MARZO
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DIA VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL DIEZ, EN PRIMERA CONVOCATORIA, POR EL AYUNTAMIENTO PLENO.
En la Ciudad de Gáldar, siendo las diecinueve horas treinta minutos del día veinticinco de Marzo de dos mil diez, se reúnen en las Casas Consistoriales y bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, DON TEODORO CLARET SOSA MONZÓN, el Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia de los Señores que a continuación se relacionan: Don Cayetano González Padrón, Doña Mª del Carmen Mendoza Ramos, Don Carlos Matías Ruiz Moreno, Don Vicente Moreno Santiago, Don Manuel Mateos Ruiz, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, Don Bernardo Emilio Macías Gutiérrez, Doña Leticia Armas Guzmán, Don José Mª Aguiar Sosa, Doña Mª del Carmen Santana García, Doña Mª Teresa Sosa Martín, Don Francisco Pedro Sosa Gil, Doña Lorena Mateos Medina, Don Blas Martín Díaz Díaz, Doña Ana Mª Vega Jorge, Don José Juan Rodríguez Pérez, Don Juan Andrés Díaz Ramos y Don José Luis González Mateos. Excusaron su ausencia Doña Encarnación Monzón Suárez y Don Manuel Godoy Melián. Asistió el Sr. Interventor Accidental Don Antonio Graciano Pérez Reyes. Como Secretaria Accidental Doña Candelaria Guerra Pulido.
Comprobada la asistencia del número legal suficiente para la celebración de la sesión, por el Sr. Alcalde se declara abierto el acto, dándose lectura por Secretaría al Orden del Día circulado al efecto, con el fin de proceder al estudio de los asuntos comprendidos en el mismo.
1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA SESIÓN ANTERIOR.-
El Sr. Alcalde-Presidente, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, pregunta a los Señores Concejales si desean efectuar alguna corrección al acta de la sesión ordinaria celebrada el día veinticinco de Febrero de dos mil diez.
Toma la palabra la Sra. Concejal del grupo político Partido Popular, Doña Mª Teresa Sosa Martín, manifestando lo siguiente: “Votamos en contra de dicha acta, ya que en la misma no se recoge la tabla de los sueldos de los Concejales y personas de confianza que, con tanta alegría, el grupo de gobierno expuso en dicha sesión plenaria cuando se trató la moción del grupo político Partido Popular sobre examen de nóminas y boletines de cotización de los Concejales y personas de confianza.” El Sr. Alcalde le responde que, con tanta alegría, votan a favor del acta.
No formulándose ninguna otra observación al acta referida, por la Presidencia se somete a votación y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor diez (6 BNR-NC y 4 PSOE), ninguna abstención y votos en contra nueve (5 PP y 4 UPG), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró aprobada el acta de la sesión ordinaria celebrada el día 25 de Febrero de dos mil diez.
2º.- MOCIONES DE CONCEJALES. ACUERDOS PROCEDENTES.-
A).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “PARTIDO POPULAR” SOBRE EXAMEN DE DOCUMENTACIÓN DE EXPEDIENTES OBRANTES EN EL AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Con fecha 28 de abril de 2.009 y registro de entrada 6.034, en el que solicitamos examinar las nóminas de los Concejales con dedicación exclusiva y las del personal de confianza. A dicho escrito nos contestan que, al no ser de libre acceso la información solicitada la debíamos razonar y motivar.
En el último pleno ordinario celebrado el pasado mes de febrero, este grupo político presentó una moción sobre examen de nóminas y boletines de cotización de Concejales con dedicación exclusiva y personas de confianza. El grupo de gobierno votó en contra de la misma, argumentando que tenemos que justificar para que las queremos.
Mediante escrito de fecha 22 de febrero del presente año y registro de entrada número 2144, presentamos escrito reiterando las solicitudes de fecha 9 de diciembre de 2.008 y 6 de mayo de 2.009, para examinar los expedientes de productividades concedidas a los trabajadores municipales desde el mes de julio de 2.007 hasta la fecha del citado escrito.
Mediante escrito de fecha 22 de febrero del presente año y registro de entrada número 2146, presentamos escrito reiterando las solicitudes de fechas 9 de diciembre de 2.008 y 6 de mayo de 2.009, de examinar los expedientes de gratificaciones concedidas a los trabajadores municipales desde el mes de octubre de 2.008 hasta la fecha del citado escrito.
A estos dos escritos de fecha 22 de febrero, nos contestó el Alcalde con fecha de salida el 27 de febrero que, al no ser dicho expediente de libre acceso, la información solicitada deberá razonar y motivar su solicitud.
Nosotros queremos insistir en una realidad, los componentes de los grupos políticos Partido Popular y Unión Progresista de Gáldar, somos Concejales del municipio de Gáldar, los cuales hemos sido elegidos por el pueblo en las últimas elecciones municipales. Y, una de nuestras funciones es controlar y fiscalizar la actuación del grupo de gobierno. Pese a quien le pese.
En todos los escritos que presentamos ante ese ayuntamiento justificamos por qué queremos examinar los expedientes. Dado que, en los mismos señalamos: “De conformidad con lo previsto en el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y dado que resulta preciso para el desarrollo de su función en esta Corporación…”
Dichos artículos establecen lo siguiente:
- El artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que determina: «Todos los miembros de las Corporaciones locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función. La solicitud de ejercicio del derecho recogido en el párrafo anterior habrá de ser resuelta motivadamente en los cinco días naturales siguientes a aquél en que se hubiese presentado.»
- El artículo 14 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Local de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, establece lo siguiente:
“1. Todos los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función.
2. La petición de acceso a las informaciones se entenderá concedida por silencio administrativo en caso de que el Presidente o la Comisión de Gobierno no dicten resolución o acuerdo denegatorio en el término de cinco días, a contar desde la fecha de solicitud.
Por lo tanto, el Concejal tiene derecho, previa petición concreta e individualizada, a obtener información sobre todo expediente que considere necesario para el desarrollo de su función. Es más, hay sentencias como, la STS de 20 de noviembre de 2000, la cual niega que el Concejal deba justificar la finalidad para la que solicita la información, interpretando este derecho de manera amplia y generosa y que la negativa clara e infundada puede determinar la comisión de un delito de prevaricación como razona la STS de la Sala Segunda de lo Penal de 11 de marzo de 2000.
E incluso, la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de enero de 1996 señala que «cuando a un representante de los ciudadanos que no forma parte del Gobierno Municipal se le entorpece en el desarrollo de sus funciones impidiéndole el acceso a datos e informaciones a los que tiene derecho, se está cometiendo una acción gravemente censurable, que atenta a un principio básico en el funcionamiento del sistema democrático».
Por lo tanto, consideramos que el grupo de gobierno está vulnerando nuestro derecho constitucional de participar en los asuntos públicos. Y, queremos resaltar que, lo curioso, es que sólo en determinados expedientes, es cuando no exigen que justifiquemos para qué lo queremos. Sin que sea el grupo de gobierno el que nos argumente su negativa a dejarnos examinarlos.
Por todo ello, el Grupo Político Partido Popular propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Instar al Grupo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar para que facilite a las portavoces de los grupos políticos Partido Popular y Unión Progresista de Gáldar, la función de examinar los expedientes que hemos solicitado mediante escritos de fecha 22 de febrero de 2010 y registro de entrada número 2.144 y 2.146 y mediante escrito de fecha 28 de abril de 2009 y registro de entrada 6.034.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, para manifestar lo siguiente: “Nos gustaría resaltar, en primer lugar, respecto al último pleno cuando se trató la moción de este grupo político sobre solicitud de examinar las nóminas de Concejales con dedicación exclusiva y personal de confianza que, el grupo de gobierno, como gran novedad, trajo una pantallita en la que expusieron una tabla con los sueldos de concejales de dedicación exclusiva y del personal de confianza. Y, en dicha sesión plenaria, el Concejal de Personal señaló, tal como recoge el acta que el grupo de gobierno acaba de aprobar: “… Lo otro es información que está ahí, a su disposición y se la hemos mostrado…” Es más, el Alcalde afirmaba: “…fíjese si nosotros tenemos algo que ocultar, que lo ponemos al público y, lo vamos a poner en la página Web del Ayuntamiento…” También decía, más adelante. “… Y, ahí están los datos públicos porque no tenemos nada que ocultar. Si tuviéramos algo que ocultar, no lo enseñaríamos. Y, le digo que lo vamos a poner en la página Web, para que el pueblo sepa, etc., etc.” Pero ¿qué nos encontramos?, que al día siguiente, ipso facto, apareció publicada una tabla, pero no la tabla que se expuso en el pleno sino más recortada. Y eso que no tenía nada que ocultar. Y luego, nos dicen que somos nosotros los que confundimos. ¡Vamos a ver quién confunde!. Pero, es que además lo pone como noticia sensacionalista, con medias verdades porque no explica la situación real de lo que pasó en dicha sesión plenaria. A raíz de ello, nosotros, también, ipso facto, presentamos escrito en el Ayuntamiento solicitando al Alcalde que retire de la página Web esas opiniones partidistas. También, solicitamos que retiraran la tabla que no era la que expusieron en el pleno y que fijaran la correcta. Además, solicitamos copia de la tabla que estaba, según nos dijeron en el último pleno, a nuestra disposición. Nos contestan a ello, diciendo que la noticia era una de tantas que publican. Esto es, de acuerdo a sus intereses y, además, no nos dieron copia de la famosa tabla ¿por qué será?. Por lo tanto, marchando una más de oscurantismo del grupo de gobierno. Y, decimos todo esto, porque esta moción que traemos a Pleno, viene en consonancia con la que presentamos en el anterior. Decimos en consonancia, porque si cuando lo solicitamos por escrito de fecha 28 de abril de 2009 y registro de entrada 6.034, examinar las nóminas, nos contestan que al no ser de libre acceso la información solicitada, la debíamos razonar y motivar, resulta que, cuando presentamos otros escritos, nos encontramos con la misma respuesta. Lo curioso es que, estos últimos escritos eran una reiteración de las solicitudes que realizamos en los años 2.008 y 2.009 y que, en su momento, no nos contestaron nada. Pero que al volver este año este grupo político a pedirlo, al grupo de gobierno le vino a la mente lo de la protección de datos y, nos contestan que para poder examinar los expedientes de productividades y gratificaciones, tenemos que razonar y motivar nuestra solicitud. Ante estas respuestas y, a pesar de que en el último pleno recalcábamos que, una de nuestras funciones es controlar y fiscalizar la actuación del grupo de gobierno, al ser elegidos por el pueblo en las últimas elecciones municipales y, amparábamos nuestros derechos en el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y, en la propia constitución española, consideramos reclamar, a través de esta moción, la defensa de nuestros derechos y denunciar públicamente las negativas injustificadas del grupo de gobierno al no dejarnos acceder a las peticiones formuladas. E igualmente, amparándonos en el artículo 173 del Real Decreto 2568/1986 del ROF, solicitamos que por parte de la Señora Secretaria se nos informara de la legalidad de lo solicitado. En el informe de Secretaría, se nos señala que los Concejales de la oposición tienen derecho a que el Alcalde les permita examinar las nóminas, productividades y gratificaciones concedidas, ya que tienen una fundamentación lógica y sensata, fiscalizar la actuación de los órganos de gobierno. En definitiva, no son sino aplicación presupuestaria de los acuerdos adoptados por los órganos municipales. El derecho a la información es esencial para el funcionamiento democrático de las Corporaciones Locales y del derecho de participación contemplado en el artículo 23 de la Constitución. Hemos solicitado con claridad lo que queremos examinar y, el grupo de gobierno se empeña en traernos datos según lo que les interesen a ellos y, como dijimos en el último pleno, lo curioso es que no hubiesen traído un informe jurídico que avalara su negativa injustificada de no dejarnos examinar los expedientes solicitados. Por lo tanto, consideramos que el grupo de gobierno está vulnerando nuestro derecho constitucional de participar en los asuntos públicos. Y, queremos resaltar que, lo curioso, es que sólo en determinados expedientes, es cuando nos exigen que justifiquemos para qué lo queremos, sin que sea el grupo de gobierno el que nos argumente su negativa a dejarnos examinarlos. Por todo ello, este Grupo Político propone al Pleno, instar al Grupo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar para que facilite a las portavoces de los grupos políticos Partido Popular y Unión Progresista de Gáldar, la función de examinar los expedientes que hemos solicitado mediante escritos de fecha 22 de febrero de 2010 y registro de entrada números 2144 y 2146 y mediante escrito de fecha 28 de abril de 2009 y registro de entrada 6034.”
Don Carlos Matías Ruiz Moreno, Concejal de Personal, manifestó lo siguiente: "Cuando hacía referencia a la intervención y al acta, también podía haber hecho referencia a que, a parte de los datos que estaban expuestos, les pregunté cuáles de los conceptos de las nóminas les seguía haciendo falta y dieron la callada por respuesta. Eso también lo recoge el acta, donde les decía que con aquellos datos era suficiente para hacerse la composición de las nóminas y que si les hacía falta algún otro dato, que manifestaran cuál era y no dijeron nada. Hablan de oscurantismo, pero es que les hemos puesto los datos. No sé que más podemos hacer, salvo darles las nóminas para que lo vean que es lo que tendremos que hacer. Porque el informe de la Secretaria como dice que es un asunto que viene a pleno, queda claro por qué la información tiene que estar dispuesta y se las vamos a dar. De todas formas, hubiésemos terminado dejándosela ver porque ni con un dato ni con otro eran capaces de hacerse una composición de la nómina. Por lo tanto, vamos a votar que sí.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Nosotros nos alegramos que, en este caso, vayan a aprobar nuestra moción. Lamentamos que haya tenido que ser porque hayamos solicitado nosotros un informe de Secretaría. Hemos dicho oscurantismo puesto que nosotros simplemente hemos solicitado ver las nóminas y dicen qué conceptos. Los conceptos que hay en las nóminas. Si nosotros pedimos ver una nómina, no tenemos que explicar qué conceptos, porque todos sabemos de qué conceptos se compone una nómina. Por tanto, una vez más, lamentamos que tenga que haber sido a través de nosotros solicitar ese informe de Secretaría y que, cuando hemos hablado de oscurantismo, lo decíamos precisamente porque en el último pleno expusieron una tabla que ni tan siquiera se han dignado todavía en trasladarnos una copia y, a pesar de que se dijo en el pleno que se iba a exponer en la Web del Ayuntamiento, la que expusieron no fue la que trajeron aquí a pleno. Tenemos grabaciones de esa sesión plenaria y se ve perfectamente que la tabla que expusieron aquí no es la que aparece en la página Web del Ayuntamiento. Y por tanto, no se está suministrando a los ciudadanos la información real de lo que aconteció en el último pleno ordinario.”
Don Carlos Matías Ruiz Moreno, Concejal de Personal, manifestó lo siguiente: "Ustedes han pedido en reiteradas ocasiones el acceso a las nóminas, intentando decir que querían comprobar si efectivamente se estaba aplicando el acuerdo adoptado en pleno de la reducción del 20% y que eso, con los datos ofrecidos, era más que evidente y no sólo con los datos, sino anteriormente con una certificación de Intervención y demás. Si esa es la finalidad, desde hace dos plenos estaba plenamente justificado, pero sigo opinando lo que dije la otra vez, parece que en un intento de ocultar la trascendencia y la importancia, a mi juicio y a nuestro juicio fundamental, que es el paso dado por el Grupo de Gobierno de reducirse el sueldo, aquí lo que se pretende es intentar sembrar las dudas y la polémica en torno a si eso se hace o no se hace. Y ahora, ustedes lo comprueban, aunque ya se lo hemos justificado en dos ocasiones.”
Doña Mª Teresa Sosa Martín, Concejal del grupo político PP, manifestó lo siguiente: “Nosotros sembrar la duda, no. La duda, la está sembrando el grupo de gobierno, porque simplemente se hubiesen limitado a dejarnos examinar las nóminas y no a traernos cosas que no hemos solicitado. Pero si encima nos traen una tabla y no nos dejan copia ni tan siquiera para nosotros poder examinarla, díganme ustedes a mí, quién es el que siembra la duda y cuando no se le proporciona a los ciudadanos la información real que se expuso en esta sesión plenaria en el último mes.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: “Ustedes pensaban que íbamos a votar que no y, ya tenían el argumento desviado y se han dado cuenta que así no ha sido. Ustedes cuando hablan del informe de la Secretaria de que tienen derecho a examinar las nóminas, está el punto cuarto, porque del informe todo el mundo lee lo que le interesa leer. El punto cuarto dice, “cabe establecer dos niveles del derecho a obtener información”. Lo dice la Secretaria también. Un primer derecho de carácter general limitado por la reserva de datos personales que afectan a la intimidad de las personas.” Porque hasta ahora parece que no queríamos, que hay datos que no son confidenciales o si lo son o, a veces interesa que lo sean y, dice, en segundo lugar: “Un derecho de acceso directo a los asuntos que se vayan a votar por los órganos de que forme parte”. Ustedes sabían porque no llevan dos años aquí, llevan más años, que todos los asuntos que se traigan a pleno, tienen que ser examinados por los Concejales. Por eso han presentado la moción y no por otra cosa. Ustedes presentan la moción y dicen que como va a pleno tiene que examinarse la información. Porque también en el primer punto lo deja bastante claro, “limitado por la reserva de datos personales que afecta a la intimidad de las personas”. No obstante y, lo mismo dije el mes pasado, hay protección de datos. Mi intervención del año pasado dice: “... y ustedes tienen que justificarlo para qué lo quieren. Y sigue siendo igual. Y ahí están los datos públicos porque no tenemos nada que ocultar. Si tuviéramos algo que ocultar no los enseñaríamos”. Lo enseñamos el mes pasado y ahora lo van a ver ustedes nuevamente. Porque lo más importante de todo, lo dije el mes pasado y lo vuelvo a decir, que busquen en Canarias, un alcalde, unos concejales y unos cargos de confianza que se hayan bajado quinientos y pico euros el sueldo, trescientos y pico euros todos los Concejales al mes. No nos tiene que dar nadie lecciones de moralidad. Que ustedes quieren examinar, lo que quieran, si tenemos embargos, número de seguridad social, mi cotización, mi IRPF, lo que ustedes quieran ver. Porque no sé que más datos quieren ver. Van a saber mi carnet de identidad, todo, porque van a ver la nómina y la van a ver sin problemas porque no tenemos nada que ocultar. Y así lo recoge el informe de Secretaría y lo recoge la ley, que también nosotros podremos ejercer nuestros derechos si se hace un mal uso de esa información.”
No produciéndose más intervenciones, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
Instar al Grupo de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar para que facilite a las portavoces de los grupos políticos Partido Popular y Unión Progresista de Gáldar, la función de examinar los expedientes que hemos solicitado mediante escritos de fecha 22 de febrero de 2010 y registro de entrada número 2.144 y 2.146 y mediante escrito de fecha 28 de abril de 2009 y registro de entrada 6.034.
