439= 10.713
PHM: población de habitantes con móvil = 95% del número de habitantes empadronados en el Municipio. Número de habitantes 24.405 x 0,95=23.184.
Cmm: consumo medio telefónico, estimado por teléfono móvil por llamadas de móvil a móvil. Estimación para el año 2008: 284,21 euros/año (ICMT 2008, página 278).
BI= (58,96 x 10.713)+(23184 x 284,21)
BI= 631.638 + 6.589.124=7.220.762
b) Cuota básica.
La cuota básica global se determina aplicando el 1,4 por 100 a la base imponible.
QB= 1,4% s/BI
QB= 1,4%s/7.220.762=101.090,68 euros.
El valor de la cuota básica es 101.090,68 euros.
c) Cuota tributaria.
QT= CE x QB
Siendo:
CE: el coeficiente específico atribuible a cada operador, que se obtendrá a partir de la cuota total de mercado de telefonía móvil que le corresponda en el Municipio, incluidas todas sus modalidades, tanto de postpago como de prepago.
2. A efectos de determinar el coeficiente CE, los sujetos pasivos deberán acreditar entes del 30 de abril de cada año, ante el Ayuntamiento que el coeficiente real de participación en el conjunto de los ingresos de telefonía móvil en el ejercicio objeto de liquidaciones diferente del imputado. En este caso, las liquidaciones trimestrales se ajustarán aplicando el coeficiente declarado por el obligado tributario.
3. Si en el transcurso del procedimiento de liquidación correspondiente a cada ejercicio no se acredita el coeficiente real de participación anteriormente referido, se aplicarán los que resulten para cada operador del último informe anual publicado por la comisión del Mercado de las Telecomunicaciones detallados para el Municipio, si constan, o para el conjunto nacional total, en su defecto.
Los valores de CE (según el último informe de la CMT, año 2008) y la cuota anual y trimestral a satisfacer por cada operador son los siguientes:
Operador CE Cuota Anual Cuota Trimestral
Movistar 48,87% 72.979,60 € 18.244,90 €
Vodafone 33,10% 49.429,60 € 12.357,40 €
Orange 16,58% 24.759,60 € 6.189,90 €
Yoigo 0,71% 1.060,27 € 265,07 €
TOTAL 99,26% 148.229,08 € 37.057,27 €
A efectos de determinar el coeficiente CE, los sujetos pasivos podrán probar ante el Ayuntamiento que el coeficiente real de participación en el ejercicio ha sido inferior. En este caso, las autoliquidaciones trimestrales se ajustarán aplicando el coeficiente acreditado por el obligado tributario.
Artículo 5. Periodo impositivo y devengo.
El periodo impositivo de esta Tasa coincide con el año natural, devengándose el primer día del periodo impositivo, salvo en los supuestos de inicio o cese en el uso privativo o aprovechamiento especial, casos en que procederá aplicar el prorrateo trimestral, conforme a las siguientes reglas:
1. En los supuestos de altas por inicio de actividad, se liquidará la cuota correspondiente a los trimestres que restan para finalizar el ejercicio, incluido el trimestre en que tiene lugar el alta.
2. En caso de bajas por cese de actividad, se liquidará la cuota que corresponda a los trimestres transcurridos desde el inicio del ejercicio, incluyendo aquel en que se origina el cese.
Artículo 6. Régimen de declaración y de ingreso.
1. El Ayuntamiento notificará a cada obligado tributario liquidaciones tributarias trimestrales, que tendrán el carácter de provisionales, basándose en los datos por él declarados que se elevarán al resultado de aplicar el 25% al importe de la cuota tributaria calculada de conformidad con el apartado 4.1 de esta Ordenanza, aplicando los datos del periodo impositivo anterior al que se devenga. Los ingresos efectuados por el sujeto pasivo de la Tasa de cada una de las liquidaciones tributarias trimestrales, con el carácter de provisionales, tendrán la consideración de pago a cuenta de la liquidación.
2. La liquidación definitiva será emitida por el Ayuntamiento dentro del primer trimestre siguiente al periodo impositivo objeto de la liquidación. El importe a ingresar será la diferencia entre la cuota tributaria de la liquidación definitiva de la Tasa y los pagos a cuenta trimestrales, que por tal concepto y por aquel periodo impositivo se hayan realizado en cumplimiento de las liquidaciones tributarias con el carácter de provisionales. En el supuesto en que haya saldo negativo, el exceso satisfecho al Ayuntamiento se compensará en el primer pago a cuenta o en los sucesivos.
Artículo 7. Infracciones y sanciones.
1. La falta de ingreso de la deuda tributaria que resulta de la liquidación correcta de la Tasa dentro de los plazos establecidos en esta Ordenanza constituye infracción tributaria tipificada en el artículo 191 de la Ley General Tributaria, que se calificará y sancionará según dispone el mencionado artículo.
2. El resto de infracciones tributarias que se puedan cometer en los procedimientos de gestión, inspección y recaudación de esta Tasa se tipificarán y sancionarán de acuerdo con lo que se prevé en la Ley General Tributaria y las normas reglamentarias que la desarrollan.
3. La falta de presentación de forma completa y correcta de las declaraciones y documentos necesarios para que se pueda practicar la liquidación de esta Tasa constituye una infracción tributaria tipificada en el artículo 192 de la Ley General Tributaria, que se calificará y sancionará según dispone el mencionado artículo.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación desde el 01 de enero de 2011.
RÉGIMEN DE RECURSOS
Conforme dispone el artículo 19.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo no cabe otro recurso que el Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, contados desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincial.”
SEGUNDO.- Dar el expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO.- Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
6º.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DEL CEMENTERIO Y TANATORIO MUNICIPAL. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 27 de mayo de 2010, adoptó acuerdo disponiendo la incoación de expediente administrativo para la resolución del contrato suscrito el 20 de julio de 1.998 entre el Ayuntamiento y la entidad Canarias Zone Cementerios Norte Gran Canaria S.A. para la gestión del servicio público del Cementerio y Tanatorio Municipal, por incumplimiento de las obligaciones esenciales por parte de la entidad concesionaria.
En la misma resolución se acordó igualmente que, una vez tramitado dicho expediente (en el que habría de concederse a la entidad concesionaria el correspondiente trámite de audiencia y solicitarse el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo de Canarias), se daría nuevamente cuenta al Pleno para adoptar el acuerdo procedente.
Paralelamente a la tramitación del citado expediente administrativo se mantuvieron conversaciones con la entidad concesionaria para resolver la concesión de mutuo acuerdo, con el objetivo último de evitar que dicha tramitación y posibles procedimientos judiciales posteriores afectaran al servicio, con el consiguiente perjuicio para los usuarios.
Fruto de dichas conversaciones se alcanzó y suscribió un acuerdo entre ambas partes el 27 de julio de 2010, antes de que se emitiera el Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, que no obstante en su Dictamen Nº 553/2010, de 28 de julio de 2010, declaró ajustada a Derecho la propuesta de la Alcaldía de 21 de junio de 2010 de declarar resuelta la concesión por incumplimiento de las obligaciones por parte de la entidad concesionaria.
Básicamente, los términos del convenio alcanzado consisten en resolver el contrato de mutuo acuerdo, continuando la entidad concesionaria prestando el servicio hasta el 30 de septiembre de 2010, fecha en que será asumido por el Ayuntamiento, que se hará cargo de los dos trabajadores que prestan servicios en el cementerio y tanatorio, de forma directa o a través de la empresa a la que se le adjudique la concesión. Por su parte, Canarias Zone abonará al Ayuntamiento la cantidad de 52.838,17 € que se le venía reclamando en concepto de construcción de nichos y ejecución de obras de mejora y conservación realizadas por el propio Ayuntamiento, pago que habrá de efectuarse en el plazo de cinco días a contar desde la fecha en que por el Pleno se apruebe la resolución contractual. Asimismo, la entidad concesionaria se obliga a desistir del procedimiento judicial que actualmente tiene en tramitación contra el Ayuntamiento, y éste renuncia a percibir las costas procesales causadas en otro procedimiento judicial que concluyó con resultado favorable a los intereses municipales.
Por todo ello, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo:
Aprobar de mutuo acuerdo la resolución del contrato administrativo suscrito el 20 de julio de 1.998 entre el Ayuntamiento y la entidad Canarias Zone Cementerios Norte Gran Canaria S.A. para la gestión del servicio público del Cementerio y Tanatorio Municipal, en los términos que se contienen en el documento suscrito por ambas partes el 27 de julio de 2010.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Don Cayetano González Padrón, Concejal de Hacienda, para manifestar lo siguiente: "Continuando con los trabajos de este grupo de gobierno de mejorar los servicios, de todos es sabido que el cementerio ha sido un foco continuo de incumplimiento de todo tipo. Todo el mundo tiene presente que ha habido intentos de retirar por parte de la empresa que lo tenía. El Ayuntamiento se comprometía a continuar si ocurría eso. También ha habido continuas reclamaciones tanto por parte de la empresa como por parte del Ayuntamiento de esos incumplimientos y al final en un proceso que no ha sido ni corto ni sencillo, se ha llegado a este acuerdo de rescisión amistosa, con la diferencia que existía antes, que la empresa solicitaba dinero como una especie de indemnización y al final la empresa es la que tiene que pagar al Ayuntamiento por cantidades de servicios o trabajos que se han hecho, construcción de nichos, etc., que tenían que correr por parte de la empresa y no lo hacían. De esta forma se rescata el servicio amistosamente y después ya aprobaremos la encomienda a otra empresa de este servicio para que no quede en ningún momento desasistido el tema del cementerio, o tanatorio, etc. De los incumplimientos o demandas que le ha hecho el Ayuntamiento a la empresa, Doña Mª del Carmen Mendoza, que es la encargada, tiene la cronología de todo el proceso y este tema ha venido en otra ocasión a Pleno. Nosotros esperamos que esta vez sea la definitiva y tengamos otro servicio mejor gestionado y que redunde en beneficio de los ciudadanos.”