B).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “PARTIDO POPULAR” EXIGIENDO AL CONCEJAL DE SEGURIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR QUE CONTESTE CON CLARIDAD A LAS PREGUNTAS DE 24 HORAS QUE SE LE HA FORMULADO.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“En el pleno ordinario del mes de diciembre del 2.009, este grupo político presentó una Moción sobre Peticiones para el Cuerpo de la Policía Local de Gáldar. En dicho pleno, el grupo de gobierno votó en contra de la misma y, por parte del Concejal de Seguridad se argumentó que hacían lo que podían con respecto a este colectivo. Añadiendo que, incluso, había realizado una solicitud de subvención al Gobierno de Canarias de junio de 2009 que tenía un máximo de 20.000 euros para prendas, uniformes y mejoras de la Policía Local, pero que, dicha solicitud se la había denegado por no cumplir con el baremo establecido. Y, además, añadió literalmente lo siguiente: “…Sin embargo, sí tenemos noticias que recayeron en otros municipios que no cumplían ni por asomo el baremo de 1,8 policías por habitantes…”
Señalamos que, literalmente, puesto que, así está recogido en el acta de la citada sesión plenaria y, contra ella, el grupo de gobierno no hizo ninguna rectificación.
A raíz de esta manifestación, que de ser cierta supone un agravio para los intereses de nuestro municipio y, en particular, para los intereses de este colectivo y, con la intención de que por el Concejal de Seguridad se nos aclarara las actuaciones que han realizado al respecto, el grupo político Unión Progresista de Gáldar, en el pleno ordinario del mes de enero, formuló una pregunta realizada con 24 horas de antelación a la celebración de mismo. Dichas preguntas fueron las siguientes:
- ¿Cuáles fueron los municipios a los que el Gobierno de Canarias, les concedió subvenciones en materia de Policía Local y que incumplían con el baremo?.
-Y, dada la trascendencia de esa afirmación ¿el grupo de gobierno ha presentado recurso contencioso – administrativo contra la Resolución de la Directora General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias o ha realizado un requerimiento ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad?. En caso afirmativo, solicitamos copia y, en caso negativo ¿por qué no se ha presentado recurso o requerimiento, dado que si se otorgaron subvenciones a otros municipios que no cumplían, no se están perjudicando los intereses de nuestro pueblo?.
Sin embargo, en dicho pleno ordinario del mes de enero, el Concejal de Seguridad no contestó a las preguntas concretas y bastantes claras que formuló el grupo político Unión Progresista de Gáldar. Y, sólo se refirió a la solicitud de subvención que realizaron.
Por ello, en el pleno ordinario del mes de febrero, volvió a formular el citado grupo político las mismas preguntas, sin que se volvieran a contestar a las mismas. Señalando, el Concejal de Seguridad que, ya fueron contestadas, en el pleno anterior. Hecho que no ha sucedido.
Consideramos que, cuando se hacen unas declaraciones de tal calibre, se ha de ser consecuente con las mismas y, por lo tanto, el Concejal de Seguridad ha de aclararlo. Y, para el caso en que dichas declaraciones no coincidan con la realidad, pues, detractarse de las mismas.
Por ello, el grupo político Partido Popular propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Instar al Concejal de Seguridad del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar para que conteste a las preguntas formuladas por el Grupo Político Unión Progresista de Gáldar en los plenos ordinarios de enero y febrero del presente año, respecto a las declaraciones realizadas por el mismo en la Moción sobre peticiones para el cuerpo de la Policía Local de Gáldar y, que son las siguientes:
- ¿Cuáles fueron los municipios a los que el Gobierno de Canarias, les concedió subvenciones en materia de Policía Local y que incumplían con el baremo?.
- Dada la trascendencia de esa afirmación ¿el grupo de gobierno ha presentado recurso contencioso – administrativo contra la Resolución de la Directora General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias o ha realizado un requerimiento ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad?. En caso afirmativo, solicitamos copia y, en caso negativo ¿por qué no se ha presentado recurso o requerimiento, dado que si se otorgaron subvenciones a otros municipios que no cumplían, no se están perjudicando los intereses de nuestro pueblo?.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, para manifestar lo siguiente: "Esta moción viene justificada por la negativa por parte del grupo de gobierno y, en concreto, del Concejal de Seguridad, de contestarnos a unas preguntas de 24 horas que hemos formulado con bastante claridad en dos sesiones plenarias. Este grupo político llevó al pleno ordinario celebrado en el mes de diciembre de 2009, una moción relativa a peticiones para el Cuerpo de la Policía Local de Gáldar. Y, en la intervención que hizo el Concejal en la misma, entre otras afirmaciones, realizó una que calificamos muy grave. Ya que acusó al Gobierno de Canarias de conceder subvención en materia de seguridad, a municipios que no cumplían con el baremo establecido. En concreto y, tal como consta en acta, el Concejal, afirma: “…Pero lejos de eso, también nos acogimos a una subvención del Gobierno de Canarias de junio de 2009 que tenía un máximo de 20.000 euros para prendas, uniformes y mejoras de la Policía Local y, cual fue nuestra sorpresa que, una vez presentada toda la documentación, en el mes de octubre se nos dice que, por no ajustarnos al baremo de 1,8 guardias o policías por cada 1.000 habitantes, quedamos fuera. Hicimos una reclamación haciendo constar que teníamos el 1,8 por habitantes porque no se me había contado a mí que soy Policía Local, aunque esté en excedencia y al final, no se nos concedió la subvención del Gobierno de Canarias, que dirige su partido y Coalición Canaria. Sin embargo, sí tenemos noticias que recayeron en otros municipios que no cumplían ni por asomo el baremo de 1,8 policías por habitantes. Así consta literalmente en el acta de dicha sesión plenaria. A raíz de esta afirmación, el grupo político Unión Progresista de Gáldar formuló una pregunta de 24 horas para ser contestada en la sesión plenaria ordinaria del mes de enero con unas preguntas bastantes claras. Esto es: ¿Cuáles fueron los municipios a los que se les concedieron las subvenciones y que incumplían el baremo?. Dada la trascendencia de esta afirmación, ¿el grupo de gobierno ha presentado recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias o ha realizado un requerimiento ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad?. En caso afirmativo, solicitamos copia y, en caso negativo ¿por qué no se ha presentado recurso o requerimiento, dado que si se otorgó subvenciones a otros municipios que no cumplían, no se están perjudicando nuestros intereses?. A dicha pregunta, el Concejal no nos contestó, sino que se fue por las ramas y, consta literalmente en acta: Contestó lo siguiente: “Según el informe técnico emitido al efecto: Mediante Orden de 14 de julio de 2009, se aprueban las bases reguladoras destinadas a los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para la potenciación y homogenización de las policías locales de Canarias. Este ayuntamiento solicita con fecha de registro de entrada en la Dirección General de Seguridad y Emergencias, 07/08/2009, subvención para la adquisición de vestuario por importe de 20.000 euros. Con fecha 22/10/2009, se publica Resolución que resuelve provisionalmente la convocatoria de la citada subvención, en la cual de las 70 solicitudes presentadas, se admiten 66, 15 de ellas estimadas y 51 en lista de reserva. El Ayuntamiento de Gáldar figura en esta última situación, con 8 puntos. El motivo es que tras la aplicación de los criterios de valoración, recogidos en la base 10 de la convocatoria, el crédito disponible se agota con los 15 municipios que obtienen mayor puntuación. Uno de ellos, el máximo 12 puntos y los 14 restantes, 11 puntos. Tras verificar su población, se está recabando información sobre las plantillas de esos 15 ayuntamientos, a los cuales les llegó la subvención, a efectos de comprobar si efectivamente dan cumplimiento al baremo establecido en el decreto 75/2003. Tras esta publicación, desde este Ayuntamiento se reclama por el técnico correspondiente, ante los técnicos de la Dirección General de Seguridad, los cuales explican que la Comisión Técnica de Valoración, se limita a aplicar los criterios objetivos establecidos en la orden y que en el caso de la documentación presentada por el Ayuntamiento de Gáldar, el motivo por el que no se alcanzan los 11 puntos mínimos necesarios, es no cumplir con el ratio de número de efectivos por cada mil habitantes. Por lo que considera que no procede el recurso contencioso administrativo.” Por lo tanto, nada tiene que ver con la afirmación que hizo en el mes de diciembre. Pero, el grupo político Unión Progresista de Gáldar, vuelve a insistir con las mismas preguntas en la sesión plenaria ordinaria de febrero, realizadas con 24 horas de antelación a la misma y, el Concejal de Seguridad contestó que a esa pregunta, ya le dio contestación debidamente en el pleno anterior. Lo cual no es cierto. Consideramos que, cuando se hacen unas declaraciones de tal calibre, se ha de ser consecuente con las mismas y, por lo tanto, el Concejal de Seguridad ha de aclararlo. Y, para el caso en que dichas declaraciones no coincidan con la realidad, detractarse de las mismas.” Finaliza la Sra. Concejal dando lectura a los acuerdos a adoptar ya contenidos con anterioridad en la moción transcrita.
Interviene el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, para manifestar lo siguiente: "Antes de darle la palabra al Sr. Concejal Don Vicente, decirles que esto no es un Juzgado, porque la sensación que tengo es de Juzgado. Usted dice, inste al Concejal, diga ésto. Aquí sólo falta el fiscal.”
Don Vicente Moreno Santiago, Concejal de Seguridad, manifestó lo siguiente: “La pregunta que usted hace y que vuelve a preguntar UPG y PP, ha sido contestada en dos ocasiones y con esta tres. Y le digo, aunque a usted le vaya a caer muy mal, hemos estado trabajando, hemos estado en contacto con los responsables de seguridad del Gobierno de Canarias y hemos conseguido el siguiente equipamiento. Nos acaban de confirmar que en los próximos días recibiremos ochenta camisas ordinarias de paseos, cuarenta pares de botas, cuarenta pantalones de paseo, ochenta pantalones de faena, ciento veinte camisetas interiores de color azul y cuarenta chalecos reflectantes. Este material llegará en los próximos días a la Policía Local de Gáldar, porque estamos trabajando tranquilamente sin escándalos, sin preguntas y repreguntas.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, manifestó lo siguiente: "Nosotros nos alegramos, porque todo lo que venga es bien recibido y bueno para todo el cuerpo de Policía Local. Lo que usted no ha dicho, porque está en las actas, en ninguna de las dos actas está la contestación de estas dos preguntas tan sencillas y tan claras, que usted me dice que están. Búsquela al final de las actas. Nosotros queremos que conste en acta la negativa del Concejal para contestarnos a las preguntas claras y concretas que hemos formulado en la moción.”
No produciéndose más intervenciones, por la Presidencia se somete a votación la moción debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor nueve (5 PP y 4 UPG), ninguna abstención y votos en contra diez (6 BNR-NC y 4 PSOE), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró rechazada la moción del grupo político Partido Popular exigiendo al Concejal de Seguridad del Ayuntamiento de Gáldar, que conteste con claridad a las preguntas de 24 horas que se le ha formulado.
C).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “UNIÓN PROGRESISTA DE GÁLDAR” PARA CONDENAR LAS ACCIONES ANTIDEMOCRÁTICAS DEL RÉGIMEN CUBANO Y EN APOYO AL PUEBLO Y A LA DISIDENCIA DE LA ISLA.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Durante más de medio siglo de dictadura comunista, personificada en la figura de Fidel Castro y, recientemente, como régimen hereditario, en su hermano Raúl, el sufrimiento de los ciudadanos cubanos, privados de su libertad, no ha hecho más que ir en aumento.
Hoy, existen más de doscientos presos políticos en las cárceles de Cuba, ciudadanos que fueron encarcelados por el mero hecho de pedir de manera pacífica una apertura democrática del país. Algunos de ellos han sido procesados por peligrosidad predelictiva, artificio jurídico que permite privar de libertad a cualquiera por la mera sospecha de la autoridad competente.
El pasado martes 23 de febrero, Orlando Zapata Tamayo, simpatizante de la oposición democrática y pacífica al régimen, falleció en Camagüey, tras dos meses en huelga de hambre y dos semanas privado de agua por órdenes del régimen. Su protesta tenía un único, simple objetivo: que no lo torturasen más, que lo tratasen como a un ser humano, aún privado de libertad.
Orlando Zapata llevaba encarcelado desde la Primavera negra del 2003, llamada así por la detención y condena de 75 demócratas, y que motivó la condena unánime de la sociedad internacional así como la adopción, por parte de la Unión Europea, de una serie de medidas de apoyo a la oposición democrática, en el marco de la Posición Común, que abrieron una ventana a la esperanza de los oprimidos, antes de ser desgraciadamente desactivadas año y medio después.
El grupo político Unión Progresista de Gáldar, consternado por el fallecimiento de Zapata y a su vez solidario con la valentía, el sacrificio y el ejemplo de resistencia de toda la oposición cubana frente a un régimen dictatorial, eleva al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Condenar la muerte del preso de conciencia Orlando Zapata Tamayo.
SEGUNDO.- Exigir a las autoridades cubanas la inmediata liberación de todos los presos de conciencia.
TERCERO.- Instar al Gobierno de España a que obtenga del Gobierno cubano el compromiso de que Cruz Roja Internacional pueda visitar las cárceles en las que se encuentran recluidos los presos de conciencia y verifique que las condiciones en las que se encuentran se ajustan a los estándares mínimos que exige la legalidad internacional.
CUARTO.- Reclamar al Gobierno de España que reanude, en el marco de la Posición Común de la Unión Europea sobre Cuba, el apoyo y la solidaridad con la oposición democrática al régimen, y en especial la política de puertas abiertas para los demócratas en las embajadas, particularmente la española, así como la dotación de las mismas con sistemas abiertos de conexión inalámbrica a Internet, a disposición de los ciudadanos vecinos a la legación.
QUINTO.- Dar traslado de estos acuerdos al Presidente del Gobierno, al Ministro de Asuntos Exteriores, a los Portavoces Parlamentarios de las Cortes y del Parlamento Europeo, así como al Embajador de Cuba en España.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, para manifestar lo siguiente: "El grupo político Unión Progresista de Gáldar, a través de esta moción, muestra su condena por la muerte del opositor Orlando Zapata Tamayo, el pasado 23 de febrero en Camagüey, tras dos meses en huelga de hambre y dos semanas privado de agua por órdenes del régimen. Al mismo tiempo que, expresamos nuestra solidaridad con aquellos que en Cuba, luchan, viven y mueren por su libertad y dignidad. Durante más de medio siglo de dictadura comunista, personificada en la figura de Fidel Castro y, recientemente, como régimen hereditario, en su hermano Raúl, el sufrimiento de los ciudadanos cubanos, privados de su libertad, no ha hecho más que ir en aumento, por lo que hay que reclamarles la liberación inmediata de todos los presos de conciencia. El 18 de marzo, se cumplió siete años desde que se detuvieron y condenaron injustamente a 75 demócratas y, de éstos, 53 continúan privados de libertad. Las leyes cubanas imponen límites inaceptables sobre el derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión. Cuba necesita desesperadamente reformas políticas y jurídicas para estar en consonancia con las principales normas internacionales sobre derechos humanos. No había ninguna razón para que Orlando Zapata Tamayo estuviera condenado y, tampoco, para que sufriera las duras condiciones que tuvo que soportar en las cárceles de Cuba. Es urgente que se empiece a respetar los derechos humanos de los cubanos y que como primer paso se libere a los presos condenados durante la primavera de 2003, colectivo del que formaba parte Zapata. Hoy, más que nunca, parece imprescindible que Europa, sus instituciones, los partidos políticos y sus miembros, apoyen la labor de la disidencia pacífica en Cuba, la protejan y, en síntesis, acompañen al pueblo cubano en su camino hacia la libertad.” Finaliza la Sra. Concejal, dando lectura a los acuerdos a adoptar ya contenidos con anterioridad en la moción transcrita.
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando que el grupo de gobierno va a apoyar esta moción y le cede nuevamente la palabra a la Sra. Concejal Doña Ana Mª Vega, quien muestra la alegría de su grupo de que esta moción en defensa de los derechos cubanos en Cuba, se apruebe por unanimidad.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Condenar la muerte del preso de conciencia Orlando Zapata Tamayo.
SEGUNDO.- Exigir a las autoridades cubanas la inmediata liberación de todos los presos de conciencia.
TERCERO.- Instar al Gobierno de España a que obtenga del Gobierno cubano el compromiso de que Cruz Roja Internacional pueda visitar las cárceles en las que se encuentran recluidos los presos de conciencia y verifique que las condiciones en las que se encuentran se ajustan a los estándares mínimos que exige la legalidad internacional.
CUARTO.- Reclamar al Gobierno de España que reanude, en el marco de la Posición Común de la Unión Europea sobre Cuba, el apoyo y la solidaridad con la oposición democrática al régimen, y en especial la política de puertas abiertas para los demócratas en las embajadas, particularmente la española, así como la dotación de las mismas con sistemas abiertos de conexión inalámbrica a Internet, a disposición de los ciudadanos vecinos a la legación.
QUINTO.- Dar traslado de estos acuerdos al Presidente del Gobierno, al Ministro de Asuntos Exteriores, a los Portavoces Parlamentarios de las Cortes y del Parlamento Europeo, así como al Embajador de Cuba en España.
D).- MOCIÓN DEL GRUPO POLÍTICO “UNIÓN PROGRESISTA DE GÁLDAR” EN APOYO A QUE SE INSTALE EL SUPERTELESCOPIO EUROPEO EN LA ISLA DE LA PALMA.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“A comienzos del próximo año, la Organización Europea para la Investigación Astronómica en el Hemisferio Austral (Observatorio Europeo Austral) decidirá en qué lugar del mundo se instalará el Supertelescopio Europeo de más de 40 metros de diámetro. Lógicamente, este organismo situará esta instalación en aquel lugar donde encuentre las más excelentes condiciones para la observación del Universo. Nadie en la comunidad científica duda, en estos momentos, de la extraordinaria situación en la que se encuentra el Roque de los Muchachos, en la isla de La Palma, para albergar esta y otras dotaciones científicas del más alto nivel. Allí, se encuentra uno de los conjuntos de telescopios más completos del mundo, debiendo destacar de entre ellos, el “Gran Telescopio Canarias” (Grantecan) que es el mayor telescopio del mundo de espejo segmentado y, sin duda, uno de los más avanzados telescopios para la investigación astronómica.
El telescopio gigante europeo permitirá dar un paso más en el estudio de las propiedades fundamentales de nuestro Universo. Desde nuestro propio Sistema Solar hasta los objetos observables más lejanos en los confines del Universo, el E-ELT supondría una mejora considerable gracias a su gran capacidad para recolectar luz de objetos débiles y distinguir detalles nunca vistos.
Además de los aspectos científicos innovadores que acompañan este proyecto, no debemos olvidar, porque no son elementos baladíes, que el E-ELT tiene un costo de construcción que superará los 1000 millones de euros a ejecutar en ocho años, que, según los informes elaborados, se estima, que cuando entre en funcionamiento, dará trabajo a más de 170 personas y, también, que supondrá un gasto directo anual de más de 20 millones de €.
Parece que, el Roque de los Muchachos lucha con el Desierto de Atacama en Chile para ser el destino de esta construcción científica. Nuestra Isla parte, sin duda alguna, con unas condiciones técnico-científicas, cuanto menos, iguales a las que puede ofrecer esa otra candidata sudamericana. Unido a ello debemos manifestar que el Observatorio del Roque de los Muchachos cuenta con mejores infraestructuras, comunicaciones y servicios y que, por último, en una supuesta igualdad de condiciones, debe valorarse, dotándolo de un alto valor decisorio, el hecho de ser un territorio europeo nuestra montaña más alta.
Ha habido algunos acuerdos de instituciones públicas apoyando y exigiendo las más altas y continuas acciones diplomáticas con el objetivo de que la isla de La Palma sea el lugar elegido. También, en estos meses atrás ha habido llamadas de atención de eminentes científicos que han creído que las instituciones públicas, principalmente el Gobierno de España, no “están esforzándose todo lo que debiera para conseguir este extraordinario objetivo para España, Canarias y La Palma”. Estimamos, pues, que este Ayuntamiento de Gáldar, debe unirse a estas peticiones oficiales porque debemos mostrarnos unidos y con una defensa unánime en torno a este proyecto que seguro respaldan y aplauden nuestros vecinos.
Por todo lo expuesto, el grupo político Unión Progresista de Gáldar, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Instar al Gobierno de España a que proceda a impulsar todas las estrategias posibles y las acciones necesarias para que el supertelescopio europeo, E-ELT, se instale en el Observatorio del Roque de Los Muchachos en la Isla de La Palma.
SEGUNDO.- Remitir el presente acuerdo a la Presidencia del Gobierno de España, Ministerio de Ciencia e Innovación y a las Portavocías de los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados y en el Senado.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra Doña Ana Mª Vega Jorge, Concejal portavoz del grupo político UPG, para manifestar lo siguiente: "A través de esta moción, el grupo político Unión Progresista de Gáldar solicita el apoyo a la candidatura de La Palma para albergar el Telescopio Europeo Extremadamente Grande (E-ELT) y, convertir una de nuestras islas en referencia en innovación a nivel mundial. El Comité Científico del Observatorio Europeo Austral decidirá el lugar en que se instalará. Como bien dice la moción, lógicamente, será donde encuentre las más excelentes condiciones para la observación del Universo. Nadie en la comunidad científica duda, en estos momentos, de la extraordinaria situación en la que se encuentra el Roque de los Muchachos, en la isla de La Palma, para albergar esta y otras dotaciones científicas del más alto nivel. Allí, se encuentra uno de los conjuntos de telescopios más completos del mundo, debiendo destacar de entre ellos, el “Gran Telescopio Canarias” (Grantecan) que es el mayor telescopio del mundo de espejo segmentado y, sin duda, uno de los más avanzados telescopios para la investigación astronómica. No ofrece dudas, la repercusión económica que podría tener en la isla de La Palma la candidatura para acoger el Supertelescopio Europeo. Supondría duplicar en número de puestos de trabajo actual, en cuanto a los empleos directos. Y, en cuanto a los indirectos, significaría la necesidad de ubicar empresas en zonas industriales para el suministro de piezas al telescopio y para ayudar a su ensamblaje. Además, el E-ELT tiene un costo de construcción que superará los 1000 millones de euros a ejecutar en ocho años. El E-ELT está destinado a ser el mayor telescopio óptico – infrarrojo del mundo. Con un espejo primario de 42 metros de diámetro, tendrá una resolución sin precedentes y una sensibilidad miles de veces mayor que la de los telescopios espaciales. Su inicio de operación está previsto para el 2.018 y representará una auténtica revolución para la Astronomía moderna desde tierra. Mejorará enormemente el conocimiento astrofísico, permitiendo estudios detallados sobre planetas alrededor de otras estrellas, objetos primitivos y muy lejanos, agujeros negros supermasivos y la naturaleza y distribución de la materia oscura y la energía oscura que dominan el Universo. El Roque de los Muchachos lucha con el Desierto de Atacama en Chile para ser el destino de esta construcción científica. Nuestra Isla parte, sin duda alguna, con unas condiciones técnico-científicas, cuanto menos, iguales a las que puede ofrecer esa otra candidatura sudamericana. Unido a ello debemos manifestar que el Observatorio del Roque de los Muchachos cuenta con mejores infraestructuras, comunicaciones y servicios. Ha habido algunos acuerdos de instituciones públicas apoyando y exigiendo las más altas y continuas acciones diplomáticas con el objetivo de que la isla de La Palma sea el lugar elegido. También, en estos meses atrás, ha habido llamadas de atención de eminentes científicos que han creído que las instituciones públicas, principalmente, el Gobierno de España, no “están esforzándose todo lo que debiera para conseguir este extraordinario objetivo para España, Canarias y La Palma”. Estimamos, pues, que este Ayuntamiento de Gáldar, debe unirse a estas peticiones oficiales porque debemos mostrarnos unidos y con una defensa unánime en torno a este proyecto que seguro respaldan y aplauden nuestros vecinos.” Finaliza dando lectura a los acuerdos a adoptar ya contenidos con anterioridad en la moción transcrita y añadió que en la Comisión Informativa, el grupo de gobierno mostró su apoyo a esta moción y que se congratulan con ello.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Instar al Gobierno de España a que proceda a impulsar todas las estrategias posibles y las acciones necesarias para que el supertelescopio europeo, E-ELT, se instale en el Observatorio del Roque de Los Muchachos en la Isla de La Palma.
SEGUNDO.- Remitir el presente acuerdo a la Presidencia del Gobierno de España, Ministerio de Ciencia e Innovación y a las Portavocías de los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados y en el Senado.
E).- MOCIÓN DEL GRUPO DE GOBIERNO SOBRE DECLARACIÓN DE CÁDIZ “HACIA SOCIEDADES EFICIENTES Y SOSTENIBLES”, SUSCRITA POR MINISTRAS Y LÍDERES POLÍTICAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA EL DÍA 05 DE FEBRERO DE 2010.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Servicios Sociales, Sanidad, Consumo, del Mayor, de Igualdad entre Hombres y Mujeres, en el que se contiene la moción que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“De acuerdo y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Gáldar desea someter a la consideración del Pleno la siguiente MOCIÓN:
“Declaración de Cádiz”
HACIA SOCIEDADES EFICIENTES Y SOSTENIBLES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Recordando la I Cumbre de Mujeres en el Poder celebrada en Atenas en 1992, las declaraciones que se han sucedido en el ámbito de la UE y el actual Pacto Europeo por la igualdad entre mujeres y hombres, nosotras Ministras y líderes políticas de los Estados Miembros de la UE, reunidas en Cádiz, a iniciativa de los Gobiernos de España y Reino Unido, celebramos la II Cumbre Europea de Mujeres en el Poder.
Coincidiendo,
Que estos tiempos de crisis ofrecen una oportunidad única para el cambio, ya que la igualdad entre mujeres y hombres es una condición previa para el crecimiento sostenible, el empleo, la innovación, la competitividad y la cohesión social.
Que en 2010, la Comisión Europea renovará su compromiso de promover la igualdad, adoptando una estrategia que reemplace la actual hoja de ruta para la igualdad entre mujeres y hombres.
Que la Unión Europea aprobará una nueva estrategia de crecimiento y empleo para los próximos diez años.
Que se conmemora el XV aniversario de la Plataforma de Acción de Beijing.
Y que se han cumplido 30 años de la adopción de la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Constatamos que:
• La participación y representación de las mujeres en los niveles más elevados de responsabilidad y de toma de decisiones se mantiene en niveles muy bajos en todos los campos, pero particularmente en el ámbito económico, financiero y político.
• El aumento del nivel formativo de las mujeres no se ha correspondido con una presencia proporcional en los espacios de toma de decisiones, incluidos los puestos directivos de las grandes empresas y aquellos en los que se genera nuevo conocimiento.
• Este déficit de representación supone una pérdida del talento de las mujeres para la sociedad, sobre todo en el actual contexto de superación de la crisis económica y financiera.
• Las generaciones más jóvenes están reproduciendo comportamientos sexistas en los diferentes ámbitos de la vida, como muestran los datos sobre violencia de género, sobre la discriminación en el acceso y promoción profesional, o sobre la discriminación en las retribuciones y la protección social.
• Ante el reto demográfico que representa el envejecimiento progresivo de la población europea, las responsabilidades del cuidado siguen estando generalmente en manos de las mujeres.
• Los estereotipos sexistas siguen determinando un comportamiento diferenciado de mujeres y hombres y favoreciendo situaciones de discriminación. Los medios de comunicación juegan un papel decisivo en esta materia.
• A pesar de los progresos en igualdad de género, es necesario continuar avanzando para conseguir una igualdad real para todas las mujeres y hombres.
• La celebración de cumbres como éstas son un importante mecanismo para avanzar en igualdad.
Declaramos que:
• La calidad de nuestras democracias requiere una participación equilibrada de mujeres y hombres en los espacios de representatividad y en todos los ámbitos y niveles de toma de decisiones.
• La violencia contra las mujeres es una violación de los derechos humanos e impide su pleno desarrollo personal y profesional.
• La participación equilibrada de mujeres y hombres es un elemento indispensable para consolidar modelos democráticos inclusivos apoyados en la innovación, en la solidaridad y en la sostenibilidad.
• El acceso de más mujeres a puestos de decisión política favorece la incorporación de la igualdad en todas las acciones de los gobiernos.
• El acceso de más mujeres a puestos de decisión económica contribuye a promover la igualdad de género.
• La igualdad entre mujeres y hombres no es sólo una cuestión de derechos fundamentales y de justicia social, sino que es también una condición previa para lograr los objetivos en materia de crecimiento sostenible, empleo, competitividad, excelencia científica y cohesión social.
• La rentabilidad de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres se manifiesta en mayores tasas de empleo, más contribución al PIB, mayores ingresos fiscales, unos índices de natalidad sostenibles y mayor cohesión social.
• La discriminación en función del sexo es estructural y exige en consecuencia cambios estructurales y culturales en todos los órdenes de la vida.
• La igualdad entre mujeres y hombres, como ha demostrado la experiencia, es una respuesta sostenible para los retos del futuro, especialmente aquellos que hay que encarar en la próxima década.
Por ello, el Grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Gáldar presenta La Declaración de Cádiz, suscrita por ministras y lideres políticas de los estados miembros de la UE el día 5 de febrero de 2010 como MOCIÓN para su consideración y aceptación por el Pleno Municipal con los SIGUIENTES ACUERDOS:
• Nos comprometemos a trabajar para que los Estados Miembros y las instituciones de la UE aseguren una participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los espacios de responsabilidad.
• Nos comprometemos a trabajar para que los gobiernos nacionales y las instituciones de la UE promuevan la corresponsabilidad de mujeres y hombres en el ámbito doméstico y de los cuidados, contribuyendo así a facilitar el acceso igualitario de mujeres y hombres a los puestos de responsabilidad y de toma de decisiones.
• Nos comprometemos a trabajar para que la igualdad de género sea una prioridad en las agendas políticas de los Estados Miembros de la UE y a intensificar nuestros esfuerzos para identificar y abordar los obstáculos que dificultan, impiden o limitan la participación de las mujeres en los ámbitos de responsabilidad, en particular de decisión política y económica y de generación de conocimiento.
• Nos comprometemos a impulsar en nuestros Gobiernos e instituciones europeas la consideración de posibles cambios normativos, que incorporen la transversalidad de género, medidas de acción positiva, umbrales y metas que promuevan una participación más equilibrada de las mujeres y los hombres en los ámbitos políticos, públicos y económicos.
• Nos comprometemos a trabajar para incorporar la dimensión de género en las respuestas frente a la crisis económica, financiera y de empleo, teniendo en cuenta el distinto impacto que ésta tiene en mujeres y hombres y para que ello se refleje en la próxima Estrategia 2020.
• Nos comprometemos a poner al servicio de la sociedad nuestra posición estratégica y nuestra experiencia para eliminar y prevenir todo tipo de discriminación.
• Nos comprometemos a explorar con las instituciones europeas y con los Estados Miembros la posibilidad de celebrar periódicamente próximas cumbres de Ministras y líderes políticas.
• Nos comprometemos a promover la igualdad de género en la Acción Exterior y en la Cooperación al Desarrollo de la Unión Europea.
• Nos comprometemos a apoyar la futura entidad de género de Naciones Unidas para avanzar en la capacitación de las mujeres de todo el mundo y respaldar a aquellas que se enfrentan con mayores dificultades.
Hacemos un llamamiento a los Gobiernos de los 27 Estados Miembros, a las instituciones de la UE, a los agentes sociales y económicos, a los medios de comunicación, a las instituciones académicas y científicas y a todos los hombres y mujeres, para que remuevan los obstáculos que impiden la plena participación de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad y su acceso y permanencia en los puestos de toma de decisiones, contribuyendo así a sociedades más justas, más iguales, más inclusivas y eficientes.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra el Sr. Concejal de Igualdad entre Hombres y Mujeres, Don Bernardo Macías Gutiérrez, quien manifestó que esta propuesta que hoy se trae a pleno va en la línea de apoyar desde nuestras posibilidades, las iniciativas que tiendan a conseguir disminuir las desigualdades entre género. Seguidamente dio lectura a la moción ya contenida con anterioridad.
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, manifestó lo siguiente: "El pasado 3 de febrero se celebró en Cádiz la Cumbre Europea de Ministras, que concluyó con la adopción de una declaración política, la “Declaración de Cádiz”, que llama a los Gobiernos que conforman la Unión Europea, a derribar los obstáculos que impiden la plena inserción de las mujeres en el ámbito laboral y social, con el objetivo de crear unas sociedades más justas, más iguales, más inclusivas y más eficientes, donde se resaltaba que, la plena incorporación de las mujeres en todos los ámbitos es necesaria “no podemos pretender una sociedad moderna y avanzada dando la espalda a la incontestable realidad de un enorme capital humano desaprovechado y de una mitad de la población insuficientemente representada”. Además, también, se quiso resaltar que esa cumbre debía suponer “el impulso definitivo para alcanzar la participación equilibrada de las mujeres en los órganos políticos, democráticos y también, en los poderes sociales en general”. Nosotros vamos a apoyar esta moción. Esperando que, en el caso de este Ayuntamiento, en particular, no volvamos a oír declaraciones como las que hizo el Alcalde en el último pleno referente a mi persona y a la de mi compañera, tal como consta en acta. Esto es: “… tiene que salir el anterior Alcalde a defenderlas. Pero es que cuando no se tiene cintura política, tiene que salir a ver si podemos echar un capote…”. Se dirige a Don Manuel, diciéndole que ponga orden en su grupo, como jefe de su grupo político…” o añadió “que él tendría que reprender a estas personas porque son de su grupo político”. Por lo tanto, entendemos que el reconocimiento de los derechos de las mujeres y su ejercicio tienen que estar asegurados por todos.”
Don Bernardo Macías Gutiérrez, Concejal de Igualdad entre Hombres y Mujeres, manifestó lo siguiente: “Agradecer el apoyo porque es muy importante que este tipo de iniciativas sean apoyadas por unanimidad y en ese sentido, entendemos que nuestra Concejalía y este Ayuntamiento, independientemente de que se pueda tener momentos concretos, a lo mejor alguna intervención de cualquiera de nosotros, puede no tener la altura adecuada, vamos a seguir luchando para que la igualdad entre mujeres y hombres en nuestra sociedad local y en nuestra sociedad en general, sea cada vez mas real y efectiva.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "No sé si contestarle porque no esperaba, en el tema de la desigualdad de género, que entraran también a saco contra el Alcalde. Pero como es táctica habitual de ustedes, igual esperan que yo arme aquí “un sal pa fuera” y están equivocados. Hoy he venido con mucha tranquilidad. Pero sí les digo, que el respeto hacia las demás personas no sabe ni de género ni de sexo. Cuando yo el otro día le llamaba al orden, daba igual que usted fuera mujer o que fuera hombre. Simplemente yo le llamaba para que respetara que en ese punto no tenía que volver hablar del punto anterior. Pero sin embargo, usted cree que es porque usted es mujer. Nada más lejos de la realidad.”
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
• Nos comprometemos a trabajar para que los Estados Miembros y las instituciones de la UE aseguren una participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los espacios de responsabilidad.
• Nos comprometemos a trabajar para que los gobiernos nacionales y las instituciones de la UE promuevan la corresponsabilidad de mujeres y hombres en el ámbito doméstico y de los cuidados, contribuyendo así a facilitar el acceso igualitario de mujeres y hombres a los puestos de responsabilidad y de toma de decisiones.
• Nos comprometemos a trabajar para que la igualdad de género sea una prioridad en las agendas políticas de los Estados Miembros de la UE y a intensificar nuestros esfuerzos para identificar y abordar los obstáculos que dificultan, impiden o limitan la participación de las mujeres en los ámbitos de responsabilidad, en particular de decisión política y económica y de generación de conocimiento.
• Nos comprometemos a impulsar en nuestros Gobiernos e instituciones europeas la consideración de posibles cambios normativos, que incorporen la transversalidad de género, medidas de acción positiva, umbrales y metas que promuevan una participación más equilibrada de las mujeres y los hombres en los ámbitos políticos, públicos y económicos.
• Nos comprometemos a trabajar para incorporar la dimensión de género en las respuestas frente a la crisis económica, financiera y de empleo, teniendo en cuenta el distinto impacto que ésta tiene en mujeres y hombres y para que ello se refleje en la próxima Estrategia 2020.
• Nos comprometemos a poner al servicio de la sociedad nuestra posición estratégica y nuestra experiencia para eliminar y prevenir todo tipo de discriminación.
• Nos comprometemos a explorar con las instituciones europeas y con los Estados Miembros la posibilidad de celebrar periódicamente próximas cumbres de Ministras y líderes políticas.
• Nos comprometemos a promover la igualdad de género en la Acción Exterior y en la Cooperación al Desarrollo de la Unión Europea.
• Nos comprometemos a apoyar la futura entidad de género de Naciones Unidas para avanzar en la capacitación de las mujeres de todo el mundo y respaldar a aquellas que se enfrentan con mayores dificultades.
Hacemos un llamamiento a los Gobiernos de los 27 Estados Miembros, a las instituciones de la UE, a los agentes sociales y económicos, a los medios de comunicación, a las instituciones académicas y científicas y a todos los hombres y mujeres, para que remuevan los obstáculos que impiden la plena participación de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad y su acceso y permanencia en los puestos de toma de decisiones, contribuyendo así a sociedades más justas, más iguales, más inclusivas y eficientes.
3º.- ORDENANZA REGULADORA DE LA NOMINACIÓN Y ROTULACIÓN DE CALLES Y DEMÁS VÍAS URBANAS DE GÁLDAR. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“- Que se emita Dictamen por la Comisión Informativa de Gobernación en relación con la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de NOMINACIÓN Y ROTULACIÓN DE CALLES Y DEMÁS VÍAS URBANAS.
- Que se eleve al Pleno de la Corporación para que se acuerde lo que estime conveniente.
Iniciado el turno de intervenciones se acuerda introducir algunas modificaciones a la ordenanza de manera que por los miembros de la Comisión Informativa de Gobernación se acuerda las siguientes enmiendas al texto de la ordenanza:
1.- En el artículo 10 sustituir “el responsable del protocolo” por “un técnico de la Concejalía de Cultura”. Así mismo añadir a la composición de la Comisión Técnica un representante de las asociaciones de vecinos designado por la Federación de Asociaciones de Vecinos y el Archivero Municipal.
2.- En el artículo 15.2 añadir un punto que diga “otros criterios”.
ORDENANZA REGULADORA DE LA NOMINACIÓN Y ROTULACIÓN DE CALLES Y DEMÁS VÍAS URBANAS DE GÁLDAR.
PREÁMBULO
La rotulación a título honorífico de calles, plazas, paseos, parques, monumentos, etc., prevista en el artículo 35 del Reglamento de Honores y Distinciones aprobado definitivamente el 24 de Abril de 2008, recoge esta forma de reconocimiento o distinción para aquellas personas físicas, entidades, organismos e instituciones merecedoras de reconocimiento público.