Doña Mª del Carmen Mendoza Ramos, Concejal de Parques y Jardines y Cementerio, manifestó lo siguiente: “Explicar que iniciamos el expediente para resolver el contrato puesto que no se han cumplido con las condiciones de dicho contrato. Las pruebas son las siguientes: cada vez que se le ha requerido a esta empresa para la construcción de nichos, para pintar y acondicionar el cementerio, rehabilitar el riego y arreglar las arquetas, el suministro del agua, limpieza y arreglo para el día de los difuntos, para todas las obras necesarias en el Campo Santo, nunca las han llevado a cabo y siempre las ha tenido que realizar el Ayuntamiento a través de su personal y con un gran esfuerzo de material y humano. Todo ello se ha hecho constar en el expediente en el cual hemos dado los pasos y este grupo de gobierno, con este acuerdo, lo que pretende es que, el cementerio, tanatorio y todos los servicios propios, funcionen lo mejor posible y sin costes para el Ayuntamiento y, en consecuencia, para el ciudadano.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “De verdad que lo intentamos pero, a veces, a ustedes no hay quienes les entiendan. Hace unos meses, estaban llorando porque no podían permitir la situación existente con la empresa que se encarga del servicio del cementerio e iniciaron, en el mes de mayo, el expediente de resolución del contrato. En dicho pleno, se acordó: 1º.- La incoación de expediente administrativo para la resolución, en su caso, del contrato administrativo suscrito el 20 de julio de 1.998 entre el Ayuntamiento y la entidad Canarias Zone Cementerios Norte Gran Canaria S.A. para la gestión del servicio público del Cementerio y Tanatorio Municipal, por incumplimiento de las obligaciones esenciales por parte de la entidad concesionaria. 2º.- Tramitado dicho expediente, en el que habrá de concederse a la entidad concesionaria el correspondiente trámite de audiencia y solicitarse el preceptivo dictamen del Consejo Consultivo de Canarias en caso de oposición de la entidad concesionaria, se dará nuevamente cuenta al Pleno para adoptar el acuerdo procedente. Pero, ahora, traen un acuerdo entre ambas partes, porque dicen que paralelamente a este acuerdo, han mantenido negociaciones con la empresa y, han llegado a este acuerdo para resolverlo, a cambio de que le paguen los gastos que han ocasionado al Ayuntamiento y, a cambio de perdonarles las costas. Máxime cuando el dictamen que ha sido emitido por el Consejo Consultivo de Canarias, es a favor de la resolución del Ayuntamiento y, con la posibilidad de reclamarle la correspondiente indemnización por daños y perjuicios. No hay en este expediente informe jurídico, cuando lo hubo en la iniciación del expediente. Y, por lo tanto, nos preguntamos: ¿Qué pasa con el acuerdo adoptado en el pleno del mes de mayo?. Ante todas esas dudas, nos vamos a abstener.”
Don Cayetano González Padrón, Concejal de Hacienda, manifestó lo siguiente: "Yo no he visto a nadie llorando y no estábamos llorándole a nadie, estábamos tratando de resolver problemas que ustedes no supieron o pudieron. No les voy a decir que fue el Alcalde de Guía, fueron ustedes. ¿O es que también les molesta que les diga eso?.” En este momento el Sr. Concejal le pide a Doña Mª Teresa que no le interrumpa, que él ha respetado su intervención, quien le dice “usted hable que yo seguiré hablando”, a lo que Don Cayetano le dice que es una maleducada, finalizando Doña Mª Teresa diciéndole “igual que usted”. Interviene el Sr. Alcalde diciéndole a la Sra. Concejal que si ella se gobierna sola. Que respete que tiene la palabra Don Cayetano. Que después hable si quiere. Continúa Don Cayetano: “Ha quedado claro que aquí nadie ha llorado. Siempre se ha dicho, vale más un mal arreglo que un buen juicio. Es decir, antes de llegar a juicio, nosotros llegamos a un acuerdo y también les parece mal. Y encima es un acuerdo que, la empresa le reclamaba dinero al Ayuntamiento y al final resulta que es el Ayuntamiento quien le reclama dinero y lo obtiene de esa empresa. También les parece mal. Entonces lo tenemos difícil. Porque si remamos porque remamos y si no remamos porque no remamos. Este problema lo vamos a resolver al igual que hemos resuelto otros. Como hemos resuelto la basura, como hemos resuelto el agua, etc. Les repito que ustedes no pudieron o no supieron resolverlo. Pero como les sienta mal que nosotros lo resolvamos, no les queda más remedio que aguantar. Pero sólo les quedan pocos meses.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Que quede claro que este contrato de concesión administrativa se firmó en 1998, no con nosotros, sino con la anterior Corporación a nosotros. Ustedes mismos reconocen que es un mal arreglo, porque dicen que prefieren un mal arreglo que mantener esa situación.” El Sr. Alcalde llama al orden a Don Cayetano González, a Don Juan Andrés Díaz diciéndoles que respeten que no tienen la palabra y le pide a Don José Juan, que no le falte el respeto. Continúa Doña Mª Teresa con su intervención: “Don Teodoro en el Pleno del mes de Mayo manifestaba: “Es la dejadez de una empresa. En eso tenemos que estar todos los veintiuno que estamos aquí sentados, de acuerdo. El cementerio está abandonado y estos señores hacen lo que quieren y no vamos a consentirlo más. Pero lo que no puede seguir el pueblo de Gáldar es soportando un chantaje continuo.” Nosotros nos preguntamos y es por lo que hemos decidido abstenernos, que si han iniciado un acuerdo en el mes de mayo y han tomado una decisión, ahora ni tan siquiera se molestan en anular el anterior. Se ha solicitado el dictamen al Consejo Consultivo y el Consejo, es claro. Si ante eso el Ayuntamiento prefiere estar pasivo, nosotros no vamos a estar de acuerdo.”
Siendo las 20,50 h., abandona la sesión el Sr. Concejal Don Blas Martín Díaz Díaz.
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "Cuando lee que los veintiuno tendríamos que estar de acuerdo, díganle ustedes a los ciudadanos que ustedes se van a abstener. Debe ser que les interesa que la empresa siga en el Cementerio.” En este momento llama al orden al Sr. Concejal Don Juan Andrés Díaz, diciéndole que respete el turno de palabra. Y continúa con su intervención: “Están esperando que los ponga en la puerta de la calle y no lo van a conseguir. Esa es la estrategia que llevan desde hace meses. Le traje una fotocopia del Canarias 7, del día 26 de Abril de 2007. Los trabajadores del Cementerio cerraron un mes antes de las elecciones por orden de su jefe, el Cementerio de Gáldar y ustedes a mirar para otro lado. Antes se lo dijo Don Cayetano. La basura, ahí estuvo ilegalmente sin sacarlo a concurso. El Centro de Menores, perfectamente gestionado. El agua, igual, todo el mundo mirando para otro lado. Así se gobierna un pueblo. Yo me mantengo en todas y cada una de las palabras que dije en el pleno de mayo, o ¿es que llegamos a este punto porque el Cementerio lo ha sabido gestionar de maravilla y el tanatorio?. Pero este equipo de gobierno ha demostrado que este cementerio o tanatorio nos importa bastante. Las inversiones que hicieron allí fueron tremendas. Ampliamos el tanatorio, ahí está la prueba. Pedimos una vez en un pleno la ampliación del tanatorio y ustedes dijeron que eso no era importante, no era prioritario. Pues ahí está el tanatorio ampliado. Ahora que a lo mejor no han ido en estos últimos días, 200.000 euros para arreglar el cementerio por dentro. Nos ha importado mucho el cementerio. La empresa que lo lleva, no quiere llevarlo desde la época de ustedes, no es nada nuevo. No es que lo haya dicho de hace un mes. Es que les cerró a ustedes el cementerio en abril de 2007, ellos no querían gestionarlo. ¿Qué hace el Ayuntamiento de Gáldar?. Este equipo de gobierno, si ustedes se quieren ir, ni un duro les voy a dar. Me pidieron 200.000.000 de pesetas. Ellos se fueron al Juzgado y lo perdieron. Cuando lo perdieron vinieron al Ayuntamiento y dijeron, podemos llegar a un acuerdo y lo dejamos en 35.000.000 de pesetas. Ni un duro le dimos, volvieron a perder el juicio, que ustedes dicen que no hemos hecho o que ya nos conformamos. Es que de 200.000.000 que nos pedía del cementerio la empresa, nos van a tener que pagar ellos al final al pueblo de Gáldar, 52.000 euros, tan malos no somos. Resulta que no le damos ni un duro y encima ellos nos tienen que pagar a nosotros, 52.000 euros. Eso se llama gestionar aunque ustedes puedan saltar y gritar. Gestionar es esto y no reirle las gracias a nadie. Lo que antes dijo Don Cayetano, un mal acuerdo, un buen pleito. Eso es un dicho de hace muchos años, no se lo ha inventado Don Cayetano. Prefiero más cobrar 52.000 euros y rescatar el servicio del cementerio y del tanatorio, que da vergüenza y, no tengo que explicárselo a nadie, que este equipo de gobierno después de inaugurar el tanatorio, los trabajadores recibían órdenes de que no dejaban utilizar las nuevas salas, que le obligaban a utilizar las viejas salas del tanatorio. Explíquenme si eso es normal. Que dieron la orden para que retiraran las sillas del tanatorio y las metieran dentro del cementerio, que no se hacían cargo de un triste bidón de agua y estuvo dos días el tanatorio sin agua dentro de los baños, que había un consumo tremendo de agua porque todas las tuberías dentro del cementerio estaban picadas y tuvimos que cambiar las tuberías que lo puede ver el pueblo de Gáldar, porque esto que estoy diciendo no es mentira. Estuvimos un mes y medio o dos meses cambiando las tuberías del cementerio. La empresa se puede ir mañana mismo y ya con este acuerdo, se van a ir. Pero lo mejor de todo, es que al pueblo de Gáldar no le cuesta ni un duro y encima nos tienen que pagar lo que nos han costado las obras allí. Podrán ustedes estar o no de acuerdo. Explíquenselo a los ciudadanos. Nosotros sabemos explicar lo que estamos haciendo.”