En dicho artículo, se establece que las concesiones se harán en función de las recomendaciones establecidas por el Instituto Canario de Estadística en su Resolución de 19 de septiembre de 1995, publicada por el BOC del miércoles 8 de noviembre de 1995, para la denominación de calles y su rotulación.
A la vista de la normativa existente, lo que se pretende es ampliar y regular de una forma más cumplida los criterios orientativos para la asignación de nombre a las vías y espacios urbanos, en particular cuando son propios de personas o entidades.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
El objeto de la presente Ordenanza es regular los criterios para la denominación y rotulación de las calles, vías urbanas y espacios públicos y el procedimiento para la asignación de nombres.
Artículo 2
La presente ordenanza será de aplicación a todo el término municipal de Gáldar.
CAPÍTULO II
COMPETENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 3
La competencia para el otorgamiento de nombres a las vías y espacios públicos urbanos, así como los cambios ulteriores de denominación de los mismos, corresponde exclusivamente al Ayuntamiento.
Artículo 4
Sólo los nombres atribuidos por el Ayuntamiento tendrán carácter oficial y validez a todos los efectos legales y su uso será obligatorio.
Artículo 5
Se entenderán comprendidos en la expresión genérica de vías y espacios públicos urbanos cuantos nombres comunes se utilicen habitualmente precediendo al nombre propio y hacen referencia a su configuración y características tales como avenida, calle, pasaje, glorieta, paseo, plaza, travesía, parques, monumentos, edificios, instalaciones deportivas, etc.
CAPÍTULO III
PROCEDIMIENTO
Artículo 6
El procedimiento para la atribución de nombre a las vías y espacios urbanos se iniciará de oficio o a instancia de parte, pudiendo actuar como tal, instituciones, asociaciones o particulares interesados.
Artículo 7
Cuando la propuesta es a instancia de parte, ésta habrá de canalizarse a través del Área de Cultura.
Artículo 8
El expediente de estudio de la nominación debe contener la propuesta de denominación de la vía o espacio urbano, un plano de la situación, justificación o exposición razonada de la misma, así como una biografía/currículum o méritos de la persona o entidad pública a la que se pretende reconocer.
Artículo 9
La admisión y tramitación de los nombres propuestos a instancia de parte –sobre todo cuando se refieren a personas de la comunidad-, sólo se realizará si la solicitud viene acompañada y avalada por firmas o cartas de apoyo, bien sean de instituciones, asociaciones u otros colectivos, o de particulares, que demuestren o justifiquen que la solicitud responde a la demanda de un grupo amplio de la comunidad, debiendo adjuntarse biografía de la persona, institución u organismo a quien se quiere dedicar la calle.
En el caso de propuestas para nominar calles en los barrios es necesario que la propuesta esté avalada por las firmas de al menos el 55% de los vecinos residentes en dicho barrio.
Artículo 10
Todos los expedientes, ya se refieran a propuestas iniciadas de oficio o a instancia de parte, serán estudiados y valorados por una Comisión Técnica creada al efecto y que será presidida por el Concejal Delegado de Cultura, o persona en quien delegue, e integrada por los concejales, en la misma proporción que en la Comisión Informativa de Desarrollo Sociocultural, el Cronista Oficial del municipio, un técnico de la Concejalía de Cultura, un representante de las asociaciones de vecinos designado por la Federación de Asociaciones de Vecinos y el archivero municipal, así como las alegaciones opuestas a la solicitud que en su caso se hicieran y realizará un informe-propuesta que trasladará al Alcalde-Presidente.
Artículo 11
La aprobación definitiva de la denominación de las vías y espacios urbanos compete en todo caso al Ayuntamiento en Pleno, previo dictamen de la Comisión Técnica, que no será vinculante.
Artículo 12
Los nombres contenidos en las propuestas no podrán utilizarse, ni tendrán valor oficial hasta tanto hayan sido aprobados.
Artículo 13
Los acuerdos se comunicarán a cuantas personas figuren como interesadas y a las personas, instituciones u organismos que puedan resultar particularmente afectados.
Artículo 14
Los nombres aprobados definitivamente, si no han sido aprobados para una calle o vía concreta, pasarán a formar parte de una lista o repertorio de nombres que se utilizarán para nominar las vías de nueva creación.
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE NOMBRES
Artículo 15
La rotulación de las vías urbanas se ajustará a los siguientes criterios:
1).- Cada vía urbana estará designada por un nombre aprobado por el Ayuntamiento. La elección de este nombre es, por su propia naturaleza, libre y discrecional, debiendo ser adecuado para su identificación y uso general.
2).- En la atribución de nombres propios o de entidades se tendrán en cuenta:
- Los servicios y actividades especiales realizadas a favor de nuestro municipio, o por su relevancia indiscutible en el ámbito científico, cultural, artístico, deportivo, social, etc.
- La realización de forma altruista de labores a favor de nuestro municipio y sea digna de reconocimiento.
- La contribución de forma amplia a la difusión de valores culturales, históricos, artísticos, etc. de nuestro municipio más allá de nuestras fronteras municipales.
- La existencia de una vinculación directa y fehaciente con el municipio.
- Otros criterios propuestos por la Comisión.
3).- En los sectores urbanos (zonas delimitadas dentro de un continuum urbano que tienen singularidad geográfica, histórica o de otro tipo) y en los núcleos de población que tengan identidad y/o denominación propia, se procurará utilizar nombres de la misma naturaleza o procedencia, con la finalidad de lograr homogeneidad y facilitar la identificación y localización de las calles y vías públicas. El mismo criterio se tendrá en cuenta para la asignación de varios nombres a la vez, cuando se refieran a nuevas construcciones, para una mayor facilidad de identificación y localización.
4).- No se repetirán nombres ya existentes en el callejero, aunque se trate de aplicarlos a vías o espacios públicos de distinta naturaleza o se presenten bajo formas aparentemente diversas pero referidas a la misma persona o acontecimiento.
5).- No se podrán fraccionar calles que por su morfología deban ser de denominación única. Cada vía pública ostentará en todo su trazado un solo nombre, a menos que varíe la dirección en ángulo recto o que esté atravesada por un accidente físico, otra calle o plaza que modifiquen su trazado de tal manera, que convenga considerar cada tramo como una calle distinta.
6).- Se mantendrán los nombres actuales que se hayan consolidado por el uso popular. Las modificaciones de nombres preexistentes solo procederá en aquellos supuestos que se hallen debidamente justificados en la proposición, y serán ponderados por la Comisión Técnica atendiendo a los posibles perjuicios que pudieran derivarse para los vecinos afectados por dicha modificación.
7).- En la denominación de calles con nombres de personas, regirán además los siguientes criterios:
7.a.- La utilización de nombres propios de extranjeros deberá hacerse teniendo en cuenta siempre que su fonética o pronunciación no se diferencie demasiado de su ortografía, de manera que nunca resulte dificultosa su adaptación y uso por los ciudadanos. En cualquier caso, se escribirán en el idioma del país de origen del personaje.
7.b.- Los nombres de personas se procurará que sean cortos, claros e inconfundibles utilizándose el nombre y apellido o los dos apellidos sin nombre, debiendo ir precedidos de la profesión si ésta supone una mayor identificación (“compositor”, “doctor”, “poeta”...).
7.c.- Se usarán los seudónimos o nombres artísticos siempre que las personas sean más conocidas por éstos que por su nombre real, con el fin de una mayor identificación.
7.d.- No anteponer el tratamiento al nombre de ningún personaje en las placas de rotulación.
7.e.- Se prescindirá del uso de la preposición “de” en la denominación de calles (“calle de...”), siguiendo la tendencia simplificadora cada vez más consolidada y extendida en el uso coloquial del lenguaje.
CAPÍTULO V
ROTULACIÓN
Artículo 16
La rotulación de las vías públicas tiene carácter de servicio público y se efectuará mediante placa fijada a las fachadas de los edificios que las definen. Cuando exista imposibilidad, física o técnica, de señalizar por el sistema anterior o sea más conveniente recurrir a otros procedimientos, se rotulará mediante señal vertical.
Artículo 17
Los rótulos de las vías públicas deben ser bien visibles y estar colocados a la entrada y salida de las mismas y en una, al menos, de las esquinas de cada cruce. En las plazas se colocará el rótulo elegido en su edificio preeminente y en sus principales accesos.
Artículo 18
En ningún caso, los particulares, asociaciones y otras instituciones podrán colocar rótulos de calles distintos al modelo oficial (letras en molde o placas de metacrilato), ya que se perjudicaría la unidad de imagen en la rotulación que debe tener la ciudad.
Artículo 19
La competencia para ordenar la ejecución de la rotulación física de nombres se ejerce por el Área de Cultura que utilizará rótulos que sean acordes con otros elementos del mobiliario urbano del conjunto de la ciudad. En el caso de los rótulos conmemorativos o de homenaje, también corresponde a esta área su elaboración y colocación conforme a un modelo único fijado al efecto.
CAPÍTULO VI
DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 20
Los propietarios no podrán oponerse a la figuración en las fachadas de sus casas de los rótulos de calles, dirección de circulación o cualquier otra indicación que se refiera al servicio público.
Queda prohibido alterar u ocultar la rotulación o numeración de vías y edificios.
Los propietarios tienen la obligación de colocar los números de las casas, y en la forma que en su caso pueda establecerse.
Artículo 21
Cualquier incumplimiento de las prohibiciones y deberes citados dará lugar a requerimiento para su corrección. En caso de desobediencia podrá imponerse una multa coercitiva estableciéndose un nuevo plazo, sin perjuicio de otras formas de ejecución forzosa.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra el Sr. Concejal de Cultura, Don Manuel Mateos Ruiz, para manifestar lo siguiente: “Vamos a proceder a la presentación y aprobación si procede, de esta ordenanza. La redacción de la misma pretende hacer una regulación propia y más amplia de la denominación y rotulación de calles a través del establecimiento de unos criterios orientativos a tener en cuenta, sobre todo a la hora de nominar calles, u otras vías, con el nombre propio de personas o entidades. Esta fórmula de reconocimiento viene establecida en el Reglamento de Honores y Distinciones en su artículo 35, que nos remite a la resolución del Instituto Canario de Estadísticas, en la que se establece unas recomendaciones a los ayuntamientos de Canarias para la denominación y rotulación de calles, haciendo nuestro, muchos de los aspectos regulados en dicha resolución, así como recogiendo aspectos nuevos que se consideran necesarios que estuviesen contemplados. Es como ha surgido el contenido de esta ordenanza. Está compuesta por un preámbulo, seis capítulos con veintiún artículos y una disposición final. En la misma se recogen, entre otros aspectos, el objeto de la misma, establecer los criterios para la denominación y rotulación de calles y demás vías urbanas, así como el ámbito de aplicación. Es decir, todo el término municipal. La competencia para el otorgamiento corresponde, exclusivamente, al Ayuntamiento y se señalan los nombres contenidos en la expresión genérica de vías y espacios públicos. El procedimiento para el otorgamiento de nombres, tal y como viene recogido en la ordenanza, puede iniciarse de oficio o a instancia de parte o a través del área de Cultura, en este caso. Se recoge además, la creación de una comisión técnica que será la encargada del estudio del expediente, así como cual debe ser el contenido de la solicitud, quedando la aprobación definitiva para el Ayuntamiento Pleno. También se recogen una serie de criterios para la asignación de nombres y su posterior rotulación.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, manifestó lo siguiente: " El texto de esta ordenanza se nos entregó al día siguiente de habernos convocado para la Comisión Informativa de Gobernación y, ese mismo día, la persona de confianza de Cultura nos dice que si queremos aportar algo. Dado que no hubo voluntad por parte del grupo de gobierno de entregarnos con anterioridad dicho documento y, por tanto, que saliera adelante con el consenso de todos, nosotros nos vamos a abstener y, en el periodo de exposición al público, presentaremos las alegaciones pertinentes. Lo que sí rogamos es que sería conveniente que, también, colgaran en la página Web del Ayuntamiento dicha ordenanza, para que cualquier vecino/vecina que acceda a la misma, tenga oportunidad de conocerla y, plantear las alegaciones que consideren convenientes.”
Cierra el debate el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando que van a tomar nota de la sugerencia.
No produciéndose más intervenciones, por la Presidencia se somete a votación la propuesta debatida y, preguntados los Señores Concejales por su intención de voto, dio el siguiente resultado: Votos a favor diez (6 BNR-NC y 4 PSOE ), votos en contra ninguno y abstención nueve (5 PP y 4 UPG), por lo que con este resultado el Sr. Alcalde declaró adoptados los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza reguladora de la nominación y rotulación de calles y demás vías urbanas de Gáldar, con las modificaciones indicadas en la enmienda realizada a la misma y con la redacción que a continuación se recoge:
ORDENANZA REGULADORA DE LA NOMINACIÓN Y ROTULACIÓN DE CALLES Y DEMÁS VÍAS URBANAS DE GÁLDAR.
PREÁMBULO
La rotulación a título honorífico de calles, plazas, paseos, parques, monumentos, etc., prevista en el artículo 35 del Reglamento de Honores y Distinciones aprobado definitivamente el 24 de Abril de 2008, recoge esta forma de reconocimiento o distinción para aquellas personas físicas, entidades, organismos e instituciones merecedoras de reconocimiento público.
En dicho artículo, se establece que las concesiones se harán en función de las recomendaciones establecidas por el Instituto Canario de Estadística en su Resolución de 19 de septiembre de 1995, publicada por el BOC del miércoles 8 de noviembre de 1995, para la denominación de calles y su rotulación.
A la vista de la normativa existente, lo que se pretende es ampliar y regular de una forma más cumplida los criterios orientativos para la asignación de nombre a las vías y espacios urbanos, en particular cuando son propios de personas o entidades.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
El objeto de la presente Ordenanza es regular los criterios para la denominación y rotulación de las calles, vías urbanas y espacios públicos y el procedimiento para la asignación de nombres.
Artículo 2
La presente ordenanza será de aplicación a todo el término municipal de Gáldar.
CAPÍTULO II
COMPETENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 3
La competencia para el otorgamiento de nombres a las vías y espacios públicos urbanos, así como los cambios ulteriores de denominación de los mismos, corresponde exclusivamente al Ayuntamiento.
Artículo 4
Sólo los nombres atribuidos por el Ayuntamiento tendrán carácter oficial y validez a todos los efectos legales y su uso será obligatorio.
Artículo 5
Se entenderán comprendidos en la expresión genérica de vías y espacios públicos urbanos cuantos nombres comunes se utilicen habitualmente precediendo al nombre propio y hacen referencia a su configuración y características tales como avenida, calle, pasaje, glorieta, paseo, plaza, travesía, parques, monumentos, edificios, instalaciones deportivas, etc.
CAPÍTULO III
PROCEDIMIENTO
Artículo 6
El procedimiento para la atribución de nombre a las vías y espacios urbanos se iniciará de oficio o a instancia de parte, pudiendo actuar como tal, instituciones, asociaciones o particulares interesados.
Artículo 7
Cuando la propuesta es a instancia de parte, ésta habrá de canalizarse a través del Área de Cultura.
Artículo 8
El expediente de estudio de la nominación debe contener la propuesta de denominación de la vía o espacio urbano, un plano de la situación, justificación o exposición razonada de la misma, así como una biografía/currículum o méritos de la persona o entidad pública a la que se pretende reconocer.
Artículo 9
La admisión y tramitación de los nombres propuestos a instancia de parte –sobre todo cuando se refieren a personas de la comunidad-, sólo se realizará si la solicitud viene acompañada y avalada por firmas o cartas de apoyo, bien sean de instituciones, asociaciones u otros colectivos, o de particulares, que demuestren o justifiquen que la solicitud responde a la demanda de un grupo amplio de la comunidad, debiendo adjuntarse biografía de la persona, institución u organismo a quien se quiere dedicar la calle.
En el caso de propuestas para nominar calles en los barrios es necesario que la propuesta esté avalada por las firmas de al menos el 55% de los vecinos residentes en dicho barrio.
Artículo 10
Todos los expedientes, ya se refieran a propuestas iniciadas de oficio o a instancia de parte, serán estudiados y valorados por una Comisión Técnica creada al efecto y que será presidida por el Concejal Delegado de Cultura, o persona en quien delegue, e integrada por los concejales, en la misma proporción que en la Comisión Informativa de Desarrollo Sociocultural, el Cronista Oficial del municipio, un técnico de la Concejalía de Cultura, un representante de las asociaciones de vecinos designado por la Federación de Asociaciones de Vecinos y el archivero municipal, así como las alegaciones opuestas a la solicitud que en su caso se hicieran y realizará un informe-propuesta que trasladará al Alcalde-Presidente.
Artículo 11
La aprobación definitiva de la denominación de las vías y espacios urbanos compete en todo caso al Ayuntamiento en Pleno, previo dictamen de la Comisión Técnica, que no será vinculante.
Artículo 12
Los nombres contenidos en las propuestas no podrán utilizarse, ni tendrán valor oficial hasta tanto hayan sido aprobados.
Artículo 13
Los acuerdos se comunicarán a cuantas personas figuren como interesadas y a las personas, instituciones u organismos que puedan resultar particularmente afectados.
Artículo 14
Los nombres aprobados definitivamente, si no han sido aprobados para una calle o vía concreta, pasarán a formar parte de una lista o repertorio de nombres que se utilizarán para nominar las vías de nueva creación.
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE NOMBRES
Artículo 15
La rotulación de las vías urbanas se ajustará a los siguientes criterios:
1).- Cada vía urbana estará designada por un nombre aprobado por el Ayuntamiento. La elección de este nombre es, por su propia naturaleza, libre y discrecional, debiendo ser adecuado para su identificación y uso general.
2).- En la atribución de nombres propios o de entidades se tendrán en cuenta:
- Los servicios y actividades especiales realizadas a favor de nuestro municipio, o por su relevancia indiscutible en el ámbito científico, cultural, artístico, deportivo, social, etc.
- La realización de forma altruista de labores a favor de nuestro municipio y sea digna de reconocimiento.
- La contribución de forma amplia a la difusión de valores culturales, históricos, artísticos, etc. de nuestro municipio más allá de nuestras fronteras municipales.
- La existencia de una vinculación directa y fehaciente con el municipio.
- Otros criterios propuestos por la Comisión.
3).- En los sectores urbanos (zonas delimitadas dentro de un continuum urbano que tienen singularidad geográfica, histórica o de otro tipo) y en los núcleos de población que tengan identidad y/o denominación propia, se procurará utilizar nombres de la misma naturaleza o procedencia, con la finalidad de lograr homogeneidad y facilitar la identificación y localización de las calles y vías públicas. El mismo criterio se tendrá en cuenta para la asignación de varios nombres a la vez, cuando se refieran a nuevas construcciones, para una mayor facilidad de identificación y localización.
4).- No se repetirán nombres ya existentes en el callejero, aunque se trate de aplicarlos a vías o espacios públicos de distinta naturaleza o se presenten bajo formas aparentemente diversas pero referidas a la misma persona o acontecimiento.
5).- No se podrán fraccionar calles que por su morfología deban ser de denominación única. Cada vía pública ostentará en todo su trazado un solo nombre, a menos que varíe la dirección en ángulo recto o que esté atravesada por un accidente físico, otra calle o plaza que modifiquen su trazado de tal manera, que convenga considerar cada tramo como una calle distinta.
6).- Se mantendrán los nombres actuales que se hayan consolidado por el uso popular. Las modificaciones de nombres preexistentes solo procederá en aquellos supuestos que se hallen debidamente justificados en la proposición, y serán ponderados por la Comisión Técnica atendiendo a los posibles perjuicios que pudieran derivarse para los vecinos afectados por dicha modificación.
7).- En la denominación de calles con nombres de personas, regirán además los siguientes criterios:
7.a.- La utilización de nombres propios de extranjeros deberá hacerse teniendo en cuenta siempre que su fonética o pronunciación no se diferencie demasiado de su ortografía, de manera que nunca resulte dificultosa su adaptación y uso por los ciudadanos. En cualquier caso, se escribirán en el idioma del país de origen del personaje.
7.b.- Los nombres de personas se procurará que sean cortos, claros e inconfundibles utilizándose el nombre y apellido o los dos apellidos sin nombre, debiendo ir precedidos de la profesión si ésta supone una mayor identificación (“compositor”, “doctor”, “poeta”...).
7.c.- Se usarán los seudónimos o nombres artísticos siempre que las personas sean más conocidas por éstos que por su nombre real, con el fin de una mayor identificación.
7.d.- No anteponer el tratamiento al nombre de ningún personaje en las placas de rotulación.
7.e.- Se prescindirá del uso de la preposición “de” en la denominación de calles (“calle de...”), siguiendo la tendencia simplificadora cada vez más consolidada y extendida en el uso coloquial del lenguaje.
CAPÍTULO V
ROTULACIÓN
Artículo 16
La rotulación de las vías públicas tiene carácter de servicio público y se efectuará mediante placa fijada a las fachadas de los edificios que las definen. Cuando exista imposibilidad, física o técnica, de señalizar por el sistema anterior o sea más conveniente recurrir a otros procedimientos, se rotulará mediante señal vertical.
Artículo 17
Los rótulos de las vías públicas deben ser bien visibles y estar colocados a la entrada y salida de las mismas y en una, al menos, de las esquinas de cada cruce. En las plazas se colocará el rótulo elegido en su edificio preeminente y en sus principales accesos.
Artículo 18
En ningún caso, los particulares, asociaciones y otras instituciones podrán colocar rótulos de calles distintos al modelo oficial (letras en molde o placas de metacrilato), ya que se perjudicaría la unidad de imagen en la rotulación que debe tener la ciudad.
Artículo 19
La competencia para ordenar la ejecución de la rotulación física de nombres se ejerce por el Área de Cultura que utilizará rótulos que sean acordes con otros elementos del mobiliario urbano del conjunto de la ciudad. En el caso de los rótulos conmemorativos o de homenaje, también corresponde a esta área su elaboración y colocación conforme a un modelo único fijado al efecto.
CAPÍTULO VI
DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 20
Los propietarios no podrán oponerse a la figuración en las fachadas de sus casas de los rótulos de calles, dirección de circulación o cualquier otra indicación que se refiera al servicio público.
Queda prohibido alterar u ocultar la rotulación o numeración de vías y edificios.
Los propietarios tienen la obligación de colocar los números de las casas, y en la forma que en su caso pueda establecerse.
Artículo 21
Cualquier incumplimiento de las prohibiciones y deberes citados dará lugar a requerimiento para su corrección. En caso de desobediencia podrá imponerse una multa coercitiva estableciéndose un nuevo plazo, sin perjuicio de otras formas de ejecución forzosa.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
SEGUNDO.- Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
4º.- REDENCIÓN DEL CENSO RESERVATIVO DEL LOTE Nº 34 DE LLANOS DE CALETA SOLICITADO POR DOÑA JUANA TERESA GUTIÉRREZ MONTESDEOCA. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Gobernación, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Vista la solicitud de Doña Juana Teresa Gutiérrez Montesdeoca como copropietaria y, la posterior autorización de Don Antonio Ojeda Medina como propietario de la otra mitad del lote nº 34 del Censo reservativo de Llanos de Caleta, se propone al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Redimir el censo que graba el lote nº 34 de la parcela Llanos de Caleta, que ocupa la extensión superficial de setenta y nueve áreas, setenta y seis centiáreas, nueve mil doscientos cincuenta centímetros cuadrados y linda: al Naciente, con el número treinta y siete adjudicado a Doña Dolores Castillo Santana; al Poniente, Carretera de Caleta; al Norte, con camino en proyecto y al Sur, con el lote número treinta y tres adjudicado a Don Valeriano Padrón Rodríguez.
SEGUNDO.- Facultar al Señor Alcalde-Presidente para el otorgamiento, si procede, de la escritura de redención, siendo de cuenta del censatario el pago de los gastos que por tal motivo se ocasione.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, para manifestar lo siguiente: “Lo que se pretende y según aparece en el informe de la Secretaria, en el expediente consta que se han cumplimentado los requisitos necesarios al efecto y que el código civil establece en sus artículos 1661 y siguientes, esto es, el pago del capital y el abono de un canon anual anticipado. Por tanto, el segundo punto procede que por parte del Ayuntamiento, se acuerde la redención del censo que grava el citado lote, facultando al Sr. Alcalde Presidente para el otorgamiento de la correspondiente escritura pública de redención, siendo de cuenta del censatario el pago de los gastos que por tal motivo se ocasionen, tal y como establece el artículo 1612 del Código Civil. Por lo tanto, es mero trámite de cara a poder celebrar dicha escritura.”
No produciéndose más intervenciones, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Redimir el censo que graba el lote nº 34 de la parcela Llanos de Caleta, que ocupa la extensión superficial de setenta y nueve áreas, setenta y seis centiáreas, nueve mil doscientos cincuenta centímetros cuadrados y linda: al Naciente, con el número treinta y siete adjudicado a Doña Dolores Castillo Santana; al Poniente, Carretera de Caleta; al Norte, con camino en proyecto y al Sur, con el lote número treinta y tres adjudicado a Don Valeriano Padrón Rodríguez.
SEGUNDO.- Facultar al Señor Alcalde-Presidente para el otorgamiento, si procede, de la escritura de redención, siendo de cuenta del censatario el pago de los gastos que por tal motivo se ocasione.
5º.- ALEGACIÓN AL EXPEDIENTE DE MODIFICACIONES NO CUALIFICADAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE GÁLDAR APROBADAS POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EN SESIÓN CELEBRADA EL 25 DE JUNIO DE 2009. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“A la vista del informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 16 de marzo de 2010 y del informe jurídico de fecha 17 de marzo de 2010, la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras acordó proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Desestimar la alegación presentada por Don Juan Fermín Valeriano Sosa Guillén en su propio nombre y en representación de la “Plataforma Ciudadana Pro-declaración de bien de Interés Cultural Vega de Gáldar” y “Plataforma Huertas del Rey” a la Modificación nº 8 y nº 9 del Plan General de Ordenación Urbana, al admitir los razonamientos expuestos en el Informe técnico de fecha 16 de marzo de 2010 y que se señalan a continuación:
“1º. Referido a “la anulación de todo el proceso seguido”.
“....el trámite de información pública establecido en el acuerdo plenario de 25 de junio de 2009 se refiere a la nueva redacción dada a las modificaciones que venían numeradas como nº8 y nº 9. En concreto dicho acuerdo recoge textualmente:
PRIMERO.- Someter a nueva aprobación inicial, al haberse introducido cambios sustanciales como consecuencia del trámite de cooperación interadministrativa con relevancia territorial, las siguientes Modificaciones No Cualificadas del Plan General de Ordenación, promovidas por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detallan en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 10 de junio de 2009 y que a continuación se enumeran:
8ª.- Modificación del artículo 48. Condiciones generales de las viviendas unifamiliares en Asentamientos Rurales y Agrícolas, de las Normas Urbanísticas de la Ordenación Pormenorizada, y en correlación modificación del artículo 83. Condiciones Generales de los Usos, Actividades, Construcciones e Instalaciones en Suelo Rústico, de las Normas Urbanísticas de la ordenación estructural.
9ª.- Modificaciones de los artículos; artículo 89 Suelo Rústico de Protección Natural, artículo 90 Suelo Rústico de Protección Paisajística, artículo 92 Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva, y artículo 93 Suelo Rústico de Protección Agraria Hortícola, de las Normas Urbanísticas de la ordenación estructural.
SEGUNDO.- Someter las referidas modificaciones no cualificadas del Plan General de Ordenación de Gáldar a información pública por plazo de un mes mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación territorial la exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental de las “Modificaciones de los artículos; artículo 89 Suelo Rústico de Protección Natural, artículo 90 Suelo Rústico de Protección Paisajística, artículo 92 Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva, y artículo 93 Suelo Rústico de Protección Agraria Hortícola, de las Normas Urbanísticas de la ordenación estructural”, al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de las modificaciones de carácter menor.
Sin embargo, en el escrito de la alegación en el punto segundo-parte analítica se centra en “que no se debe excluir del trámite de Evaluación Ambiental, las partes que se solicita” y “por afectar directamente al CATALOGO ARQUITECTÓNICO MUNICIPAL” (en este último caso haciendo referencia expresa a la modificación nº11 que no era objeto de este trámite de información pública).
Por tanto la solicitud de “anulación todo el proceso seguido”, no sólo como se verá más adelante está infundada sino que es improcedente y extemporánea.
2º. Referido a “No tener toda la documentación en tiempo y forma”.
Manifiesta el alegante en el punto primero-parte expositiva de su escrito que cuando fue a consultar el expediente faltaba una parte que le entregada con posterioridad.
Señalar que el expediente sometido a información pública estaba completo desde un primer momento, y que la documentación que requería el particular se refería a informes relacionados con la modificación nº11, que no formaba parte del expediente sometido a información pública. A pesar de ello se le facilitó la documentación solicitada dentro de plazo.
3º. Referido a “Pretender legalizar situaciones que pueden afectar a la salud, el medioambiente, el patrimonio, la economía y el paisaje de toda una comarca.”
La argumentación de la afirmación del alegante parece desprenderse del punto segundo-parte analítica cuando señala que no debe excluirse del procedimiento de evaluación ambiental por las afecciones que puedan producir al conjunto de la población, al afectar a partes importantes del territorio, por afectar directamente al modelo tradicional agrícola de la comarca, su paisaje y su medioambiente, sin profundizar ni justificar en ninguna de las afirmaciones contenidas en el enunciado.
Sin embargo, la modificación puntual nº 9, cuya exclusión de evaluación ambiental ha de ser valorada y aprobada por la COTMAC, tiene un alcance mínimo pues se refiere de un lado a aclarar que los usos dotacionales contemplados como usos autorizables en el suelo rústico se refieren a su carácter de servicio público pero no su titularidad pública, y de otro lado contemplar la viabilidad de infraestructuras de transporte y distribución de energía aéreas, frente a la actual limitación de ser canalizadas enterradas a borde de camino, y siempre de acuerdo a la previa calificación territorial.
Por tanto no se comparte que las modificaciones objeto de este informe supongan las afecciones que señala el alegante.
4º. Referido a “Por entender que existe una mala praxis a la hora de entender el planeamiento de este municipio.”
Esta afirmación entra de lleno en el campo de la subjetividad y la opinión personal y por tanto no se puede contestar técnicamente.
5º. Referido a la “Falta de motivación de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno, en el acto de aprobación inicial, celebrado el 25 de junio de 2009. Y 24 de abril de 2008.
6º. Referido a “Por infracción del ordenamiento jurídico y medioambiental y demás normas de aplicación”.
Dichas afirmaciones no se fundamentan ni concretan en ningún punto del escrito de alegación.
Los acuerdos adoptados por el Pleno de fecha 25 de junio de 2009, y 24 de abril de 2008, han sido suficientemente motivados en base a los informes técnicos y jurídicos que los cumplimentan.
Las presentes modificaciones puntuales no cualificadas se tramitan en base a la competencia municipal, fundamentada en razones de oportunidad y de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.
7º. Referido a “Por no constarnos el cumplimiento del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, Decreto 55/2006 de 9 de mayo 2006: BOC nº 104 de 31 de mayo de 2006. De estar exento del requisito de Evaluación Ambiental del PGO de Gáldar.”
El acuerdo de COTMAC de fecha 20 de Abril de 2009 excluía del procedimiento de Evaluación ambiental la modificación nº 8 (junto con las nº 1,2,3,4,5,6, y 10) y dejaba sujeta al procedimiento de Evaluación Ambiental la nº 9 (junto con la nº7).
Con la nueva redacción dada a la modificación nº9, donde se deja claro el alcance de la misma (que no incluye la viabilidad de implantación de energías fotovoltaicas como erróneamente se interpretó por haberse dado traslado en los artículos modificados el contenido de la modificación nº7) el Pleno acuerda volver a someter la modificación nº 9 al trámite de exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental “al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de las modificaciones de carácter menor”.
Requerido por la Dirección General de Urbanismo, registro de entrada nº10.817 de 12 de agosto de 2009, se aporte documentación que incorpore los criterios para determinar la posible significación de los efectos sobre el medio ambiente, conforme al Anexo II, de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se elabora informe técnico justificativo de fecha 30 de noviembre de 2009 que ha sido remitido a dicho organismo, sin que por parte de éste haya sido informado hasta la fecha.
SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias del Gobierno de Canarias para proseguir con la tramitación del expediente.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, para manifestar lo siguiente: “En este caso, estamos hablando de la modificación número ocho y número nueve que ya formó parte de un acuerdo plenario anterior donde se remitía a Política Territorial y, en este caso en concreto, sobre la número ocho y nueve del total de las que se presentaron la otra vez, hablamos de un conjunto de modificaciones que son no cualificadas y que en ese momento se presenta una alegación por parte de Juan Fermín Valeriano Sosa Guillén y la expone de la siguiente forma: El primer apartado, que es referido a toda la anulación del proceso seguido. El segundo punto, el no tener toda la documentación en tiempo y en forma. El tercer punto, pretender legalizar situaciones que puedan afectar a la salud, el medio ambiente, el patrimonio, la economía y el paisaje de toda la comarca. El cuarto, por entender que existe una mala praxis a la hora de entender el planeamiento de este municipio. El quinto, referido a la falta de motivación de los acuerdos adoptados el 25 de junio de 2009 y el 24 de abril de 2008. El sexto, referido por infracción del ordenamiento jurídico y medio ambiental y demás normas de aplicación. Y el séptimo, referido por no constarnos el cumplimiento del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias. Cada uno de los apartados, como bien dice la Secretaria, en el informe técnico y jurídico que se hace por parte de la Oficina Técnica, quedan bien claras y patentes las alegaciones presentadas por este señor y ahora lo que toca es, una vez contestada la alegación, remitir el expediente a Política Territorial y se continúe con la exposición pública y terminar con este expediente.”
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Desestimar la alegación presentada por Don Juan Fermín Valeriano Sosa Guillén en su propio nombre y en representación de la “Plataforma Ciudadana Pro-declaración de bien de Interés Cultural Vega de Gáldar” y “Plataforma Huertas del Rey” a la Modificación nº 8 y nº 9 del Plan General de Ordenación Urbana, al admitir los razonamientos expuestos en el Informe técnico de fecha 16 de marzo de 2010 y que se señalan a continuación:
“1º. Referido a “la anulación de todo el proceso seguido”.
“....el trámite de información pública establecido en el acuerdo plenario de 25 de junio de 2009 se refiere a la nueva redacción dada a las modificaciones que venían numeradas como nº8 y nº 9. En concreto dicho acuerdo recoge textualmente:
PRIMERO.- Someter a nueva aprobación inicial, al haberse introducido cambios sustanciales como consecuencia del trámite de cooperación interadministrativa con relevancia territorial, las siguientes Modificaciones No Cualificadas del Plan General de Ordenación, promovidas por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detallan en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 10 de junio de 2009 y que a continuación se enumeran:
8ª.- Modificación del artículo 48. Condiciones generales de las viviendas unifamiliares en Asentamientos Rurales y Agrícolas, de las Normas Urbanísticas de la Ordenación Pormenorizada, y en correlación modificación del artículo 83. Condiciones Generales de los Usos, Actividades, Construcciones e Instalaciones en Suelo Rústico, de las Normas Urbanísticas de la ordenación estructural.
9ª.- Modificaciones de los artículos; artículo 89 Suelo Rústico de Protección Natural, artículo 90 Suelo Rústico de Protección Paisajística, artículo 92 Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva, y artículo 93 Suelo Rústico de Protección Agraria Hortícola, de las Normas Urbanísticas de la ordenación estructural.
SEGUNDO.- Someter las referidas modificaciones no cualificadas del Plan General de Ordenación de Gáldar a información pública por plazo de un mes mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación territorial la exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental de las “Modificaciones de los artículos; artículo 89 Suelo Rústico de Protección Natural, artículo 90 Suelo Rústico de Protección Paisajística, artículo 92 Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva, y artículo 93 Suelo Rústico de Protección Agraria Hortícola, de las Normas Urbanísticas de la ordenación estructural”, al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de las modificaciones de carácter menor.
Sin embargo, en el escrito de la alegación en el punto segundo-parte analítica se centra en “que no se debe excluir del trámite de Evaluación Ambiental, las partes que se solicita” y “por afectar directamente al CATALOGO ARQUITECTÓNICO MUNICIPAL” (en este último caso haciendo referencia expresa a la modificación nº11 que no era objeto de este trámite de información pública).
Por tanto la solicitud de “anulación todo el proceso seguido”, no sólo como se verá más adelante está infundada sino que es improcedente y extemporánea.
2º. Referido a “No tener toda la documentación en tiempo y forma”.
Manifiesta el alegante en el punto primero-parte expositiva de su escrito que cuando fue a consultar el expediente faltaba una parte que le entregada con posterioridad.
Señalar que el expediente sometido a información pública estaba completo desde un primer momento, y que la documentación que requería el particular se refería a informes relacionados con la modificación nº11, que no formaba parte del expediente sometido a información pública. A pesar de ello se le facilitó la documentación solicitada dentro de plazo.
3º. Referido a “Pretender legalizar situaciones que pueden afectar a la salud, el medioambiente, el patrimonio, la economía y el paisaje de toda una comarca.”
La argumentación de la afirmación del alegante parece desprenderse del punto segundo-parte analítica cuando señala que no debe excluirse del procedimiento de evaluación ambiental por las afecciones que puedan producir al conjunto de la población, al afectar a partes importantes del territorio, por afectar directamente al modelo tradicional agrícola de la comarca, su paisaje y su medioambiente, sin profundizar ni justificar en ninguna de las afirmaciones contenidas en el enunciado.
Sin embargo, la modificación puntual nº 9, cuya exclusión de evaluación ambiental ha de ser valorada y aprobada por la COTMAC, tiene un alcance mínimo pues se refiere de un lado a aclarar que los usos dotacionales contemplados como usos autorizables en el suelo rústico se refieren a su carácter de servicio público pero no su titularidad pública, y de otro lado contemplar la viabilidad de infraestructuras de transporte y distribución de energía aéreas, frente a la actual limitación de ser canalizadas enterradas a borde de camino, y siempre de acuerdo a la previa calificación territorial.
Por tanto no se comparte que las modificaciones objeto de este informe supongan las afecciones que señala el alegante.
4º. Referido a “Por entender que existe una mala praxis a la hora de entender el planeamiento de este municipio.”