No produciéndose más intervenciones, por la Presidencia se somete a votación la propuesta debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor once (7 BNR-NC y 4 PSOE), votos en contra ninguno y abstención siete (3 PP y 4 UPG), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró adoptado el siguiente acuerdo:
Aprobar de mutuo acuerdo la resolución del contrato administrativo suscrito el 20 de julio de 1.998 entre el Ayuntamiento y la entidad Canarias Zone Cementerios Norte Gran Canaria S.A. para la gestión del servicio público del Cementerio y Tanatorio Municipal, en los términos que se contienen en el documento suscrito por ambas partes el 27 de julio de 2010.
7º.- ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DEL CEMENTERIO Y TANATORIO MUNICIPAL A LA EMPRESA PÚBLICA GALOBRA S.A. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“ANTECEDENTES DE HECHO
I. Que el Excmo. Ayuntamiento de Gáldar, en relación a la prestación del servicio objeto del presente Convenio, tiene atribuidas las competencias provenientes de la legislación de Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
II.- Que el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar debe adoptar el acuerdo de recuperar la concesión de servicio público de cementerio y tanatorio que mantenía la empresa “Canarias Zone Cementerios Norte Gran Canaria, S.A.”, con contrato administrativo firmado a tal efecto el 20 de julio de 1998.
III. Que la entidad Galobra, SAU es una entidad de derecho privado en la que la titularidad de la totalidad de las acciones que componen su capital social corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Gáldar, que se constituye como su socio único, por lo que dicha entidad se ajusta en su actividad contractual a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
IV. Que, mediante Acuerdo de la Junta General de Accionista de Galobra, S.A.U. (Ayuntamiento Pleno), de fecha 27 de mayo de 2010, se acordó entre otros:
La Sociedad tendrá por objeto social:
1.- La promoción, gestión, rehabilitación, urbanización de viviendas y otros inmuebles, bien sean de protección oficial, promoción pública, titularidad municipal o de libre promoción, así como la gestión del patrimonio municipal del suelo, el aprovechamiento lucrativo de terrenos municipales y de los aprovechamientos de titularidad municipal resultantes del planeamiento urbanístico.
2.- Actuar como medio propio y servicio técnico del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar y sus entidades y organismos públicos, en los términos contemplados en la Ley 30/2007, de contratos del Sector Publico, y demás normativa que la complemente, desarrolle o sustituya, para cualesquiera encomiendas y en cualesquiera condiciones de adjudicación de contratos en las materias comprendidas en su objeto social.
El objeto social podrá realizarse por la Sociedad, ya sea directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico, análogo o parecido”.
V. Con fecha 22 de septiembre de 2010, la Intervención informó favorablemente sobre los medios y posibilidades económicas para que la gestión del servicio de cementerio y tanatorio, se encomiende al la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U.
Expuesto lo anterior, se propone al Pleno Corporativo las siguientes propuestas de acuerdo:
PRIMERO.- Este Ayuntamiento precisa gestionar los servicios municipales de cementerio y tanatorio. Considerando los medios y las posibilidades económicas con las que cuenta el municipio, considera que la mejor forma de gestionar este servicio público por parte del Ayuntamiento es la encomienda de gestión en base al artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U. constituida el 26 de noviembre de 1991, protocolo 518, ante el notario Don Jesús Vega Negueruela, en cuyos estatutos figura entre otros, el siguiente objeto social:
La Sociedad tendrá por objeto social:
1.- La promoción, gestión, rehabilitación, urbanización de viviendas y otros inmuebles, bien sean de protección oficial, promoción pública, titularidad municipal o de libre promoción, así como la gestión del patrimonio municipal del suelo, el aprovechamiento lucrativo de terrenos municipales y de los aprovechamientos de titularidad municipal resultantes del planeamiento urbanístico.
2.- Actuar como medio propio y servicio técnico del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar y sus entidades y organismos públicos, en los términos contemplados en la Ley 30/2007, de contratos del Sector Publico, y demás normativa que la complemente, desarrolle o sustituya, para cualesquiera encomiendas y en cualesquiera condiciones de adjudicación de contratos en las materias comprendidas en su objeto social.
El objeto social podrá realizarse por la Sociedad, ya sea directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico, análogo o parecido”.
SEGUNDO.- La realización de la prestación del servicio público de cementerio y tanatorio se hará por encomienda de gestión directa a la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U.
TERCERO.- Esta encomienda de gestión se hace por razones de eficacia y porque no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.
CUARTO.- La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos en su ejercicio, siendo responsabilidad del Ayuntamiento, dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.
QUINTO.- La sociedad municipal GALOBRA, S.A.U., estará obligada a realizar los trabajos y actividades que, comprendidos en su objeto social, sean necesarios para el cumplimiento adecuado de la presente encomienda, y específicamente, las siguientes prestaciones básicas:
· Asignación de unidades de enterramiento.
· Inhumación y exhumación de cadáveres.
· Traslado de cadáveres y restos cadavéricos.
· Reducción de restos.
· Construcción de unidades de enterramiento de todas clases.
· Tapado de unidades de enterramiento.
· Realización de obras, servicios y trabajos necesarios para la conservación y limpieza de los cementerios y, en particular, de sus elementos urbanísticos, de jardinería, edificaciones e instalaciones, así como para el funcionamiento de éstos.
· Mantenimiento del orden en los recintos.
· Cualesquiera otros necesarios para el buen funcionamiento del servicio dentro del cumplimiento de la normativa vigente.
· El edificio de tanatorio, el cual podrá ser adjudicado por Galobra en explotación a un tercero, se utilizará como sala de velatorio.
· La cafetería incluida en el edificio de tanatorio, podrá ser adjudicada por Galobra en explotación a un tercero.
· Así mismo, se podrá prestar igualmente en el recinto del cementerio y tanatorio municipal, otros servicios auxiliares y complementarios tales como venta y movimiento de lápidas y otros elementos ornamentales, ornamentación de unidades de enterramiento, floristería y restauración, incineración de cadáveres y restos, etc.
Los trabajos objeto de este Convenio, los podrá desarrollar Galobra de forma directa o indirecta, previa licitación pública y de conformidad municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
SEXTO.- El plazo de vigencia de la encomienda de gestión al ente instrumental Galobra, S.A.U. será indefinido hasta el cumplimiento total de sus fines y objetivos.
SEPTIMO.- La naturaleza de la encomienda de gestión al ente instrumental no reviste carácter contractual sino que es el acto de constitución y aprobación de sus estatutos el que dota de funcionalidad a la encomienda (artículo 154.2 del TRLCAP).
OCTAVO.- Esta encomienda de gestión se hará por acuerdo expreso entre este Ayuntamiento y la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U. Para que el Acuerdo sea válido se deberá incluir expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada en virtud del artículo 15.3 de la Ley, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
NOVENO.- Publicar el instrumento de instrumentalización, que se hará a través de convenio, a los efectos del artículo 15.3 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Don Cayetano González Padrón, Concejal de Hacienda, para manifestar lo siguiente: "Es una encomienda de gestión a la empresa municipal Galobra que tiene los medios suficientes para llevar a cabo esta encomienda. Está completamente detallado todo el proceso y por parte de Galobra se realizará o formalizará un consejo y aceptará la encomienda de gestión sobre la marcha para que el servicio no quede en ningún momento desasistido.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Nosotros nos vamos a abstener al igual que opinamos en el punto anterior. Esperemos que el Consejo de Administración se reúna rápidamente, porque supuestamente con el convenio anterior, el plazo que tiene la empresa para prestar el servicio, finaliza hoy y, todavía el Consejo de Administración de Galobra no ha aceptado esta encomienda. Tampoco estaba presupuestado en este año. Esperemos que todo vaya bien.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "El cementerio no se va a cerrar para tranquilidad de todos los ciudadanos, eso que lo tenga claro. Las cuestiones técnicas administrativas se resuelven”.
No produciéndose más intervenciones, por la Presidencia se somete a votación la propuesta debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor once (7 BNR-NC y 4 PSOE), votos en contra ninguno y abstención siete (3 PP y 4 UPG), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró adoptados los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Este Ayuntamiento precisa gestionar los servicios municipales de cementerio y tanatorio. Considerando los medios y las posibilidades económicas con las que cuenta el municipio, se acuerda encomendar la gestión de este servicio público, en base al artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U. constituida el 26 de noviembre de 1991, protocolo 518, ante el notario Don Jesús Vega Negueruela, en cuyos estatutos figura entre otros, el siguiente objeto social:
La Sociedad tendrá por objeto social:
1.- La promoción, gestión, rehabilitación, urbanización de viviendas y otros inmuebles, bien sean de protección oficial, promoción pública, titularidad municipal o de libre promoción, así como la gestión del patrimonio municipal del suelo, el aprovechamiento lucrativo de terrenos municipales y de los aprovechamientos de titularidad municipal resultantes del planeamiento urbanístico.
2.- Actuar como medio propio y servicio técnico del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar y sus entidades y organismos públicos, en los términos contemplados en la Ley 30/2007, de contratos del Sector Publico, y demás normativa que la complemente, desarrolle o sustituya, para cualesquiera encomiendas y en cualesquiera condiciones de adjudicación de contratos en las materias comprendidas en su objeto social.
El objeto social podrá realizarse por la Sociedad, ya sea directamente, ya indirectamente, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico, análogo o parecido”.
SEGUNDO.- La realización de la prestación del servicio público de cementerio y tanatorio se hará por encomienda de gestión directa a la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U.
TERCERO.- Esta encomienda de gestión se hace por razones de eficacia y porque no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.
CUARTO.- La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos en su ejercicio, siendo responsabilidad del Ayuntamiento, dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.
QUINTO.- La sociedad municipal GALOBRA, S.A.U., estará obligada a realizar los trabajos y actividades que, comprendidos en su objeto social, sean necesarios para el cumplimiento adecuado de la presente encomienda, y específicamente, las siguientes prestaciones básicas:
· Asignación de unidades de enterramiento.
· Inhumación y exhumación de cadáveres.
· Traslado de cadáveres y restos cadavéricos.
· Reducción de restos.
· Construcción de unidades de enterramiento de todas clases.
· Tapado de unidades de enterramiento.
· Realización de obras, servicios y trabajos necesarios para la conservación y limpieza de los cementerios y, en particular, de sus elementos urbanísticos, de jardinería, edificaciones e instalaciones, así como para el funcionamiento de éstos.
· Mantenimiento del orden en los recintos.
· Cualesquiera otros necesarios para el buen funcionamiento del servicio dentro del cumplimiento de la normativa vigente.
· El edificio de tanatorio, el cual podrá ser adjudicado por Galobra en explotación a un tercero, se utilizará como sala de velatorio.
· La cafetería incluida en el edificio de tanatorio, podrá ser adjudicada por Galobra en explotación a un tercero.
· Así mismo, se podrá prestar igualmente en el recinto del cementerio y tanatorio municipal, otros servicios auxiliares y complementarios tales como venta y movimiento de lápidas y otros elementos ornamentales, ornamentación de unidades de enterramiento, floristería y restauración, incineración de cadáveres y restos, etc.
Los trabajos objeto de este Convenio, los podrá desarrollar Galobra de forma directa o indirecta, previa licitación pública y de conformidad municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.
SEXTO.- El plazo de vigencia de la encomienda de gestión al ente instrumental Galobra, S.A.U. será indefinido hasta el cumplimiento total de sus fines y objetivos.
SEPTIMO.- La naturaleza de la encomienda de gestión al ente instrumental no reviste carácter contractual sino que es el acto de constitución y aprobación de sus estatutos el que dota de funcionalidad a la encomienda (artículo 154.2 del TRLCAP).
OCTAVO.- Esta encomienda de gestión se hará por acuerdo expreso entre este Ayuntamiento y la Sociedad Pública Municipal Galobra, S.A.U. Para que el Acuerdo sea válido se deberá incluir expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada en virtud del artículo 15.3 de la Ley, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
NOVENO.- Publicar el instrumento de instrumentalización, que se hará a través de convenio, a los efectos del artículo 15.3 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
8º.- RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL EN ACUERDO SOBRE APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL CUALIFICADA DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE GÁLDAR, EN EL ENTORNO DE LA CALLE ISAAC ALBÉNIZ, ENTRE LA CALLE MIGUEL DE MUJICA Y CALLE CLAVEL. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Atendido que, el punto número ocho del orden del día de la sesión plenaria correspondiente al mes de marzo era “aprobación inicial, si procede, de la modificación puntual cualificada del Plan General de Ordenación de Gáldar, en el entorno de la calle Isaac Albéniz, entre la calle Miguel de Mujica y calle Clavel” y así venía también calificada dicha modificación en la propuesta de acuerdo de fecha 16 de marzo de 2010 y en los informes técnico de fecha 5 de marzo de 2010 y jurídico de fecha 16 de marzo de 2010.
Atendido que, sin embargo el acuerdo se adopta como sigue: “Someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No cualificada del Plan General de Ordenación, promovida por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detalla en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010(...)”, por lo que se ha cometido un error material de transcripción, que altera la calificación de la modificación puntual en el entorno de la calle Isaac Albéniz, entre la calle Miguel de Mujica y calle Clavel pasando de cualificada (como así se define en los informes técnicos y en la propuesta de acuerdo) a No cualificada.
Atendido que, con fecha 14 de septiembre de 2010 se emite informe de Secretaría en el que se concluye que podríamos estar ante un error material, la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras acordó proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Rectificar el error material cometido en el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2010, relativo a “aprobación inicial, si procede, de la modificación puntual cualificada de Plan General de Ordenación de Gáldar, en el entorno de la calle Isaac Albéniz, entre la calle Miguel de Mujica y calle Clavel”, así donde dice: “someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No Cualificada del Plan General de Ordenación (...)”, debe decir: “someter a aprobación inicial la siguiente Modificación Puntual Cualificada del Plan General de Ordenación (...)”.
Segundo.- Publicar dicha rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para general conocimiento.
Tercero.- Remitir el presente acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y al Excmo. Cabildo de Gran Canaria.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, Concejal de Urbanismo, para manifestar lo siguiente: “Es un error material de transcripción, donde tenía que decir cualificada, se ha transcrito no cualificada. Hay que corregirlo porque si no, no se podría seguir tramitando esta modificación.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, manifestó que van a votar a favor.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Primero.- Rectificar el error material cometido en el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2010, relativo a “aprobación inicial, si procede, de la modificación puntual cualificada de Plan General de Ordenación de Gáldar, en el entorno de la calle Isaac Albéniz, entre la calle Miguel de Mujica y calle Clavel”, así donde dice: “someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No Cualificada del Plan General de Ordenación (...)”, debe decir: “someter a aprobación inicial la siguiente Modificación Puntual Cualificada del Plan General de Ordenación (...)”.
Segundo.- Publicar dicha rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para general conocimiento.
Tercero.- Remitir el presente acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y al Excmo. Cabildo de Gran Canaria.
9º.- PROPUESTA DEL PLAN DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL DEL AÑO 2011. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“En ejercicio de las competencias que la legislación del Régimen Local y disposiciones complementarias otorgan a esta Entidad, de forma relevante, los preceptos, actos y trámites que se infieren de los artículos, acuerdos y documentación que, entre otra, se analiza en la parte expositiva siguiente:
1º. La Circular 1 del Cabildo de Gran Canaria, de fecha 21 de julio de 2010, por la que se impulsa la elaboración del Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia Municipal para el ejercicio de 2011.
2º. El artículo 36.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
3º. El artículo 6.1 y concordantes del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales (BOE núm. 166, de 12/07/2003), modificado por el Real Decreto 1263/2005, de 27 de junio, (BOE núm. 265, de 05/11/2005).
4º. El Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras.
En su virtud, se propone al Ayuntamiento Pleno, ACUERDE,
Primero.-
1. Proponer la inclusión en el Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia Municipal del año 2011, la siguiente actuación, por un importe de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (263.172,86 €):
DENOMINACIÓN PRESUPUESTO
MEJORAS EN INSTALACIONES EXISTENTES EN MEDIANÍAS Y COSTAS 263,172,86 €
2. Para la selección de estos proyectos se han tenido en cuenta los déficits en infraestructuras y equipamientos locales existentes en el municipio.
3. Aprobar y remitir a la Corporación Insular los proyectos de las actuaciones siguientes:
MEJORAS EN INSTALACIONES EXISTENTES EN MEDIANÍAS Y COSTAS...........................................................................................263.172,86 €
Segundo.- Aportar a la Corporación Insular certificación acreditativa de la disponibilidad de los terrenos, así como de las autorizaciones y concesiones administrativas precisas de todas y cada una de las actuaciones.
Tercero.- Aportar con cargo al presupuesto general de esta Entidad Local las cantidades que resulten de la distribución aprobada por el Cabildo Insular en la medida que lo demanden las condiciones de las fuentes de financiación, ascendiendo la aportación municipal a 86.847,04 €.
Cuarto.- Facultar al Cabildo Insular de Gran Canaria para que, caso de que esta Entidad Local dé lugar a ello, sin requerimiento previo ni trámite alguno, retenga las cantidades que procedan de los recursos que le correspondan a esta Corporación Municipal provenientes de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal del Canarias (BOE núm. 137, de 08/06/1991), o de cualquiera otras que le sustituyan.
Esta facultad se hará extensiva a aquellos supuestos en que, por causas imputables a la Corporación municipal, no se pueda contar con la totalidad de la financiación prevista para las actuaciones incluidas en el Plan en el importe en que tal financiación haya podido ser revocada.
Quinto.- Prestar conformidad a las normas específicas establecidas por el Cabildo Insular de Gran Canaria que se han recibido para este Plan y, en todo caso, velar por su cumplimiento en cada momento.
Sexto.- Los acuerdos tomados bajo el presente epígrafe se convertirán en definitivos, salvo que se produzcan incidencias que no puedan ser resueltas por esta Corporación.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, Concejal de Urbanismo, para manifestar lo siguiente: “La anualidad que corresponde para el 2011, como se decía, es de 263.172,86 euros, el proyecto se denomina “Mejora de instalaciones existentes en medianías y costas y se distribuye de la siguiente forma: Rehabilitación o reposición de firme en camino rural del Molino de Viento, reposición de firme en camino rural de Fuente Bruma, reposición de firme en camino rural del Andén, reposición de firme en la entrada de La Furnia, reposición de firme y red de drenaje en la Calle Gran Canaria en Piso Firme, instalación eléctrica y conexión de la red general de la depuradora de Juncalillo por valor de 16.000 euros. Una obra que ya estaba incluida en otros planes anteriores que ya está ejecutada, pero que está pendiente de buscarle la solución al suministro eléctrico. Esta es la propuesta que se presenta para el Plan de Cooperación de Obras y Servicios del año 2011.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “La propuesta habla de una aportación municipal, sin embargo, en el expediente no obraba el informe de Intervención con la correspondiente consignación para el próximo año que lo suele haber y que en muchas ocasiones lo han entregado en el último momento del pleno. No sé si con una declaración del Interventor, en ese sentido de que se va a recoger porque se ha omitido en él.” Interviene la Sra. Concejal Doña Mª Encarnación diciéndole a la Sra. Concejal que claro que tiene que recogerse, porque es como se hace siempre. Le dice Doña Mª Teresa que siempre hay un informe de Intervención donde se recoge. Por último, aclaró Doña Mª Encarnación a la ciudadanía que están hablando del presupuesto del año 2011. Señaló también que el Interventor estaba de vacaciones y no fue a la Comisión Informativa y, que supone que en estos días se les hará llegar la copia recogiendo la propuesta de consignación.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Primero.-
1. Proponer la inclusión en el Plan Insular de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia Municipal del año 2011, la siguiente actuación, por un importe de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (263.172,86 €):
DENOMINACIÓN PRESUPUESTO
MEJORAS EN INSTALACIONES EXISTENTES EN MEDIANÍAS Y COSTAS 263,172,86 €
2. Para la selección de estos proyectos se han tenido en cuenta los déficits en infraestructuras y equipamientos locales existentes en el municipio.