Esta afirmación entra de lleno en el campo de la subjetividad y la opinión personal y por tanto no se puede contestar técnicamente.
5º. Referido a la “Falta de motivación de los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno, en el acto de aprobación inicial, celebrado el 25 de junio de 2009. Y 24 de abril de 2008.
6º. Referido a “Por infracción del ordenamiento jurídico y medioambiental y demás normas de aplicación”.
Dichas afirmaciones no se fundamentan ni concretan en ningún punto del escrito de alegación.
Los acuerdos adoptados por el Pleno de fecha 25 de junio de 2009, y 24 de abril de 2008, han sido suficientemente motivados en base a los informes técnicos y jurídicos que los cumplimentan.
Las presentes modificaciones puntuales no cualificadas se tramitan en base a la competencia municipal, fundamentada en razones de oportunidad y de acuerdo al ordenamiento jurídico vigente.
7º. Referido a “Por no constarnos el cumplimiento del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, Decreto 55/2006 de 9 de mayo 2006: BOC nº 104 de 31 de mayo de 2006. De estar exento del requisito de Evaluación Ambiental del PGO de Gáldar.”
El acuerdo de COTMAC de fecha 20 de Abril de 2009 excluía del procedimiento de Evaluación ambiental la modificación nº 8 (junto con las nº 1,2,3,4,5,6, y 10) y dejaba sujeta al procedimiento de Evaluación Ambiental la nº 9 (junto con la nº7).
Con la nueva redacción dada a la modificación nº9, donde se deja claro el alcance de la misma (que no incluye la viabilidad de implantación de energías fotovoltaicas como erróneamente se interpretó por haberse dado traslado en los artículos modificados el contenido de la modificación nº7) el Pleno acuerda volver a someter la modificación nº 9 al trámite de exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental “al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de las modificaciones de carácter menor”.
Requerido por la Dirección General de Urbanismo, registro de entrada nº10.817 de 12 de agosto de 2009, se aporte documentación que incorpore los criterios para determinar la posible significación de los efectos sobre el medio ambiente, conforme al Anexo II, de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se elabora informe técnico justificativo de fecha 30 de noviembre de 2009 que ha sido remitido a dicho organismo, sin que por parte de éste haya sido informado hasta la fecha.
SEGUNDO.- Remitir el expediente a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias del Gobierno de Canarias para proseguir con la tramitación del expediente.
6º.- MODIFICACIÓN DEL ÁMBITO 2 A-2.3 PLAN DE CROMATISMO Y EMBELLECIMIENTO DEL PROYECTO DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DEL BARRIO DE LA MONTAÑA (PRIMUS) COFINANCIADO CON FONDOS EUROPEOS DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) 2007-2013. ACUERDO PROCEDENTE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“Vista la propuesta de acuerdo, la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras acordó proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
ÚNICO.- Modificar el Ámbito 2.Plan de Cromatismo y Embellecimiento, del Proyecto de Rehabilitación Integral del Barrio de La Montaña del Excelentísimo Ayuntamiento de Gáldar (PRIMUS) cofinanciado con Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER) 2007-2013, con el objetivo de cambiar el paisaje urbano a través de la adecuación estética y mejora de los edificios, estructuras e instalaciones públicas.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, para manifestar lo siguiente: "Se trae esta propuesta de acuerdo con una modificación del ámbito 2 A-2.3 del Plan de cromatismo y embellecimiento. El objetivo de la ficha inicial era cambiar el paisaje urbano a través de la adecuación de la fachada y el aporte de color a las edificaciones del barrio de La Montaña, sito en el municipio de Gáldar. Lo pone así, pero nos referimos al barrio de La Montaña, Palma de Rojas y Cañada Honda. Desde el Ministerio de Política Territorial, tras conversaciones telefónicas nos informa que no se puede desarrollar dicho proyecto porque el beneficio era el privado y no el público. Con fecha 7 de agosto, se envió al Ministerio de Política Territorial que se hiciera llegar por escrito al Ayuntamiento de Gáldar, la imposibilidad de ejecutar el Plan de Cromatismo y Embellecimiento. Al no haber recibido noticias del Ministerio indicando la imposibilidad de llevar a cabo dicho proyecto, se llega al acuerdo de que el presupuesto de 300.000 euros, que era la partida que estaba destinada en esa ficha que hablábamos, se destina al mismo plan de cromatismo y embellecimiento pero con el objetivo de cambiar el paisaje urbano a través de la adecuación estética y mejora de los edificios, estructuras e instalaciones públicas. Lo único que hacemos, con esta propuesta de acuerdo, es cambiar esos 300.000 euros y en vez de ponerlo en fachadas y en edificios privados, que en este caso Europa no nos lo permite, hacerlo en todas aquellas paredes medianeras, díganse de asociaciones de vecinos, linderos de parques infantiles o de cualquiera de los terrenos que nos encontramos que ahora veremos que se van a ir arreglando y con estos 300.000 poder arreglar todo lo que son los alrededores.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, mostró el voto favorable de su grupo.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
ÚNICO.- Modificar el Ámbito 2.Plan de Cromatismo y Embellecimiento, del Proyecto de Rehabilitación Integral del Barrio de La Montaña del Excelentísimo Ayuntamiento de Gáldar (PRIMUS) cofinanciado con Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER) 2007-2013, con el objetivo de cambiar el paisaje urbano a través de la adecuación estética y mejora de los edificios, estructuras e instalaciones públicas.
7º.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL NO CUALIFICADA DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE GÁLDAR, RELATIVA AL TRAZADO CALLE PÍO XII ENTRE LAS CALLES SÁNCHEZ LANTIGUA Y GUADALETE.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“A la vista del informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010 y del informe jurídico de fecha 16 de marzo de 2010, la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras acordó proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No Cualificada del Plan General de Ordenación, promovida por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detalla en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010 y que a continuación se especifica:
- Ajustar el trazado previsto para la ampliación del ancho de la calle Pío XII en el tramo comprendido entre las calles Sánchez Lantigua y calle Guadalete, ajustándolo a las alineaciones ya establecidas por algunas viviendas existentes, así como dar un correcto traslado del ancho previsto para la calle de 11 metros.
SEGUNDO.- Someter la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación a información pública por plazo de un mes mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial la exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación, al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de la modificación de carácter menor.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, para manifestar lo siguiente: “Esta modificación pretende ajustar el trazado previsto para la ampliación del ancho de la calle Pío XII, en el tramo comprendido entre las calles Sánchez Lantigua y Guadalete, ajustándolo a las alineaciones ya establecidas por algunas viviendas existentes de acuerdo al anterior planeamiento municipal, así como dar un correcto traslado del ancho previsto para la calle de once metros, según aparece rotulado en el plano de ordenación pormenorizada 011 del Plan General de Ordenación y que en algunos tramos la distancia existente entre las parcelas edificables a ambos lados de la referida calle, resulta superior a los 11 metros. Por tanto, la modificación es un mero ajuste de trazado de un tramo de calle, que resuelve los perjuicios que se les está ocasionando a los vecinos colindantes, en tanto el Plan General de Ordenación vigente, no ha sido diligente a la hora de establecer sus determinaciones. Una vez definida la traza de la calle Pío XII, en el tramo comprendido entre las calles Sánchez Lantigua y Guadalete, se traslada al fondo edificable de 20 metros previstos por el Plan General a la manzana colindante por el norte, a fin de que no se produzca un aumento de edificabilidad contemplado por el Plan General. Estos ajustes recogidos en la modificación puntual, suponen una pequeña disminución del suelo clasificado como urbano de 109 metros cuadrados que se recalifican en virtud de la presente modificación como suelo rústico de protección paisajística en continuidad con el suelo rústico ya clasificado y categorizado por el Plan General de Ordenación. La presente modificación puntual no aumenta el volumen edificable del área. Esta modificación no supone incremento del volumen edificable de la zona ni afecta a espacios libres previstos en el plan general de ordenación, por lo que se encuentra en los supuestos establecidos como modificación puntual no cualificada u ordinaria.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, mostró el voto favorable de su grupo.
No produciéndose más intervenciones, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No Cualificada del Plan General de Ordenación, promovida por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detalla en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010 y que a continuación se especifica:
- Ajustar el trazado previsto para la ampliación del ancho de la calle Pío XII en el tramo comprendido entre las calles Sánchez Lantigua y calle Guadalete, ajustándolo a las alineaciones ya establecidas por algunas viviendas existentes, así como dar un correcto traslado del ancho previsto para la calle de 11 metros.
SEGUNDO.- Someter la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación a información pública por plazo de un mes mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial la exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación, al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de la modificación de carácter menor.
8º.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL CUALIFICADA DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE GÁLDAR, EN EL ENTORNO DE LA CALLE ISAAC ALBÉNIZ, ENTRE LA CALLE MIGUEL DE MUJICA Y CALLE CLAVEL.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Secretaria que da lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras, en el que se contiene la propuesta que se somete a la aprobación del Pleno y que seguidamente se transcribe:
“A la vista del informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010 y del informe jurídico de fecha 16 de marzo de 2010, la Comisión Informativa de Urbanismo, Vías y Obras acordó proponer al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No Cualificada del Plan General de Ordenación, promovida por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detalla en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010 y que a continuación se especifica:
- Alterar la traza prevista por el Plan General de Ordenación para el encuentro de la calle Isaac Albéniz con la calle Miguel de Mujica, para volver a las previsiones del anterior planeamiento urbanístico, Revisión de Normas Subsidiarias de 1997, con las que ya fueron adquiridos terrenos para la ampliación de la calle en este punto. Asimismo, se recoge una serie de ajustes en la ordenación de la manzana colindante con la calle Isaac Albéniz en el tramo comprendido entre las calles Miguel de Mujica y calle Clavel.
SEGUNDO.- Someter la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación a información pública por plazo de un mes mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial la exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación, al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de la modificación de carácter menor.”
Abierto el debate por la Presidencia, solicita la palabra la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Mª Encarnación Ruiz Alonso, para manifestar lo siguiente: “Esta modificación pretende alterar la traza prevista por el Plan General para el encuentro de la calle Isaac Albéniz con la calle Miguel de Mújica para volver a las previsiones del anterior planeamiento urbanístico. Revisión de las normas subsidiarias de 1997, con la que ya fueron adquiridos terrenos para la ampliación de la calle en este punto. Aún contando con la disponibilidad de dicho suelo, al estar en discordancia con la ordenación prevista por el Plan General de Ordenación, no se han podido acometer las obras de mejora de este cruce de calle, a pesar de la falta de seguridad que representa el mismo hacia los peatones. Efectivamente en este punto la calle Isaac Albéniz, tiene apenas un ancho de 3,20 metros, con lo cual ni existe acera en este tramo y los coches giran sin apenas visibilidad. Así mismo la modificación recoge una serie de ajustes en la ordenación de la manzana colindante con la calle Isaac Albéniz en el tramo comprendido entre la calle Miguel de Mújica y calle Clavel. Se recoge en la ordenación una serie de peatonales existentes y la previsión de su ampliación para garantizar en este caso, unas condiciones de acceso mínimas a los servicios de emergencia. Se modifica la posición de la zona ajardinada prevista junto al cruce con la calle Miguel de Mújica como cuña para corregir la traza de la calle Isaac Albéniz por una ubicación más adecuada para su uso. La revisión de las normas subsidiarias de 1997, contemplaba la ampliación de la calle Isaac Albéniz a once metros, manteniendo la actual traza. Durante la vigencia de dicho planeamiento, el Ayuntamiento de Gáldar adquirió la superficie de 140,99 m2 afectados por la citada ampliación, al estar prevista su ejecución por el Ayuntamiento. Sin embargo, las obras no fueron ejecutadas. La previsión del Plan General, no sólo carece de justificación sino que causa mayor perjuicio económico al Ayuntamiento que habría de ampliar el suelo a expropiar a los propietarios del suelo afectado que mantienen una parcela mucho menor y fundamentalmente provoca una dilación en la resolución de este cruce. Por otro lado, se detecta en la ordenación planteada por el Plan General de Ordenación a esta zona que no se ha respetado, algunas de las serventías existentes en la manzana que colinda por el norte con la calle Isaac Albéniz y calle Miguel de Mújica. La modificación no sólo pretende el reconocimiento de dicha serventía sino la mejora de las condiciones de accesibilidad de las mismas ampliando su ancho a cuatro metros, pasando a formar parte del viario público. Por último, la modificación también recoge, el cambio de posición de la zona ajardinada prevista por el Plan General de Ordenación, como cuña para corregir la traza de la calle Isaac Albéniz y hacerla coincidir en continuidad con la calle Calvario. Dicha zona ajardinada se vería muy condicionada para su ejecución con los accesos de las viviendas existentes que habría de respetar, con lo que no dejaría de ser una acera ancha con apenas superficie disponible para algo de vegetación y mobiliario urbano.”
Doña Mª del Carmen Santana García, Concejal portavoz del grupo político PP, manifestó el voto favorable de su grupo.
Finalizado el debate, el Ayuntamiento Pleno por unanimidad acordó:
PRIMERO.- Someter a aprobación inicial, la siguiente Modificación Puntual No Cualificada del Plan General de Ordenación, promovida por el Ayuntamiento de Gáldar, que se detalla en el Informe de la Oficina Técnica Municipal de fecha 15 de marzo de 2010 y que a continuación se especifica:
- Alterar la traza prevista por el Plan General de Ordenación para el encuentro de la calle Isaac Albéniz con la calle Miguel de Mujica, para volver a las previsiones del anterior planeamiento urbanístico, Revisión de Normas Subsidiarias de 1997, con las que ya fueron adquiridos terrenos para la ampliación de la calle en este punto. Asimismo, se recoge una serie de ajustes en la ordenación de la manzana colindante con la calle Isaac Albéniz en el tramo comprendido entre las calles Miguel de Mujica y calle Clavel.
SEGUNDO.- Someter la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación a información pública por plazo de un mes mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Provincia para que puedan formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
TERCERO.- Solicitar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial la exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental la referida Modificación No Cualificada del Plan General de Ordenación, al no tener efectos significativos en el medio ambiente por ser el objeto de la modificación de carácter menor.
9º.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA.-
El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, cede la palabra a la Sra. Secretaria, quien da lectura sucintamente a la siguiente relación de Decretos comprendidos desde el 22.02.2010 al 28.02.2010:
SECRETARÍA 1
Adjudicación provisional contrato para la realización obras mejoras en instalaciones eléctricas campo de fútbol de Barrial.
OFICINA TÉCNICA 19
3 Licencias de Obra menor.
4 Licencias de Primera Utilización u Ocupación.
1 Licencia de Segregación.
1 Desestimación alegación multa por suspensión y paralización de obras.
8 Cédulas de habitabilidad.
1 Suspensión y paralización de Obras.
1 Archivo de expediente Disciplina Urbanística.
ACTIVIDADES CLASIFICADAS 1
Concediendo Licencia Municipal Apertura de Panadería.
RENTAS Y EXACCIONES 32
Liquidaciones Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.
RELACIÓN DE DECRETOS DESDE EL 01.03.2010 AL 22.03.2010
SECRETARÍA 5
1 Aprobando Plan de Seguridad y Salud para ejecución de obra.
2 Adjudicación definitiva de obras.
1 Desestimación Recurso de Reposición en relación adjudicación de parcela en La Montaña.
1 Incoación de expediente CANARIAS ZONE CEMENTERIOS.
OFICINA TÉCNICA 25
16 Licencias de Obra Menor.
4 Licencia de Primera Utilización u Ocupación.
1 Cédula de habitabilidad.
3 Suspensión y paralización de obras.
1 Licencia de segregación.
INTERVENCIÓN 17
14 Pago de facturas varias.
3 Modificaciones de crédito anticipo de salarios personal laboral.
ACTIVIDADES CLASIFICADAS 2
1 Desestimando Recurso de Reposición decreto Alcaldía 27.01.2020 por la que se concede Licencia Municipal Club Deportivo San Isidro.
1 Concediendo Licencia Municipal Bar Cafetería.
OFICINA DE PERSONAL 4
1 Desestimando premio vacaciones anuales.
1 Desestimando solicitud Funcionario abono complemento Específico y de Destino.
1 Desestimando solicitud para que se paralice actividad encomendada a Agente Policía Local.
1 Desestimando solicitud de Policía reparos expuestos por Mutua.
RENTAS Y EXACCIONES 3
Liquidaciones Dirección e Inspección de Obras.
- Seguidamente el Sr. Alcalde, hizo constar la más sincera felicitación a los jugadores y cuerpo técnico del Gáldar Fútbol Sala en la Categoría Juvenil por haberse proclamado Campeón de la Liga en la Temporada 2009-2010.
- Asimismo hizo constar también el Sr. Alcalde, la felicitación a las empresas del municipio que, a principios de este mes de marzo, recibieron los distintivos del Modelo de Aproximación a la Calidad Turística, potenciando un servicio de calidad a los clientes y mejorando la imagen y calidad turística de este municipio. Nuestra más sincera felicitación al Restaurante Casa Nostra, la Fonda de Juan y la Cueva Pintada de Gáldar, así como el reconocimiento al esfuerzo de La Traba, Noretetrek, el Museo Antonio Padrón y Cafetería Agaldar.
- Agradeció públicamente el Sr. Alcalde a los vecinos de Gáldar y de Santa María de Guía que, el pasado viernes 12 de marzo, acompañaron a las corporaciones de Gáldar y Santa María de Guía en la peregrinación conjunta celebrada con motivo del Año Santo Jacobeo 2010, expresando una vez más la gratitud por sumarse con su presencia a este acto, así como al grupo de gaiteros de la Casa de Galicia de Las Palmas, que animaron con su música parte de este recorrido.
- Trasladó el Sr. Alcalde a los miembros de la Corporación y a los vecinos en general, la invitación para asistir mañana viernes, a las 13.00 horas, al acto de inauguración de las obras de ampliación del Tanatorio Municipal situado junto al cementerio de San Isidro; obras que han sido realizadas a través del Plan de Cooperación de Obras y Servicios del Cabildo de Gran Canaria y que han supuesto la construcción de dos nuevas salas, oficina y una cafetería, que forman parte ya del recién remodelado edificio que entra en funcionamiento tras la conclusión de las obras. Aprovecho además el Sr. Alcalde, para hacer constar el agradecimiento del Ayuntamiento de Gáldar a todas las asociaciones de vecinos, a la Heredad de Aguas y al Club de la Tercera Edad de Gáldar, por su estimable colaboración durante el tiempo que han permanecido cerradas estas dependencias, poniendo a disposición de las familias sus instalaciones y mostrando toda su disposición para que aquellas familias galdenses que lo decidieran, pudieran velar en estos salones a sus difuntos. Mostró el más sincero agradecimiento a todos estos colectivos.
- Por último, el Sr. Alcalde puso en conocimiento de la Corporación y la ciudadanía que mañana viernes a las 18.00 horas, tendrá lugar en Barranco Hondo de Abajo, el acto de inauguración de los Proyectos de Rehabilitación del Conjunto Histórico de Barranco Hondo, la zona de la Poza y el Alumbrado de Barranco Hondo hasta la Presa de los Pérez. Asimismo invitó a todos, a conocer y visitar juntos el resultado de la inversión realizada en esta zona de nuestras medianías.
El Ayuntamiento Pleno quedó enterado.