3. Aprobar y remitir a la Corporación Insular los proyectos de las actuaciones siguientes:
MEJORAS EN INSTALACIONES EXISTENTES EN MEDIANÍAS Y COSTAS...........................................................................................263.172,86 €
Segundo.- Aportar a la Corporación Insular certificación acreditativa de la disponibilidad de los terrenos, así como de las autorizaciones y concesiones administrativas precisas de todas y cada una de las actuaciones.
Tercero.- Aportar con cargo al presupuesto general de esta Entidad Local las cantidades que resulten de la distribución aprobada por el Cabildo Insular en la medida que lo demanden las condiciones de las fuentes de financiación, ascendiendo la aportación municipal a 86.847,04 €.
Cuarto.- Facultar al Cabildo Insular de Gran Canaria para que, caso de que esta Entidad Local dé lugar a ello, sin requerimiento previo ni trámite alguno, retenga las cantidades que procedan de los recursos que le correspondan a esta Corporación Municipal provenientes de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal del Canarias (BOE núm. 137, de 08/06/1991), o de cualquiera otras que le sustituyan.
Esta facultad se hará extensiva a aquellos supuestos en que, por causas imputables a la Corporación municipal, no se pueda contar con la totalidad de la financiación prevista para las actuaciones incluidas en el Plan en el importe en que tal financiación haya podido ser revocada.
Quinto.- Prestar conformidad a las normas específicas establecidas por el Cabildo Insular de Gran Canaria que se han recibido para este Plan y, en todo caso, velar por su cumplimiento en cada momento.
Sexto.- Los acuerdos tomados bajo el presente epígrafe se convertirán en definitivos, salvo que se produzcan incidencias que no puedan ser resueltas por esta Corporación.
10º.- TOMA DE CONOCIMIENTO DE RENUNCIA DEL ACTA DE CONCEJAL.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura a la siguiente propuesta, que se somete a conocimiento del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Visto el escrito presentado el día 27 de Septiembre de 2010 por el Concejal Don José María Aguiar Sosa del grupo político Partido Socialista Obrero Español, mediante el cual renuncia a su condición de Concejal del Ayuntamiento, cargo que ejerce en la actualidad y del que tomó posesión en la sesión constitutiva del 06 de Julio de 2007, de conformidad con lo previsto en la legislación electoral y del régimen local, se propone:
1.- Tomar conocimiento, para su efectividad, de la renuncia formulada por Don José María Aguiar Sosa del grupo político Partido Socialista Obrero Español, a su condición de Concejal del Ayuntamiento de Gáldar y a todos los demás cargos que detenta en virtud de esta condición.
2.- Comunicar este acuerdo a la Junta Electoral Central a los efectos de que se expida por la misma, la credencial acreditativa de la condición de electo a favor del candidato al que corresponde cubrir la vacante producida.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra el Sr. Concejal de Obras, Don José Mª Aguiar Sosa, para manifestar lo siguiente: “Buenas noches a todos y a todas. Quiero aprovechar la celebración de esta sesión plenaria como oportunidad para despedirme de esta Corporación de la que he formado parte en los últimos tres años. Quiero, en primer lugar, agradecer públicamente a los trabajadores del área de Vías y obras, la cual he dirigido y al resto de los trabajadores, al completo, de la plantilla municipal, por la colaboración que me han brindado cuando la he necesitado y sin la cual, no hubiese podido cumplir con los objetivos de la Concejalía que he dirigido hasta ahora. También quiero mostrar mi agradecimiento a los compañeros de la corporación municipal al completo. A los compañeros del grupo de gobierno y a los compañeros de la oposición, por el trato recibido, esperando que sepan disculpar los errores que posiblemente haya podido cometer. Por motivos estrictamente personales, he renunciado al acta de Concejal, pero les aseguro que me llevo un grato recuerdo de estos tres años, sobre todo por lo que he aprendido y por los compañeros que he encontrado. Por último, quiero ofrecer mis más sinceras disculpas a los que se hayan podido sentir agraviados por algunas de las decisiones que haya podido tomar y si esto es así, les aseguro que mi intención no ha sido ni la de causar dolor ni ofensa, ya que siempre he intentado hacer lo que consideraba mejor para nuestro municipio y nuestros vecinos. Muchas gracias a todos y hasta siempre.”
Por último, el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestó lo siguiente: "En nombre de la Corporación agradecer el trabajo realizado por el compañero Concejal José Mª Aguiar. Le deseo éxito en lo personal y en lo profesional y de verdad que todos los días todo el mundo, no se sale por la puerta grande y yo creo que tú, ha salido por la puerta grande.”
Acto seguido, el Sr. Concejal Don José Mª Aguiar Sosa, abandona la sesión.
No produciéndose más intervenciones, el Ayuntamiento Pleno queda enterado, tomando conocimiento, para su efectividad, de la renuncia formulada por Don José María Aguiar Sosa del grupo político Partido Socialista Obrero Español, a su condición de Concejal del Ayuntamiento de Gáldar y a todos los demás cargos que detenta en virtud de esta condición, así como, de comunicar este acuerdo a la Junta Electoral Central a los efectos de que se expida por la misma, la credencial acreditativa de la condición de electo a favor del candidato al que corresponde cubrir la vacante producida.
11º.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, cede la palabra a la Sra. Secretaria, quien da lectura a la siguiente relación de Decretos comprendidos desde el 27.07.2010 al 31.07.2010:
SECRETARÍA 6
- 2 Aprobación de expediente de Contratación de Obras.
- 1 Iniciación procedimiento adjudicación de Contrato de Obras.
- 1 Anulación de Decreto fecha 21.07.2010 sobre abono facturas.
- 1 Delegación en Concejal de Nuevas Tecnologías competencias que corresponden al órgano de contratación suministro de equipamiento de Impresión y Reprografía.
- 1 Que durante periodo vacacional del Funcionario Subcomisario pase a desempeñar las funciones el Funcionario Subinspector.
OFICINA TÉCNICA 29
- 21 Licencias de Obra menor.
- 2 Licencias de Obra mayor.
- 1 Cédula de Habitabilidad.
- 1 Licencia de Segregación.
- 3 Licencia de Primera Utilización u Ocupación.
- 1 Suspensión y paralización de Obras.
INTERVENCIÓN 2
- 1 Reconocimiento extrajudicial de crédito.
- 1 Modificación de crédito anticipo de salarios personal laboral.
ACTIVIDADES CLASIFICADAS 1
- 1 Denegar licencia de Instalación Taller de Mecánica de Automóviles en c/ Tijama.
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL 3
- 1 Desestimación de recurso Responsabilidad Patrimonial.
- 1 Desestimación de recurso por el que se acuerda el cese, clausura y precinto extractor supermercado.
- 1 Decreto sobre precinto y clausura del horno-chimenea de panadería.
TESORERÍA 11
- Pago de facturas varias.
OFICINA DE PERSONAL 2
- 1 Encomendar funciones de Coordinación y abono complemento de productividad Funcionario del Personal de Alumbrado.
- Movilidad Funcional mes de Agosto para realizar funciones de Auxiliar Administrativo en piscinas Municipales Personal Laboral.
RELACION DE DECRETOS DESDE EL 01.08.2010 AL 31.08.2010
SECRETARÍA 5
- 4 Resoluciones de Alcaldía de elevación a definitiva de la Adjudicación provisional de Suministros y Obras.
- 1 Resolución de Alcaldía de adjudicación provisional de Suministros Equipamientos de impresión y reprografía.
OFICINA TÉCNICA 11
- 7 Licencias de Obra Menor.
- 1 Suspensión y paralización de Obras.
- 1 Licencia de Segregación.
- 1 Renovación de Licencia de Obras.
- 1 Multa coercitiva por no suspender y paralizar Obras.
ACTIVIDADES CLASIFICADAS 6
- 6 Concediendo Licencia Municipal de Instalación, Apertura y Funcionamiento de actividad.
TESORERIA 83
- 83 Pago de facturas varias.
INTERVENCIÓN 4
- 4 Reconocimientos extrajudiciales de crédito para gastos competencia del Presidente.
SANIDAD 14
- Concediendo Licencia para Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
PERSONAL 22
- 20 Desestimando solicitud Funcionarios Policía Local por error en nómina.
- 1 Estimando solicitud Funcionario Policía Local abono de importe por premio permanencia en la Corporación e invalidez absoluta.
- 1 Estimando solicitud abono de importe a Funcionario por vacaciones año 2009.
RENTAS 1
- Liquidación Dirección e inspección de Obras.
RELACION DE DECRETOS DESDE EL 01.09.2010 AL 27.09.2010
SECRETARÍA 13
- 2 Iniciación procedimiento de adjudicación de contrato de Obras.
- 2 Aprobando expediente de Contratación de Obras.
- 1 Resolución declarando válida licitación y adjudicar provisionalmente la enajenación Bien Patrimonial, sito en Llanos del Sobradillo.
- 3 Elevando a definitiva la adjudicación provisional del contrato de Obras.
- 2 Adjudicación provisional contrato para la realización de Obras.
- 2 Designando Director Técnico de Obras.
- 1 Delegación en 1ª Teniente de Alcalde la competencia de autorizar Matrimonio Civil.
OFICINA TÉCNICA 14
- 6 Licencias de Obra Menor.
- 1 Licencia de Obra Mayor.
- 5 Cédulas de habitabilidad.
- 1 Suspensión y paralización de Obras.
- 1 Licencia de Primera Utilización u Ocupación.
TESORERÍA 37
- Pago de facturas varias.
PERSONAL 5
- 3 Concediendo anticipo de Salarios.
- 1 Comunicando que empleada Auxiliar Geriátrica tiene derecho a ocupar provisionalmente primera plaza vacante que se produzca en su grupo pero que actualmente no existe ninguna.
- Desestimando solicitud de Funcionario sobre ejecución de acto emanado por silencio administrativo solicitud abono importe.
RENTAS 26
- Liquidaciones Tasas por Dirección e Inspección de Obras.
SERVICIOS SOCIALES 9
- Renovación de exenciones recogida tasas de basura.
- Seguidamente el Sr. Alcalde hizo constar el más sentido pésame a la compañera y Concejal de Juventud, Deportes y Solidaridad, Doña Leticia Armas Guzmán, por el reciente fallecimiento de su madre, ocurrido en el pasado mes de agosto, mes en el que no hubo sesión plenaria, expresando por este motivo en esta primera sesión de septiembre, nuestras condolencias y nuestro pesar a toda su familia, en nombre de la Corporación Municipal.
- En otro orden de cosas, el Sr. Alcalde dio traslado de las siguientes felicitaciones:
. En primer lugar, a la galdense y deportista del Gimnasio Municipal de Taekwondo Kim Gáldar, Rosi Suárez Trujillo, quien se alzó con la medalla de bronce en la categoría de Técnica Sincronizada Trío 2, junto a las tinerfeñas Reyes de Miguel y Asunción Martín, en el campeonato nacional celebrado recientemente en Alicante, mostrando la más cordial enhorabuena por este triunfo.
. Al Colegio de Sardina de Gáldar por su reciente 25 aniversario y hacer extensiva esta felicitación al claustro de profesores, padres y alumnos del , así como a todos los que han hecho posible celebrar esta efemérides.
. Al grupo folclórico Farallón de Tábata de Gáldar, por representar a la isla de Gran Canaria en la pasada Romería de Candelaria celebrada en la isla de Tenerife.
. Al grupo folclórico Los Cebolleros por su 40 aniversario y por la reciente presentación en el Teatro Consistorial de Gáldar, de su nuevo trabajo discográfico, titulado “40 Años Cantando con el Pueblo”. Enhorabuena a todos sus componentes y a su director D. Nicolás Rodríguez.
. A la Agrupación Facaracas que también presenta su último trabajo discográfico, grabado hace unos meses en directo. Este trabajo discográfico será presentado este sábado, dos de octubre, a las nueve de la noche, en el Teatro Consistorial de Gáldar.
. En el área de Juventud, al grupo de rock La Kalle que ensaya habitualmente en la Casa de la Juventud y que ha quedado finalista en el Concurso de Bandas nóveles que organiza la Sala Paraninfo de la capital grancanaria. Felicidades a este grupo y animarles a seguir con esta iniciativa.
- Agradeció el Sr. Alcalde a los vecinos y a las personas que colaboraron amablemente con su participación en la celebración de la Romería del Pino el pasado 7 de septiembre y en la Romería de las Marías el pasado día 19 de septiembre, con motivo de las fiestas patronales de la Villa de Teror y del vecino municipio de Santa María de Guía, respectivamente.
- Asimismo dio traslado el Sr. Alcalde del agradecimiento a Doña María del Pino Rodríguez Henríquez y familia, por la cálida y generosa acogida que cada año dispensa a los trabajadores de este Ayuntamiento en la Villa de Teror.
- Seguidamente el Sr. Alcalde invitó la Corporación municipal y a todos los vecinos, a la I Peregrinación a Caballo que traerá a esta Ciudad cerca de cien participantes, el próximo sábado día 2 de octubre y que partirá a las 16.00 horas, aunque han cambiado el recorrido por un problema de tráfico, desde Agaete y terminarán en la Iglesia de Santiago con motivo del Año Santo Jacobeo, sobre las 18,30 horas.
- Posteriormente, el Sr. Alcalde invitó a la presentación del manual dirigido a los escolares de 3º de Primaria titulado “Aprendiendo a Vivir”que ha elaborado el Instituto Municipal de Toxicomanías e Intervención en Areas Sociales del Ayuntamiento de Gáldar, con la colaboración de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, a través de su Dirección General de Atención a las Drogodependencias. La presentación de este trabajo tendrá lugar mañana viernes a las 18.00 horas, en esta Sala Sabor.
- El Sr. Alcalde hizo constar de forma especial la felicitación que el Ayuntamiento de Gáldar, en representación del municipio, brindará mañana viernes a Doña Águeda Tacoronte Reyes, vecina de Barrial, que cumple 101 años el próximo mes de febrero. Celebración que la Concejalía del Mayor del Ayuntamiento de Gáldar que dirige Don Bernardo Macías Gutiérrez, ha hecho coincidir con la del Día Internacional del Mayor. Será este viernes, a las 19.30 horas, en el Club de la Tercera Edad de Gáldar. Están todos invitados a este acto de homenaje a Doña Agueda Tacoronte Reyes. Asimismo, felicitar a las otras dos vecinas del municipio que cumplirán 100 años en los próximos meses; concretamente Doña Adelaida Martín Mendoza, de Sardina y Doña Rosario Moreno Vega, de La Montaña.
- También dejó constancia el Sr. Alcalde de la adhesión de este Ayuntamiento a la propuesta del Ayuntamiento de Santa María de Guía y proponer al Gobierno de Canarias la candidatura al Premio Canarias de la Cultura Popular a los Mayordomos de las fiestas de las Marías de Guía, por su significativa aportación a nuestra identidad y cultura popular, así como la propuesta de adhesión dirigida al Cabildo de Gran Canaria para su candidatura del Roque Nublo de Plata en el ámbito folclórico.
- Trasladó también el Sr. Alcalde la felicitación al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y a la ciudad por su elección, en la tarde de hoy, como candidata a optar a Capital Europea de la Cultura 2016, junto a otras cinco ciudades que han sido preseleccionadas para ser sede de esta capitalidad. Mostró la más sincera enhorabuena y su apoyo a trabajar por conseguirlo.
- Por último, informó el Sr. Alcalde e invitó a los vecinos, a las actividades que se celebrarán los días 22, 23 y 24 de octubre en Tunte, en el municipio de San Bartolomé de Tirajana, con motivo de la celebración del Año Santo Jacobeo 2010, que venimos conmemorando ambos municipios. Actividades que se desarrollaran también en Gáldar de forma conjunta en el mes de Noviembre, invitándoles especialmente a la peregrinación del municipio de Gáldar a Tunte. Añadió que no se realizará todo el recorrido, sino que se hará en San Bartolomé, el día 24 de Octubre, previa inscripción en la Concejalía de Cultura y Fiestas.
El Ayuntamiento Pleno quedó enterado.
12º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-
A continuación se formulan los Ruegos y Preguntas de los grupos políticos UPG y PP. El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Concejal portavoz del grupo político UPG, Doña Ana Mª Vega Jorge, quien da lectura a los siguientes Ruegos y Preguntas:
1.- Volvemos a insistir sobre la existencia de puntos de luz fundidos en los distintos barrios de nuestro municipio. En algunos casos, llevan meses con puntos de luces fundidos. Caso de Sardina, La Montaña, etc. En otros casos, como en la subida de la Agazal con frecuencia, el alumbrado está varios días apagado, hasta que se digne a solucionarlo. Por lo que rogamos, una vez más, que se adopten las medidas necesarias para solucionar estos problemas.
2.- También, volvemos a insistir en el ruego de que se rebacheen los socavones existentes en los barrios de nuestro municipio.
3.- Otro ruego reiterado: Nos llegan muchas quejas por el estado de suciedad de las calles en los distintos barrios y, en el casco del municipio, así como por la gran cantidad de hierbas que hay. Por lo que rogamos que se adopten las medidas oportunas al respecto.
4.- Nos están llegando quejas de que, con motivo de la labor que están realizando las personas del Convenio de Zonas Rurales Deprimidas, en algunos barrios de nuestro municipio los rastrojos que van retirando y amontonando en bolsas negras, los depositan a lo largo del trayecto de su trabajo y, éstos no son retirados instantáneamente, sino que tardan varios días, e incluso, semanas, con la consiguiente mala imagen que dan en esos barrios. Por lo que rogamos al el grupo de gobierno, que tenga mayor eficacia a la hora de retirar esos rastrojos.
5.- En el último pleno ordinario, celebrado en el mes de julio, presentamos una moción referente a que se colgara en la página Web del Ayuntamiento, los presupuestos de los ejercicios 2.009 y 2.010, detallándose cada una de sus partidas, tanto en el estado de ingresos como de gastos y que, además, se publique los demás documentos que acompañan a los mismos: memoria, bases de ejecución, informes, etc. Dicha moción fue aprobada por unanimidad. Sin embargo, lo que se ha puesto en la página Web, en vez de ser lo más detallado posible, es lo más reducido posible. Por lo que rogamos al grupo de gobierno que cumpla con lo acordado en dicho pleno y, cuelgue en la página Web, estos presupuestos, detallándose por partidas tanto en ingresos como en gastos y, publicándose, además, los demás documentos que acompañan a los mismos: memoria, bases de ejecución, informes, etc.
6.- ¿Por qué dejó de funcionar durante varios días, la página Web del Ayuntamiento?.
7.- ¿Se ha solucionado el problema de la TDT en el barrio de Sardina?.
8.- Vecinos de Fagagesto se quejan porque la TDT, no se ve en algunos puntos de las medianías. Por lo que rogamos que se revise.
A continuación, dio lectura la Sra. Concejal a las preguntas presentadas por su grupo, veinticuatro horas antes de la celebración de este Pleno, de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales y, con el objeto de que sean contestadas en esta sesión:
1.- “Con motivo de obtener información sobre los Certámenes de Pintura de esta ciudad, Antonio Padrón, formula las siguientes preguntas:
- ¿Se han abonado todos los premios a los ganadores del XI Certamen de Pintura, Premio Antonio Padrón, correspondientes al año 2.009?. En caso negativo ¿por qué?.
- Y ¿cuándo tienen previsto estos pagos?.
- ¿Se tiene previsto convocar el XII Certamen de Pintura, Antonio Padrón para este año?.
- En caso afirmativo ¿en qué fecha?.
- En caso negativo ¿por qué?.”
2.- “Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 17 de agosto, el Alcalde aprobó la enajenación del bien sito en Llanos Sobradillo y, lo justifica en la necesaria financiación para la realización de obras de inversión. Por ello, formula las siguientes preguntas:
- ¿Qué obras de inversión se van a financiar con los 1.401.620 euros procedentes de la enajenación de dicho bien inmueble?.
- Y, ¿cuál es el importe de cada una de esas obras de inversión?.”