10º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-
A continuación se formulan los Ruegos y Preguntas de los grupos políticos UPG y PP. El Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, le cede la palabra a la Sra. Concejal portavoz del grupo político UPG, Doña Ana Mª Vega Jorge, quien da lectura a los siguientes Ruegos y Preguntas:
1.- Volvemos a reiterar nuestro ruego sobre la existencia de socavones en distintos puntos de nuestro municipio, ya que seguimos recibiendo quejas al respecto. Rogamos que se revisen las calles de los barrios y, se tomen soluciones al respecto.
2.- Otro ruego reiterado es, sobre los alumbrados en los distintos barrios de nuestros municipios. Cuando no son por farolas fundidas, son porque permanecen apagados durante varios días. Por lo que volvemos a rogar que se adopten las medidas necesarias para solucionar estos problemas.
3.- Un vecino de Palma de Rojas, en concreto de la calle David Livingstone, nos ha trasladado la existencia de un muro junto a una vivienda que supone un peligro. Por lo que rogamos que se adopten las medidas oportunas al respecto.
4.- Igualmente, vecinos de Caleta de Arriba nos han trasladado la existencia de un peligro junto a un caserío que hay en la zona. Ya que el agua se acumula cuando llueve, no tiene salida y perjudica las viviendas colindantes.
5.- Rogamos que se revisen los espejos convexos del municipio para que cumplan con la función para la cual se han colocado.
6.- Rogamos que se arregle el barandal de la Plaza del barrio de la Punta, el cual está despegado del suelo y se mueve con facilidad.
7.- Un vecino de Las Cumbrecillas del Faro, nos ha trasladado la preocupación de los vecinos de esa zona por la instalación de una antena a unos, aproximadamente, 80 metros de sus viviendas y, justo encima de un depósito de agua existente en la zona. Dada la intranquilidad que tienen estos vecinos, preguntamos ¿dicha instalación cuenta con licencia del Ayuntamiento?. ¿Se van a adoptar medidas al respecto?.
A continuación, dio lectura la Sra. Concejal a las preguntas presentadas por su grupo, veinticuatro horas antes de la celebración de este Pleno, de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales y, con el objeto de que sean contestadas en esta sesión:
1.- Entre las cuentas y facturas aprobadas en Junta de Gobierno el 9 de febrero del presente año, nos encontramos con una propuesta consistente en la inscripción en el Registro de la Propiedad de Santa María de Guía de la escritura de segregación de solar en San Isidro para la Casa del Agricultor, por importe de 142,21 euros.
En el pleno ordinario celebrado el 30 de julio de 2009, con relación a una pregunta que formuló el grupo político Partido Popular sobre la reclamación por un particular del solar donde se estaban haciendo las obras de la Casa del Agricultor, se nos contestó que nos mantendrían informados sobre la situación de dicho tema. Sin embargo, hasta la fecha no hemos recibido noticias al respecto.
Por ello, formula las siguientes PREGUNTAS:
- ¿Cuál es la situación jurídica del solar donde se estaban realizando las obras de la Casa del Agricultor?.
- ¿Qué gestiones se han realizado con respecto a la subvención concedida y cuál es la situación de la misma?.
2.- Entre las cuentas y facturas aprobadas en Junta de Gobierno el 2 de febrero del presente año, nos encontramos con una propuesta consistente en un gasto de Juan Diego García Barrios por importe de 72 euros para Parques y Jardines, por arreglo de fontanerías-averías en Huertas del Rey y, entre paréntesis decía: “Todos los fontaneros de vacaciones”.
Por ello, formula las siguientes PREGUNTAS:
- ¿Es cierto que el día en que se hizo ese gasto, estaban todos los fontaneros de vacaciones?.
- En caso de ser cierto, ¿por qué no se hizo una previsión para evitar que los mismos disfrutaran las vacaciones al mismo tiempo?.
- En caso de no ser cierto ¿por qué no se realizó dicho arreglo por personal del Ayuntamiento?.
Continúa la Sra. Concejal portavoz del grupo político PP, Doña Mª del Carmen Santana García, con la exposición de los siguientes Ruegos y Preguntas:
1.- Seguimos reiterando el ruego de que se repongan y coloquen más papeleras en los barrios de nuestro municipio.
2.- Otro ruego que reiteramos es del estado de suciedad de los contenedores y los malos olores que desprenden. Además que, éstos están sin ruedas, sin tapas y rotos. Rogamos que se adopten las medidas oportunas.
3.- Una vez más, aprovechamos para solicitar al grupo de gobierno, que reconsidere la eliminación del aparcamiento destinado a minusválido en la calle Síndico Lorenzo y Vázquez, que es una necesidad para una persona minusválida que vive en dicha zona, a ver si algún día nos dan una alegría y sobre todo, a ese vecino.
4.- En el último pleno ordinario rogábamos con respecto a los cierres de calles, que éstos se hicieran con la debida antelación. Y, más concretamente, lo dijimos respecto a los cierres de calles en La Montaña. A pesar de que se nos dijo que se iba a tener en cuenta. Eso no ha sucedido. Y, muchos vecinos se han visto desconcertados cuando van a este barrio. Por lo que rogamos que se adopten las medidas oportunas al respecto.
5.- Seguimos rogando para que se adopten las medidas oportunas respecto al aspecto lamentable que ofrecen las canchas deportivas y parques infantiles existentes en nuestro municipio. Ya que, en algunos casos, ofrecen peligros.
6.- En el pleno ordinario de Febrero, rogamos que nos informara sobre la denuncia que salió en los medios de comunicación y con registro de entrada en el Ayuntamiento, acerca de algunos problemas en la Residencia. En la cual, el Concejal de Servicios Sociales, comentó que las denuncias que se hacían de la Residencia en este tiempo, eran motivadas por cuestiones políticas y por la proximidad de las elecciones. Nosotros les rogamos que, no intente confundir. Nosotros solicitamos información dada las quejas que hemos oído en los medios de comunicación. Nosotros no promovemos a las personas para que denuncien. Entendemos que, cualquier ciudadano puede trasladar sus quejas donde estimen conveniente. Si mal no recuerdo, quien hizo esa denuncia pública y fue a los medios de comunicación, iba en la lista del partido de sus socios. ¿No será conveniente, por lo tanto, que les pida explicaciones a ellos?. De todas formas, días atrás leímos que constaba en el Ayuntamiento quejas por escrito sobre Residencia. ¿Es eso cierto?. ¿Se están contestando a dichas quejas?.
7.- Dado que son muchas las ocasiones que, para escudarse en otros, oímos al grupo de gobierno hablar de las dos Concejales de la oposición que estamos en situación de servicios especiales, como fue el caso del último pleno, queremos hacer un ruego:
Al grupo de gobierno y, en concreto, a la Concejal de Urbanismo y al Alcalde, a los que les molestan que se hayan podido liberar dos Concejales y dice, que cobramos del dinero público, lo hemos hecho antes, cuando trabajábamos como maestra y, lo hacemos ahora, como Concejales. Hemos venido a trabajar para el pueblo cobrando lo mismo que cobrábamos, cosa que no se puede decir de muchos de ustedes y de su personal de confianza, que cobran mucho más que cuando trabajaban o no, fuera del Ayuntamiento. ¿Ustedes cree que es ilegal?, pues denuncien, están todavía a tiempo. Si han visto que puede haber alguna ilegalidad, denúncielo. Y si cree que no es ético, ¿ustedes me viene a dar clase de ética?, cuando el grupo de gobierno tiene un maestro que podría haber sido portavoz de su grupo y cobrar de la Consejería de Educación y se ahorraría el Ayuntamiento su asignación por delegación, más el sueldo de su hija como personal de confianza. Nos habla de ética, cuando usted es Concejal de Urbanismo, está liberada y tiene un personal de confianza que cobra mucho más que un Concejal. Nos habla de ética, cuando hay otro Concejal liberado y con personal de confianza. ¿De qué ética nos hablan?, primero miren la ética de sus filas y después miren la de los demás. Siempre lo comentan para confundir a los ciudadanos y poner una cortina de humo cuando preguntamos o presentamos cualquier moción. Y como dice el refrán Señores, siempre habla quien tiene que le diga. En cuanto al comentario del Alcalde en un medio de que la oposición está en “el sueño de los muertos “, -en este momento intervino el Sr. Alcalde, aclarándole que dijo “el sueño de los justos” y que ahí está la Jefa de Prensa delante y el día que él hizo las declaraciones, quizás la periodista por error, puso “el sueño de los muertos” y que no jugaría con un tema de ese calibre porque ni lo ha hecho antes ni lo va hacer ahora-, continúa Doña Mª del Carmen “a nosotros nos parece de mal gusto, pero prefiero el silencio de esta oposición, puesto que, como dijo nuestro compañero Manuel Godoy en la toma de posesión, seríamos una oposición seria, que deja trabajar, que no la que hicieron ustedes, que sí le gustaban los espectáculos tanto en los plenos como fuera de ellos. Los circos que tanto le gusta al, ahora, Alcalde. En cuanto a que deberíamos bajarnos el sueldo el 20%, le contestaré que será cuando mi empresa, la Consejería de Educación, me diga a mí y a todos sus trabajadores, que hay que bajarnos o congelarnos el sueldo, ya se tomarán las medidas oportunas.
Continúa la Sra. Concejal Doña Mª del Carmen, pero previamente el Sr. Alcalde le dice que tenga en cuenta que, cualquier ruego o pregunta que vaya hacer, tiene que estar reflejado en el escrito de Ruegos o Preguntas presentado por su grupo. Sigue Doña Mª del Carmen con la exposición, contestándole que se trata de una aclaración de la pregunta de 24 horas: “Antes de leer la siguiente pregunta de 24 horas, nos gustaría hacer unas aclaraciones. En el último pleno, el Alcalde, con relación a la pregunta que formulamos con 24 horas de antelación sobre la impugnación que hizo la Delegación del Gobierno de Canarias al Convenio del Personal Laboral aprobado en julio de 2.009, nos solicitó nuestra colaboración. Nosotros insistimos en que nos pide colaboración, cuando el mismo grupo de gobierno nos oculta la información y, nos tenemos que enterar por los medios de comunicación o estar mendigando para si nos la dan. Y, en concreto, sobre este tema presentamos un escrito solicitando la demanda que interpuso la Delegación de Gobierno. Y, nos contestan el 18 de febrero que, todavía, no la han recibido. Cuando ya, por lo menos, desde el 16 de febrero tenían que tener conocimiento de la existencia de la misma, ya que recibieron providencia del Juzgado de Paz e hicieron un decreto para designar letrado en dicha fecha. Y, para más, el mismo día 22 de febrero, una vez finalizada la Comisión Informativa, la Concejal de Urbanismo se dirige a mí y me dice: ¿Has recibido el escrito contestándote que no se ha recibido en el Ayuntamiento la demanda sobre el Convenio Laboral?. Desde que nos llegue se lo hacemos llegar. Cuando usted, el alcalde y todo el grupo de gobierno sabía que desde el 16 de febrero, estaba en poder del asesor laboral, cuando los medios de comunicación sabían más que nosotros y ¿ustedes nos van a decir que hasta el día 24 de febrero, registro de entrada de este documento en el Ayuntamiento, no tenía el grupo de gobierno conocimiento de esta documentación?. ¿Es que el asesor laboral que tienen, no le informa debidamente?. Además, qué casualidad que, todavía estemos esperando para que se nos contesten a unos escritos y, curiosamente, el mismo día en que se le da registro de entrada en el Ayuntamiento, nos la hacen llegar. Por lo tanto, las cosas con claridad y transparencia para que puedan contar con nuestra colaboración. Nosotros no colaboramos con quienes nos engañan. Eso nunca.”
A continuación, dio lectura la Sra. Concejal a las preguntas presentadas por su grupo, veinticuatro horas antes de la celebración de este Pleno, de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales y, con el objeto de que sean contestadas en esta sesión:
1.- Con fecha 3 de marzo del presente año y registro de entrada número 2.587, presentamos un escrito en este Ayuntamiento solicitando información sobre la demanda de la Delegación del Gobierno en Canarias contra el Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento. En concreto, en dicho escrito solicitamos la siguiente información: examinar el mencionado expediente y además, solicitamos copia de lo siguiente:
1) Copia de Providencia del Juzgado de lo Social de Gáldar, Demanda 44/2010, dándose cuenta del escrito presentado por el Abogado del Estado sobre impugnación del Convenio y requiriendo a dicha entidad local para la presentación de certificaciones y facilitación de domicilio.
2) Copia de la Diligencia de notificación por la Sra. Secretaria del Ayuntamiento, del citado decreto de designación al letrado Saúl Quesada Sánchez.
3) Además, indicábamos que, nos imaginamos de la existencia de un error en dicho decreto puesto que señala que, han recibido el 16 de febrero de 2008, la mencionada providencia. Lo que comunicamos a los efectos oportunos.
Dado que no hemos recibido contestación a dicho escrito, es por lo que, formulamos las siguientes PREGUNTAS:
- ¿Cuándo se nos va a facilitar la información solicitada en el escrito indicado anteriormente?.
- ¿Se ha rectificado el decreto de fecha 16 de febrero del presente año, por el que se designó al Letrado Saúl Quesada Sánchez, para asumir la dirección legal y representación procesal del Ayuntamiento en el procedimiento señalado anteriormente?. En caso afirmativo, solicitamos copia de dicho decreto.
2.- En el pleno ordinario celebrado el 26 de junio de 2008, se llevó el expediente de declaración de lesividad del Decreto de 22 de junio de 2007. Sin embargo, hasta la fecha no se ha informado al Pleno sobre la resolución de dicho expediente.
Por ello, formula las siguientes PREGUNTAS:
- ¿Ha recaído sentencia sobre dicho procedimiento?.
- En caso afirmativo, ¿en qué fecha se ha notificado la misma al Ayuntamiento?. ¿Por qué no se ha informado al Pleno al respecto?. Al mismo tiempo, solicitamos copia de la sentencia.
Seguidamente el Sr. Alcalde, Don Teodoro C. Sosa Monzón, cede la palabra a los Señores Concejales para que procedan a dar contestación a las preguntas formuladas en el Pleno anterior, así como las formuladas en éste. Toma la palabra el Sr. Concejal de Personal, Don Carlos Matías Ruiz Moreno, contestando a la pregunta efectuada por el grupo político Partido Popular, que concretamente decía: “En el último pleno ordinario, formulamos una pregunta de 24 horas, sobre cuándo nos iban a facilitar la documentación solicitada en Comisión Informativa de Gobernación celebrada en sesión extraordinaria el día 10 de diciembre del 2.009, que se refería a examinar las nóminas de los Concejales con dedicación exclusiva y del personal de confianza, de los meses de noviembre y diciembre de 2.008 y, las del año 2.009, así como, los boletines de cotización del mismo periodo y, también, solicitamos relación de personal temporal. Nos contestaron, sólo, con respecto a las nóminas. Por ello, volvemos a preguntar ¿cuándo nos van a facilitar la relación de personal temporal solicitada en dicha Comisión Informativa?; le contesta el Sr. Concejal que cuando acudan a observar las nóminas, se la facilitarán.
- Pregunta del grupo político UPG: “Entre las cuentas y facturas aprobadas en Junta de Gobierno el 2 de febrero del presente año, nos encontramos con una propuesta consistente en un gasto de Juan Diego García Barrios por importe de 72 euros para Parques y Jardines, por arreglo de fontanerías-averías en Huertas del Rey y, entre paréntesis decía: “Todos los fontaneros de vacaciones”. Por ello, formula las siguientes PREGUNTAS: ¿Es cierto que el día en que se hizo ese gasto, estaban todos los fontaneros de vacaciones?. En caso de ser cierto, ¿por qué no se hizo una previsión para evitar que los mismos disfrutaran las vacaciones al mismo tiempo?. En caso de no ser cierto ¿por qué no se realizó dicho arreglo por personal del Ayuntamiento?.” Contesta la Sra. Concejal de Parques y Jardines, Doña Mª del Carmen Mendoza Ramos, lo siguiente: “No es cierto que estaban de vacaciones. Fue un sábado por la tarde cuando hubo una avería en Huertas del Rey. Intenté localizar a trabajadores para que arreglasen la avería y como no localicé a nadie, llamé a un fontanero particular. La nota que está ahí puede ser un malentendido porque lo que quise decir es que no había localizado a los trabajadores. Y no íbamos a cerrar el agua y dejar los baños de Huertas del Rey, sin agua.”
- Pregunta del grupo político PP: “En el pleno ordinario celebrado el 26 de julio de 2008, se llevó el expediente de declaración de lesividad del Decreto de 22 de junio de 2007. Sin embargo, hasta la fecha no se ha informado al Pleno sobre la resolución de dicho expediente. Por ello, formula las siguientes PREGUNTAS: ¿Ha recaído sentencia sobre dicho procedimiento?. En caso afirmativo, ¿en qué fecha se ha notificado la misma al Ayuntamiento?. ¿Por qué no se ha informado al Pleno al respecto?. Al mismo tiempo, solicitamos copia de la sentencia.” La contesta el Sr. Concejal de Personal, Don Carlos Matías Ruiz Moreno: “Sí ha recaído sentencia sobre dicho procedimiento. Se ha notificado el 13 de noviembre de 2009. No suele ser habitual informarse al Pleno. Y le facilitaremos copia de la sentencia sin ningún problema.”
- Pregunta del grupo político PP: “Con fecha 3 de marzo del presente año y registro de entrada número 2.587, presentamos un escrito en ese Ayuntamiento solicitando información sobre la demanda de la Delegación del Gobierno en Canarias contra el Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento. En concreto, en dicho escrito solicitamos la siguiente información: examinar el mencionado expediente y además, solicitamos copia de lo siguiente: 1) Copia de Providencia del Juzgado de lo Social de Gáldar, Demanda 44/2010, dándose cuenta del escrito presentado por el Abogado del Estado sobre impugnación del Convenio y requiriendo a dicha entidad local para la presentación de certificaciones y facilitación de domicilio. 2) Copia de la Diligencia de notificación por la Sra. Secretaria del Ayuntamiento, del citado decreto de designación al letrado Saúl Quesada Sánchez. 3) Además, indicábamos que, nos imaginamos de la existencia de un error en dicho decreto puesto que señala que han recibido el 16 de febrero de 2008, la mencionada providencia. Lo que comunicamos a los efectos oportunos. Dado que no hemos recibido contestación a dicho escrito, es por lo que, formulamos las siguientes PREGUNTAS: ¿Cuándo se nos va a facilitar la información solicitada en el escrito indicado anteriormente?. ¿Se ha rectificado el decreto de fecha 16 de febrero del presente año, por el que se designó al Letrado Saúl Quesada Sánchez, para asumir la dirección legal y representación procesal del ayuntamiento en el procedimiento señalado anteriormente?. En caso afirmativo, solicitamos copia de dicho decreto.” Continúa el Sr. Concejal de Personal, Don Carlos Ruiz, contestando: Una vez hablado con el asesor jurídico, no hay ningún problema en que lo miren. Pero siguiendo sus instrucciones, de un proceso judicial abierto, no es partidario de que salga ninguna copia del Ayuntamiento. Yo lo comparto completamente. Si dijéramos que el caso está cerrado como es el anterior, darle la sentencia. Manifiesta el letrado que esto son documentos sin ninguna relevancia, pero yo no sé si el escrito donde se requiere a la entidad para que presente certificaciones está preguntando por domicilios e identidades de la persona de la comisión negociadora y no acierto a ver la trascendencia de eso para que ese documento salga del Ayuntamiento. Pero que lo vean no hay ningún problema. En lo que hablaban del decreto, está claro que hay un error material que se ha mandado solucionar mediante un oficio de remisión.”