Continúa la Sra. Concejal portavoz del grupo político PP, Doña Mª del Carmen Santana García, con la exposición de los siguientes Ruegos y Preguntas:
1.- En el último pleno ordinario, al Alcalde le pareció mal los ruegos que formulamos, señalando lo siguiente: “Están poniendo los mismos ruegos y preguntas desde el principio de mandato. Que lo que ellos saben hacer es copiar y pegar todos los meses lo mismo y, que si escuchan los ruegos desde el primer mes de mandato hasta ahora, son los mismos.” Nosotros al respecto, le decimos: Sr. Teodoro, usted no se preocupe de que nosotros cortemos y copiemos ruegos. Usted, en lo que debe de preocuparse es, en escucharlos y atenderlos en aras de solucionarlos. Ya que, aunque a usted le duela oírlos, son peticiones que recibimos, diariamente, de los vecinos. Por lo que le rogamos, que tenga más seriedad con estas peticiones, aunque después no les haga caso, como ha hecho desde el principio del mandato.
2.- Seguimos insistiendo en el ruego de que se repongan y coloquen más papeleras en los barrios y en el casco de nuestro municipio.
3.- Otro ruego en el que insistimos, es sobre el estado de suciedad de los contenedores y los malos olores que desprenden. Además que, éstos están sin ruedas, sin tapas y rotos. Rogamos que se adopten las medidas oportunas al respecto, ya que seguimos recibiendo quejas vecinales. También, se nos quejan de que los contenedores no se ruedan para limpiar las calles y, ofrecen un aspecto lamentable y sobre todo los que están en los colegios.
4.- Una vez más, aprovechamos para solicitar al grupo de gobierno que reconsidere la eliminación del aparcamiento destinado a minusválido en la calle Síndico Lorenzo y Vázquez que, es una necesidad para una persona minusválida que vive en dicha zona.
5.- Seguimos rogando respecto al aspecto lamentable que ofrecen las canchas deportivas, jardines y parques infantiles existentes en nuestro municipio. Ya que, en algunos casos, ofrecen peligros. Por lo que, solicitamos, una vez más, que se dejen en las condiciones idóneas para el disfrute de sus usuarios.
6.- Rogamos que se adopten las medidas oportunas, respecto a los vertidos en el Barranco Draguillo. Hemos tenido conocimiento de que les ha llegado una denuncia del Consejo Insular de Aguas al respecto, por lo que esperamos que este problema tenga pronta solución.
7.- Rogamos que se retiren los trastos que están en la Carretera que conduce al Faro, así como los existentes en la calle Trafalgar, en Los Quintanas.
8.- El año pasado presentamos una moción referente al retraso en el nombramiento de los profesores de las especialidades que precisan las Escuelas Unitarias de Gáldar, Guía y Agaete, e instamos a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias para que se nombrara urgentemente y, no volviera a repetirse esta situación, en los cursos siguientes. Sin embargo, un año más, faltan profesores especialistas en esas Escuelas Unitarias, por lo que rogamos al Concejal de Educación que se reúna con dicha Consejería, a los efectos de solucionar con urgencia este tema.
9.- En la calle Drago, en el cruce entre calle Santiago y calle Reina Arminda, hay un grupo de señales contradictorias. Porque al mismo tiempo que es aparcamiento para minusválidos, es parada de guagua y, además, estas señales tapan una señal de stop existente. Por lo que rogamos que pongan orden en dichas señales.
10.- Una vecina nos ha trasladado su problema consistente en que a su madre, usuaria del Centro de Día de la Residencia, tiene que llevarla de lunes a viernes en taxi, pagado por ella, ya que no pasan a recogerla. Es por lo que, rogamos que ya que hay un convenio con la Cruz Roja y, ya que se dispone de un vehículo para tal finalidad, se solucione este problema.
11.- En las fiestas de Santiago de este año, en los aparcamientos existentes frente a las antiguas dependencias de la Policía Local, se instaló una carpa. Es por lo que, preguntamos, ¿quién autorizó su instalación?. Y, ¿cuál es el importe que abonaron en concepto de tasas?.
12.- Con motivo de las fiestas de Santiago de este año, en la calle larga pusieron unos arcos decorativos. Sin embargo, hasta la fecha no se han retirado. Es por lo que preguntamos: ¿Por qué no se han retirado?. ¿Es que se va a poner como elemento decorativo por tiempo indefinido?.
13.- A pesar de que los proyectos para las obras de los colegios y de las escuelas infantiles de San Isidro y Sardina estaban terminados desde el mes de marzo, sin embargo, las obras en los mismos, no comenzaron en los meses de verano, julio y agosto, cuando los niños estaban de vacaciones, sino que, éstas comenzaron el 30 de agosto para algunos, con los problemas que ello ocasiona a los docentes, alumnos/as, padres, etc. y, todo ahora, con prisas. Que, en algún caso, ha supuesto que en un colegio se tuvo que hacer dos veces la misma rampa, con el consiguiente mayor gasto económico. En otros colegios, tienen que esperar a que empiecen las obras. La guardería, por ejemplo, tiene que hacer un pequeño techo para que los niños puedan pasar de las aulas al comedor porque se mojan y aún, sin hacerse. Y, esto no es nada, en el colegio de Los Quintana el edificio nuevo, la parte alta de la fachada se está cayendo, con el consiguiente peligro, siguen sin ponerle remedio. Además, en cuanto a los trabajos de jardinería como poda de las palmeras, no se hace ni en julio, ni en agosto, se hace en el mes de septiembre, para que los profesores y alumnos tengan todo el ruido garantizado. Por ello, preguntamos, ¿por qué ese retraso en el acondicionamiento de los colegios y escuelas infantiles de nuestro municipio?.
A continuación, dio lectura la Sra. Concejal a las preguntas presentadas por su grupo, veinticuatro horas antes de la celebración de este Pleno, de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales y, con el objeto de que sean contestadas en esta sesión:
1.- “En el último pleno ordinario, preguntamos que cuándo nos iban a dejar copia del Informe del Consejo Consultivo de Canarias que el Ayuntamiento había solicitado a raíz de que el Gobierno Central publicara el decreto para rebajar el cinco por ciento de los sueldos de los funcionarios y empleados públicos y, que habíamos solicitado con fecha 22 de junio del presente año y, registro de entrada número 8.046. Sin embargo, en dicho pleno nos contestó el Concejal de Personal que, no tenían ningún informe del Consejo Consultivo de Canarias y que, no sabía si lo había. Además, añadió, con ironía, que era un decreto ley lo que aprobó el Gobierno y tuvieron que aplicarlo. Y, no podían estar a la espera de un informe, si lo hizo, del Consejo Consultivo de Canarias.
La razón por la que solicitamos dicho informe fue, precisamente, porque el día 17 de junio del presente año, en Infonortedigital salió publicada una noticia que versaba sobre la aplicación por el Ayuntamiento de Gáldar del cinco por ciento, recogido en el Decreto del Gobierno de la Nación, a todos los trabajadores municipales, a partir de la nómina del mes de junio. Y, señala literalmente lo siguiente: “…Según ha informado el Alcalde de Gáldar, Teodoro Sosa, a raíz de que el Gobierno central publicara el decreto para rebajar el cinco por ciento de los sueldos de los funcionarios y empleados públicos, el Consistorio solicitó un informe al Consejo Consultivo de Canarias, para saber qué medidas adoptar. En ese informe se dictamina, que el Ayuntamiento tiene que anular el acuerdo de julio y proceder al descuento del cinco por ciento de todos los trabajadores…”
Por ello, formula las siguientes preguntas:
- ¿Han solicitado al Consejo Consultivo de Canarias, informe en los términos detallados anteriormente?. En caso afirmativo:
- ¿En qué fecha se solicitó?.
- ¿En qué fecha tuvo registro de entrada en el Ayuntamiento de Gáldar?.
- ¿Por qué nos dijo que no lo tenía?.
- ¿Se nos va a dejar copia?.
- Y, en caso negativo, ¿han mentido, entonces, al citado medio de comunicación?.”
2.- “Con relación al Fondo Canario de Financiación Municipal, correspondiente al ejercicio 2.009. Formula las siguientes preguntas:
- En este año, ¿se han solicitado a las entidades bancarias anticipos a cuenta del Fondo Canario de Financiación Municipal, correspondiente al ejercicio 2.009?.
- En caso afirmativo ¿cuántos anticipos se han solicitado?.
- ¿Cuál es la entidad bancaria o entidades bancarias que los han concedido?.
- ¿Cuáles han sido los importes de esos anticipos y los tipos de interés?.
- ¿Por qué órgano de gobierno ha sido aprobada dicha solicitud de anticipo?. Y, ¿en qué fecha?.”
3.- “Con fecha 20 de julio del presente año y registro de entrada número 9.295, presentamos escrito en ese Ayuntamiento, en el que hicimos constar que, con arreglo al Fondo Estatal del Inversión Local, se dedicó una partida de 962.509,07 € a la Rehabilitación del Polideportivo Juan Vega Mateos. Dicha obra se ha terminado. Sin embargo, ésta no se ha abierto al público para la práctica de deporte. Ante esta situación, solicitamos información de los motivos, por lo que, dicho polideportivo no se ha abierto al público. Sin embargo, hasta la fecha no nos han contestado.
Es más, desde hace unas semanas, hemos visto que están trabajando por los alrededores de esta instalación deportiva.
Por ello, formula las siguientes preguntas:
- ¿Cuáles son los motivos por los que, no se ha abierto al público el Polideportivo Juan Vega Mateos?.
- ¿Qué obras se están haciendo alrededor de dicho recinto?.
- ¿Qué empresa las está haciendo?.
- ¿Es con cargo a una subvención?.
- En caso de ser cierto ¿qué organismo la ha concedido y cuál es el importe?.
- ¿Estas obras no estaban previstas en el proyecto financiado con arreglo al Fondo Estatal de Inversión Local?.
- En el caso que no, ¿cuál es la razón de ello?.”