- Pregunta del grupo político PP: “En el pleno ordinario de Febrero, rogamos que nos informara sobre la denuncia que salió en los medios de comunicación y con registro de entrada en el Ayuntamiento, acerca de algunos problemas en la Residencia. En la cual el Concejal de Servicios Sociales, comentó que las denuncias que se hacían de la Residencia en este tiempo, eran motivadas por cuestiones políticas y por la proximidad de las elecciones. Nosotros les rogamos que, no intente confundir. Nosotros solicitamos información dada las quejas que hemos oído en los medios de comunicación. Nosotros no promovemos a las personas, para que denuncien. Entendemos que, cualquier ciudadano puede trasladar sus quejas donde estimen conveniente. Si mal no recuerdo, quien hizo esa denuncia pública y fue a los medios de comunicación, iba en la lista del partido de sus socios. No será conveniente, por lo tanto ¿qué les pida explicaciones a ellos?. De todas formas, días atrás leímos que constaba en el Ayuntamiento quejas por escrito sobre la residencia. ¿Es eso cierto?. ¿Se están contestando a dichas quejas?.” Contesta el Sr. Concejal de Servicios Sociales, Don Bernardo Macías Gutiérrez, lo siguiente: “En absoluto he dicho que las quejas vinieran motivadas por temas políticos. Yo dije en mi respuesta, que había unos temores por parte de los trabajadores de que hubieran movidas parecidas a las que hubieron previas a las elecciones anteriores. Yo decía: “Pretendemos que la Residencia sea nuestro buque insignia con los Servicios Sociales y que funcione como un reloj. Es nuestra obligación hacer que así sea y si hay fallos, es nuestra obligación corregirlos. De ahí, a que pueda entenderse a que en su conjunto la Residencia tenga un funcionamiento incorrecto o que haya mal ambiente, yo no lo veo. Lo que sí temen en estos momentos los trabajadores, es que dado que ya estamos acercándonos a unas elecciones, la Residencia vuelva a ser utilizada como se utilizó en algún otro momento, como campo de batalla y de trifulcas entre distintos elementos y eso sería lamentable porque al final eso acabará por perjudicar, no al ayuntamiento ni al grupo de gobierno, sino a los propios residentes. También poníamos de manifiesto que nos sorprendía la actitud de la asociación de vecinos que, el mismo día que presentaba sus quejas y nos pedía que la investigásemos, lo remitía a los medios de comunicación. Por tanto, no nos daba tiempo a que lo investigásemos. Evidentemente, cuando hemos investigado y tenemos elementos serios y rigurosos para contestar, hemos contestado por escrito a lo que se nos han preguntado por escrito. En ningún caso, ni por escrito, ni verbalmente, se puede entender que tenemos ningún ánimo de confundir a nadie. Estamos trabajando e intentando hacer desde la disponibilidad y las posibilidades que tenemos y, desde luego, siempre pensando en aquellos ciudadanos a los que estamos sirviendo.”
- Pregunta del grupo político UPG: “Entre las cuentas y facturas aprobadas en Junta de Gobierno el 9 de febrero del presente año, nos encontramos con una propuesta consistente en la inscripción en el Registro de la Propiedad de Santa María de Guía de la escritura de segregación de solar en San Isidro para la Casa del Agricultor, por importe de 142,21 euros. En el pleno ordinario celebrado el 30 de julio de 2009, con relación a una pregunta que formuló el grupo político Partido Popular sobre la reclamación por un particular del solar donde se estaban haciendo las obras de la Casa del Agricultor, se nos contestó que nos mantendrían informados sobre la situación de dicho tema. Sin embargo, hasta la fecha no hemos recibido noticias al respecto. Por ello, formula las siguientes PREGUNTAS: ¿Cuál es la situación jurídica del solar donde se estaban realizando las obras de la Casa del Agricultor?. ¿Qué gestiones se han realizado con respecto a la subvención concedida y cuál es la situación de la misma?. Contesta la Sra. Concejal de Urbanismo, Doña Encarnación Ruiz Alonso: “En cuanto a la situación jurídica del solar donde se estaban realizando las obras de la Casa del Agricultor, el propietario de ese solar ha presentado una reclamación argumentada y se ha dictado un decreto, estimando la reclamación que presenta el propietario del terreno. Por lo tanto, se entiende que hay una escritura que fue lo que expliqué en el pleno anterior, del año 1942 y que el solicitante tiene la razón. Por lo tanto, hay un decreto del Alcalde que lo dice. La pregunta que ustedes hacen con respecto a la cuantía de 142,21 euros, se refiere a la escritura de segregación de donde hoy se encuentra Agumastel y que lo que se hace por parte del Ayuntamiento es, primero segregar la finca, restarla de la finca matriz para luego poder construir la Casa del Agricultor donde hoy se encuentra el Centro Agumastel. La escritura que ustedes preguntan en el Registro de la Propiedad de Santa María de Guía de segregación del solar en San Isidro, es la nueva ubicación de la Casa del Agricultor. Ustedes también preguntan qué gestiones se han realizado con respecto a la subvención concedida y cuál es la situación de la misma. También se explicó en aquel Pleno que había una obra ejecutada en el suelo anterior, que habría que pagarla lógicamente porque es una obra hecha. Y lo que se ha hecho, a partir de ese momento, que se paga la obra y demás, es solicitar el 03 de agosto de 2009 al Cabildo de Gran Canaria, que nos conceda un aplazamiento en la justificación de la subvención y en la ejecución de la misma. Ese aplazamiento se nos concede por parte del Cabildo, tiene registro de entrada en el Ayuntamiento de Gáldar, el 18 de diciembre de 2009 y dice que, con fecha 04 de agosto de 2009, el Ayuntamiento de Gáldar remite escrito por el que solicita cambio de la ubicación de la obra al haber surgido problemas de índole legal, que impida la ejecución de la misma en la ubicación inicialmente prevista y en consecuencia, una modificación del plazo de ejecución que sea suficiente para reformular el proyecto, realizar la contratación y ejecutar la obra. Y en el dispongo dice, “modificar el plazo de ejecución y consecuentemente el de justificación previsto en el decreto 159/08 de 27 de noviembre, fijando el mismo el 15 de julio de 2011”, que es el plazo que nos concede. A partir de ahí, el 13 de enero, se remite el ejemplar nuevo del proyecto denominado “Casa del Agricultor”, ubicado en la calle Músicos Batista de San Isidro al Consejero de Agricultura. El mismo 13 de enero, se remite al Consejo Insular de Aguas para que nos den los permisos pertinentes en lo que se refiere al Barranco del que estamos hablando. El 16 de febrero de 2010, nos requiere el Consejo para que entreguemos una documentación, la cual es entregada el 12 de marzo de 2010. Ahora mismo se ha entregado esa documentación y estamos esperando por la última respuesta del Consejo para volver a sacar el proyecto a licitación.”
Finaliza las intervenciones el Sr. Alcalde, Don Teodoro Claret Sosa Monzón, manifestando lo siguiente: "No obstante, porque sé que habrá personas del barrio de San Isidro escuchando, quietos, no nos estaremos. Jurídicamente se estudiará. No vamos a adelantarnos ni a poner ya argumentos encima de la mesa. Porque hay quienes aseguran que aquello era del Ayuntamiento. Nosotros respetamos las inscripciones registrales y todo lo que tengamos que aceptar pero el gabinete jurídico va a trabajar para que ese solar que históricamente siempre se había hablado que había sido una posible permuta o había sido un cambio, se luche porque no nos podemos quedar sin ese patrimonio y que sean los juzgados los que al final decidan. No vamos a adelantar nada más porque está en manos de los abogados del Ayuntamiento. Con respecto a algunas apreciaciones que hacían los portavoces, decían que quienes han formulado la denuncia pública era una persona que había ido en mi lista. Tiene que estar equivocada. No obstante, la haya formulado quien la haya formulado, yo no le compro el silencio a nadie, ni ninguno de los que estamos aquí. Porque cada cual es libre de denunciar lo que crea conveniente de la Residencia o de cualquier otro lado. Con respecto a las demandas, reiteran hoy de nuevo preguntas, creo que esta semana o la semana pasada, el mismo abogado que ustedes hablan, las ha atendido, explicado, incluso ustedes mismos le han pedido hasta un informe porque parece ser que no entendían el fondo de las demandas. Y sin embargo, todo parece que es oscurantismo y todo es tratar de que ustedes no tengan información sobre las demandas y creo que no es así. Porque en honor a la verdad se tendría que decir todo. Que ustedes han pedido una serie de información y el abogado durante una mañana, estuvo con las dos portavoces explicándoles el contenido de esas demandas, pero eso no se dice porque a lo mejor parece que ya no somos tan malos. Con respecto a lo del sueldo de las portavoces, usted cree que tenemos que ir a denunciar, eso es lo que están esperando. Que vayamos y le digamos a la Consejería que tienen dos personas liberadas cuando tendrían que tener una. Eso es a lo mejor lo que ustedes hubieran hecho. Pero yo lo que le digo es que nosotros hemos dado ejemplo. Yo todavía no he visto que ustedes hayan dado ese mismo ejemplo bajándoselo o diciéndole a la Consejería que ustedes están dispuestos a bajarse el mismo importe. Por último, con respecto la pregunta del grupo político UPG sobre la TDT, porque además quiero que sea esto informativo para todos los vecinos, hoy lo he intentado explicar en un medio de comunicación y lo voy a intentar explicar hoy en el pleno. Ya llevamos una serie de plenos donde ustedes mismos me han preguntado. Sin ir más lejos, el mes pasado había una pregunta de ustedes que contestaba el Concejal de Nuevas Tecnologías, donde decía: “Vecinos de Sardina nos siguen trasladando sus quejas puesto que sigue sin verse la TDT”. Eso mismo ustedes lo preguntaban y lo han preguntado ya en dos o tres ocasiones. Le contestábamos que estábamos con los permisos, con las licencias, con el proyecto y siempre de la mano, desde la primera visita que realizó el Sr. Ruiz Arzola, del Gobierno de Canarias, para intentar solucionar que Sardina, que se iba a quedar en una zona oscura, no llegaría la Televisión Digital Terrestre y tendríamos que poner un repetidor de televisión. Ante la pregunta que usted me hacía doña Ana Mª, qué antena de televisión y quiero recalcar de “televisión”, porque aquí parece que todas las antenas son iguales y no lo son. Afortunadamente ustedes preguntaban, tiene licencia, sí. Es más, los mismos vecinos han ido a denunciar al Seprona, esta semana, porque ellos mismos me lo han dicho y el propio Presidente de la Asociación de Vecinos me lo ha dicho. Seprona le requirió la documentación y no ha paralizado la obra, por algo será. Porque si Seprona hubiera visto que estaba incorrecto, inmediatamente lo hubiera paralizado. Segunda cuestión, afortunadamente, en nuestro Ayuntamiento desde el año 2001, hay una ordenanza que ustedes no sé si tienen copia, pero si no la solicitan, del Boletín Oficial de la Provincia del viernes, 22 de julio de 2001. En esta ordenanza se habla de la instalación de antenas y diferencia antena de telefonía, antena de televisión y antena de radio. Y sin ánimos de bronca, porque no quiero que esto se utilice de esa forma. En su momento se colocó una antena para que Canal Norte, se viera en Sardina, en el Campo de Fútbol de Sardina y ustedes lo recordarán. Y otra antena en la Asociación de Vecinos de Piso Firme para que se viera Canal Norte en Piso Firme. Y qué diferencia hay entre la que se va a poner en Cumbrecillas del Faro y la que se puso en el Campo de Fútbol en la época de ustedes o en la época de quien fuera. Daba igual, ¿las antenas de televisión están puestas en toda Gáldar?. Sí. Miremos a las azoteas de cada una de las casas de nosotros, a ver si hay antenas de televisión. ¿Antenas de telefonía hay en todos lados?. No. Ni se permiten. Hay una gran diferencia y luchamos, éste que les habla, esta Corporación, la anterior y en la época incluso de Demetrio, por quitar la que estaba en la Bajada de las Guayarminas. Tres Corporaciones diferentes luchamos por quitar la antena de telefonía de Bajada de las Guayarminas, porque era de telefonía y vuelvo hacer referencia a la ordenanza. La ordenanza establece que, cuando es telefonía móvil, queda prohibida la colocación de antenas de telefonía móvil, a menos de doscientos metros de cualquier casa, vivienda o edificio habitado, así como de vías, hospitales, centros de salud, escuelas, guarderías y residencias de ancianos. Eso lo dice la ordenanza aprobada por este ayuntamiento. Artículo 15, antenas receptoras de radio y televisión, transmisión vía satélite y antes de leerles lo que dice, les repito que, antenas parabólicas, ¿en cuántos edificios comunitarios las hay?, ¿cuántos radioaficionados tenemos en Gáldar con esas antenas en sus azoteas?. Todas las que queramos, porque no tiene nada que ver con la telefonía. Y dice en el punto c), que se permiten adosadas a paramentos de chimeneas, torreones, casetones o cualquier otro elemento prominente en una cubierta, antes decían ustedes en un depósito, siempre que se sitúe a una distancia mínima de tres metros de la línea de fachada y tiene lógica. Si no en cualquier azotea, no se podría poner una antena de televisión. Lo que tiene que estar es tres metros retirada de la fachada y ustedes mismos antes lo decían, en el escrito de ese vecino que les ha mandado el comunicado. La que está puesta, no está a tres metros, sino a 80 metros. Centro Emisor de Sardina de Gáldar, informe emitido por Retevisión, la empresa encargada por el Gobierno de Canarias para la colocación de esta antena, dice, “se ha seleccionado el emplazamiento de la montaña del Faro, como el más idóneo que permite proporcionar cobertura al conjunto de la localidad.” Esto lo dice la empresa, no el Ayuntamiento. “Con potencia muy reducida” y, habla de un vatio. Hoy lo expliqué yo en la Radio. Un móvil tiene un vatio de potencia. Es decir, la antena que se está poniendo en Cumbrecillas del Faro, no es de telefonía, es de televisión, es para poder ver en Sardina la TDT porque, cinco mil vecinos de ese barrio, se quedan sin ver la Televisión Digital Terrestre y la potencia es de un móvil. Es más, por expertos me han dicho, tenemos más potencia en un enchufe de una casa. Cualquier electrodoméstico tiene más potencia. Por lo tanto, lo que no podemos es crear alarmas y agradezco la pregunta, porque se aclara. Yo no estoy diciendo que ustedes estén creando alarma. Pero hay personas que en estos últimos días han ido a medios de comunicación alegremente a decir y perdonen la palabra “disparates” y eso es peligroso cuando se dicen, como decir que estamos jugando con la salud de las personas. ¿O es que los vecinos de Sardina no son de Gáldar?. Ayer una persona que dice que es político, dice en un medio de comunicación, que como al Alcalde no se la ponen al lado de su casa, no le duele. Es que el Alcalde y todos los que estamos aquí sentados tenemos una responsabilidad legal que cumpla con los permisos, que cumpla con la legislación y para nosotros que cumpla con la ordenanza municipal y, la ordenanza establece que se pueda colocar. Por lo tanto, no es capricho ni querer fastidiar a un vecino o no. Es que Sardina tiene que tener un repetidor para ver la televisión digital terrestre. Fíjense si no ha habido mala fe, el día 18 de marzo tuvimos una reunión varios vecinos de Cumbrecillas del Faro, la Sra. Secretaria levantó acta, el Presidente de la Asociación de Vecinos, un ingeniero de Retevisión y este que les habla. Acuerdos a los que llegamos y está por escrito. Si quieren les doy copia y los vecinos también se la llevaron. Pero eso no se dice, se calla, porque no interesa. Primer acuerdo, el Ayuntamiento de Gáldar se compromete a velar para que no se instale telefonía móvil en esa antena. Porque la duda era si se iba a poner televisión o telefonía, entre otras cosas, porque la ordenanza no lo dejaría, porque está a 80 metros de las casas y la ordenanza de Gáldar dice 200 metros de las casas, Por lo tanto, no hacía falta ni ponerlo por escrito, pero lo quisimos poner. Prohibición de poner telefonía en esa antena. Segundo punto, Retevisión que es la empresa que está poniéndolo por el Gobierno de Canarias, dice “se compromete a realizar las medidas radioeléctricas, según la normativa estatal vigente. Además aceptará la propuesta de la empresa homologada para la realización de medidas radioeléctricas presentada por los vecinos para la medición del espectro radioeléctrico”. Es decir, para que nadie pensara que a lo mejor íbamos a engañar o manipular los datos, los vecinos de Cumbrecillas del Faro, según este acuerdo, van a elegir una empresa de ingeniería que haga la medición radioeléctrica para que ellos sean los que al final tengan el dato y no lo que diga el Ayuntamiento, ni el Concejal, ni el Alcalde, ni Retevisión. Que lo tengan de primera mano para que nadie dude de la corrección o no de la antena. Tercer acuerdo, “el Ayuntamiento se obliga a retirar la antena en caso de que no se cumpla la radiación electromagnética permitida a dicha antena, según la normativa estatal vigente”. Gáldar no es independiente. Hay una normativa en todo el Estado que habla de las antenas de televisión. Si esa antena una vez medida, el espectro radioeléctrico no cumple, este Ayuntamiento manda a quitarla y lo dice el acuerdo. El último punto, “la representación vecinal se compromete a informar al resto de los vecinos, del contenido de este documento”. Y mucho me temo que nosotros hemos cumplido con los tres puntos primeros, pero quizás con lo que no se ha cumplido, es con el último punto. Y es que los vecinos sepan de la existencia de este acuerdo y de la existencia de una ordenanza municipal. Mucho me temo porque se dice que uno piensa mal y a veces se acierta, qué coincidencia que hoy a las siete y media de la tarde, haya una asamblea en el barrio de Sardina convocada por estas personas, justo el mismo día que hay pleno y a la misma hora que hay pleno. No sé si es porque no quieren que estén los políticos en esa reunión. Y me hubiera gustado estar y desde aquí lo digo para si me ven todos los vecinos de Sardina, que no me importa hacer una asamblea en el barrio de Sardina y explicar esto mismo que les estoy diciendo aquí. Porque no tenemos nada que ocultar. No es de telefonía. Es de televisión y si con la ordenanza quitamos aquella, empezamos a mandar una ordenanza para que quitemos todas las antenas de la azoteas de las casas. Porque si aquella es mala, son malas las parabólicas y son malas todas las antenas que tenemos en las azoteas de las casas y, hay algunas personas que están jugando con los sentimientos de las personas, porque hablan de la salud, de que si van a enfermar. Hay que respetar y no jugar con las personas que a veces no saben si es verdad o no. Simplemente tranquilizar a los vecinos de Sardina y que este grupo de gobierno y esta Corporación, vamos a estar para informar, no para manipular, ni engañar a los vecinos de Cumbrecillas del Faro.”
Y sin más asuntos que tratar, se da por terminada la sesión, siendo las veintiuna horas veinte minutos, de todo lo cual se levanta la presente acta, que firman conmigo los Señores asistentes, de la que yo, como Secretaria, certifico.
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