Seguidamente el Sr. Alcalde, Don Teodoro C. Sosa Monzón, cede la palabra a los Señores Concejales para que procedan a dar contestación a las preguntas formuladas en esta sesión, pero previamente manifestó lo siguiente: “Con respecto a su primer ruego y sin ánimo de polémica, ustedes son libres de rogar lo que quieran y yo de contestar lo que crea oportuno. A veces, la sensación que tengo es que esto es un juicio. Del mes pasado no hay preguntas y antes de proceder a contestar las de 24 horas, con respecto a UPG decía por un lado que no se limpian las hierbas y por otro lado, que sí están los rastrojos recogidos y que no los recogemos. No entiendo, porque una de las dos cosas no me cuadra. O estamos limpiando o no estamos limpiando y las dejamos. La gente está viendo que estamos limpiando. Con respecto a los trastos, yo no digo que si falta en tal sitio o en otro, lo que da pena es que recojamos un día y al día siguiente y, esto que les estoy diciendo es la pura verdad, da vergüenza que a veces encontremos en el mismo sitio, 24 horas después, los trastos de nuevo colocados. Y el llamamiento es general. No es cuestión de más limpieza, sino también a veces de no suciedad. Y hay un teléfono para que la gente pida la recogida de los trastos. Con respecto a las obras de los colegios, Doña María del Carmen, las obras se tienen que adjudicar, no son adjudicadas a dedo. Tiene un procedimiento. Se utilizó el dinero del Plan Zapatero de este año y se hizo lo antes que se podía hacer. Y nos podrán criticar, pero estamos invirtiendo casi cuarenta millones de pesetas en arreglar los colegios. Cuando nosotros llegamos, tuvimos que coger dinero municipal, 180.000 euros, para arreglar los comedores, porque teníamos una orden de cierre de varios comedores escolares. Y usted fue Concejal de Educación. Por lo tanto, estamos haciendo lo que debemos. Mantener los colegios, invirtiendo casi cuarenta millones de pesetas este año. Y la rampa que usted dice que se está haciendo en el Antonio Padrón, si la empresa se equivoca, se paga una vez. Yo no debo culpa, ni la Concejal, ni el Concejal de Obras, ni nadie. El Ayuntamiento no regala el dinero a nadie.”
Interviene el Sr. Concejal de Educación, Don Carlos Matías Ruiz Moreno, añadiendo en cuanto a lo comentado por el Sr. Alcalde, lo siguiente: “La empresa ha tenido especial sensibilidad para hacer las obras y que molestan no sólo por las tardes, sino también los fines de semana. Con lo cual, yo creo que se está minimizando al máximo las molestias y sobre el tema de la rampa que usted preguntaba, fue el técnico municipal y vio que no tenía la pendiente que tiene que tener y la empresa tiene que asumir la realización de la misma. Faltaría más que eso también fuese culpa nuestra. Culpa nuestra sería si el técnico se diera cuenta y no les obligara a rectificarlo.” Seguidamente contestó a las preguntas de 24 horas. Pregunta del grupo político UPG: “Con motivo de obtener información sobre los Certámenes de Pintura de esta ciudad, Antonio Padrón, formula las siguientes preguntas: ¿Se han abonado todos los premios a los ganadores del XI Certamen de Pintura, Premio Antonio Padrón, correspondientes al año 2.009?. En caso negativo ¿por qué?. Y ¿cuándo tienen previsto estos pagos?. ¿Se tiene previsto convocar el XII Certamen de Pintura, Antonio Padrón para este año?. En caso afirmativo ¿en qué fecha?. En caso negativo ¿por qué?.” Contestó el Sr. Concejal, lo siguiente: No se han abonado por los problemas de siempre, por falta de liquidez. De eso tenemos una lista heredada también, a parte de la nuestra, tremenda, de cosas que no se han podido pagar. Se pagará desde que se pueda. Para este año no está previsto convocarlo, para que no nos vuelva a pasar lo mismo.”
- Pregunta del grupo político PP: “En el último pleno ordinario, preguntamos que cuándo nos iban a dejar copia del Informe del Consejo Consultivo de Canarias que el Ayuntamiento había solicitado a raíz de que el Gobierno Central publicara el decreto para rebajar el cinco por ciento de los sueldos de los funcionarios y empleados públicos y, que habíamos solicitado con fecha 22 de junio del presente año y, registro de entrada número 8.046. Sin embargo, en dicho pleno nos contestó el Concejal de Personal que, no tenían ningún informe del Consejo Consultivo de Canarias y que, no sabía si lo había. Además, añadió, con ironía, que era un decreto ley lo que aprobó el Gobierno y tuvieron que aplicarlo. Y, no podían estar a la espera de un informe, si lo hizo, del Consejo Consultivo de Canarias. La razón por la que solicitamos dicho informe fue, precisamente, porque el día 17 de junio del presente año, en Infonortedigital salió publicada una noticia que versaba sobre la aplicación por el Ayuntamiento de Gáldar del cinco por ciento, recogido en el Decreto del Gobierno de la Nación, a todos los trabajadores municipales, a partir de la nómina del mes de junio. Y, señala literalmente lo siguiente: “…Según ha informado el Alcalde de Gáldar, Teodoro Sosa, a raíz de que el Gobierno central publicara el decreto para rebajar el cinco por ciento de los sueldos de los funcionarios y empleados públicos, el Consistorio solicitó un informe al Consejo Consultivo de Canarias, para saber qué medidas adoptar. En ese informe se dictamina, que el Ayuntamiento tiene que anular el acuerdo de julio y proceder al descuento del cinco por ciento de todos los trabajadores…”
Por ello, formula las siguientes preguntas: ¿Han solicitado al Consejo Consultivo de Canarias, informe en los términos detallados anteriormente?. En caso afirmativo: ¿En qué fecha se solicitó?. ¿En qué fecha tuvo registro de entrada en el Ayuntamiento de Gáldar?. ¿Por qué nos dijo que no lo tenía?. ¿Se nos va a dejar copia?. Y, en caso negativo, ¿han mentido, entonces, al citado medio de comunicación?.” Continúa el Sr. Concejal Don Carlos Matías, contestando: “Le voy a contestar sin ironías, no se ha solicitado dicho informe y me preguntan en caso negativo, que si el Alcalde ha mentido y no sé si mintió o no, pudo haber un mal entendido o se pudo haber malinterpretado. Pero nosotros, no hemos pedido ningún informe al Consejo Consultivo.”
- Pregunta del grupo político PP: “Con relación al Fondo Canario de Financiación Municipal, correspondiente al ejercicio 2.009. Formula las siguientes preguntas: En este año, ¿se han solicitado a las entidades bancarias anticipos a cuenta del Fondo Canario de Financiación Municipal, correspondiente al ejercicio 2.009?. En caso afirmativo ¿cuántos anticipos se han solicitado?.¿Cuál es la entidad bancaria o entidades bancarias que los han concedido?. ¿Cuáles han sido los importes de esos anticipos y los tipos de interés?. ¿Por qué órgano de gobierno ha sido aprobada dicha solicitud de anticipo?. Y, ¿en qué fecha?.” Contestó el Sr. Concejal Don Carlos Matías que no se han solicitado anticipos.
- Pregunta del grupo político UPG: “Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 17 de agosto, el Alcalde aprobó la enajenación del bien sito en Llanos Sobradillo y, lo justifica en la necesaria financiación para la realización de obras de inversión. Por ello, formula las siguientes preguntas: ¿Qué obras de inversión se van a financiar con los 1.401.620 euros procedentes de la enajenación de dicho bien inmueble?. Y, ¿cuál es el importe de cada una de esas obras de inversión?.” Contesta la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, lo siguiente: “La enajenación de este bien tiene como fin último, la construcción de 96 viviendas en régimen de alquiler. Y se explicó en el pleno pasado, que no se tenían métodos para la financiación, de ahí que se sacara a enajenación dicha parcela. Y nos va a permitir que entre un dinero en el Ayuntamiento y que no sea a través de un préstamo el hacer obras de inversión. Ahora estamos en el procedimiento de la subasta y cuando se termine el procedimiento de la subasta, se decidirán qué obras se van a financiar y con qué importe cada una de ellas.”
- Pregunta del grupo político PP: “Con fecha 20 de julio del presente año y registro de entrada número 9.295, presentamos escrito en ese Ayuntamiento, en el que hicimos constar que, con arreglo al Fondo Estatal del Inversión Local, se dedicó una partida de 962.509,07 € a la Rehabilitación del Polideportivo Juan Vega Mateos. Dicha obra se ha terminado. Sin embargo, ésta no se ha abierto al público para la práctica de deporte. Ante esta situación, solicitamos información de los motivos, por lo que, dicho polideportivo no se ha abierto al público. Sin embargo, hasta la fecha no nos han contestado. Es más, desde hace unas semanas, hemos visto que están trabajando por los alrededores de esta instalación deportiva. Por ello, formula las siguientes preguntas:¿Cuáles son los motivos por los que, no se ha abierto al público el Polideportivo Juan Vega Mateos?. ¿Qué obras se están haciendo alrededor de dicho recinto?. ¿Qué empresa las está haciendo?. ¿Es con cargo a una subvención?. En caso de ser cierto ¿qué organismo la ha concedido y cuál es el importe?. ¿Estas obras no estaban previstas en el proyecto financiado con arreglo al Fondo Estatal de Inversión Local?. En el caso que no, ¿cuál es la razón de ello?.” Continua contestando la Sra. Concejal Doña Mª Encarnación Ruiz, lo siguiente: “Las obras las está realizando la empresa JOCA y el Ayuntamiento de Gáldar por administración. Se ha solicitado dicha subvención pero no nos han contestado. Por lo tanto, la siguiente pregunta no cabe. Con respecto a si esas obras no estaban previstas en el proyecto financiado, no lo estaban, porque si se estaban haciendo fuera de proyecto es porque no estaban contempladas y la razón de ello, fue porque no estaban en el proyecto original.”
Y sin más asuntos que tratar, se da por terminada la sesión, siendo las veintiuna horas cuarenta y cinco minutos, de todo lo cual se levanta la presente acta, que firman conmigo los Señores y Señoras asistentes, de la que yo, como Secretaria, certifico.
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