26 de Octubre
ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA VEINTISÉIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ, EN PRIMERA CONVOCATORIA, POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
En la Ciudad de Gáldar, siendo las nueve horas treinta minutos del día veintiséis de octubre de dos mil diez, se reúne en la Sala de la Alcaldía, bajo la Presidencia del Señor Alcalde-Presidente, Don Teodoro C. Sosa Monzón, la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia de los siguientes Señores y Señoras: Doña María Encarnación Ruiz Alonso, Don Cayetano González Padrón, Don Bernardo Macías Gutiérrez, Don Carlos Matías Ruiz Moreno y Don Vicente Moreno Santiago. Excusó su ausencia Doña Leticia Armas Guzmán. Asistió el Interventor Accidental Don Antonio Graciano Pérez Reyes. Como Secretaria Accidental Doña Candelaria Guerra Pulido.
Comprobada la asistencia del número legal suficiente para la celebración de la sesión, por el Sr. Presidente se declara abierto el acto y por Secretaría se da lectura al Orden del Día circulado al efecto a fin de proceder al estudio de los diversos asuntos comprendidos en el mismo.
1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA SESIÓN ANTERIOR.-
Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior celebrada el día diecinueve de octubre de dos mil diez, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente y no formulándose ninguna, el Señor Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la citada sesión, ordenando su transcripción al Libro de Actas, en base a lo dispuesto en el art. 110.2 del R.O.F.
2º.- BOLETINES OFICIALES Y COMUNICACIONES.-
Se dio cuenta de los Boletines Oficiales recibidos y la Junta de Gobierno quedó enterada.
Siendo la nueve horas treinta y tres minutos se ausenta de la sesión Don Bernardo Macías Gutiérrez por afectarle directamente el siguiente asunto a tratar.
3º.- CUENTAS Y FACTURAS. ACUERDOS PROCEDENTES.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local, la relación de facturas que presenta Intervención y que comprende la que comienza por una a nombre de “LIBRERÍA-COPISTERÍA DRAGO, materiales diversos, por importe de nueve euros (09,00 €)” y finaliza por otra de “SANEAMIENTOS NOROESTE, S.L., materiales diversos, por importe de cuatro mil doscientos treinta y dos euros con setenta y un céntimos (4.232,71 €)”, siendo la suma total de la relación quince mil ochocientos veinticuatro euros con cuarenta y un céntimos (15.824,41 €).
Examinadas las facturas y encontrándolas ajustadas al vigente Presupuesto Municipal ordinario de gastos, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los señores asistentes acordó su aprobación.
Siendo las nueve horas treinta y cinco minutos se incorpora nuevamente a la sesión Don Bernardo Macías Gutiérrez.
4º.- CERTIFICACIONES DE OBRAS. ACUERDOS PROCEDENTES.-
4.1.- CERTIFICACIÓN NÚMERO UNO DE LA OBRA “ACONDICIONAMIENTO DE AULA DE ROCK, INSTALACIÓN DE ESCENARIO EN PATIO Y MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN EL EDIFICIO DE LA CASA DE LA JUVENTUD”.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de la certificación número uno de la obra “ACONDICIONAMIENTO DE AULA DE ROCK, INSTALACIÓN DE ESCENARIO EN PATIO Y MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN EL EDIFICO DE LA CASA DE LA JUVENTUD” (Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local), debidamente suscrita por el Director Técnico y Contratista CONSTRUCCIONES RODRÍGUEZ LUJÁN, S.L., por importe de veintisiete mil setecientos treinta y ocho euros con sesenta y siete céntimos (27.738,67 €).
Vista la certificación de obra, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Aprobar la certificación número uno de la obra “ACONDICIONAMIENTO DE AULA DE ROCK, INSTALACIÓN DE ESCENARIO EN PATIO Y MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD EN EL EDIFICIO DE LA CASA DE LA JUVENTUD” (Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local) por importe de veintisiete mil setecientos treinta y ocho euros con sesenta y siete céntimos (27.738,67 €).
4.2.- CERTIFICACIÓN NÚMERO OCHO DE LA OBRA “CENTRO DE APOYO SOCIAL DE LA MONTAÑA” PROYECTO COFINANCIADO POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER).-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de la certificación número ocho de la obra “CENTRO DE APOYO SOCIAL DE LA MONTAÑA” cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), debidamente suscrita por el Director Técnico y Contratista CONSTRUCCIONES RODRÍGUEZ LUJÁN, S.L., por importe de cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta euros con treinta y ocho céntimos (56.440,38).
Vista la certificación de obra, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Aprobar la certificación número ocho de la obra “CENTRO DE APOYO SOCIAL DE LA MONTAÑA” cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) por importe de cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta euros con treinta y ocho céntimos (56.440,38).
4.3.- ANULACIÓN DE ACUERDO SOBRE APROBACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN DE OBRAS NÚMERO TRES DE LA OBRA “MEJORA EN LA RED DE DRENAJE EN LA MONTAÑA, BECERRIL Y PALMA DE ROJAS”.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se expone que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010 aprobó la certificación número tres de la obra “MEJORA EN LA RED DE DRENAJE EN LA MONTAÑA, BECERRIL Y PALMA DE ROJAS” (Refª. 08.PIO.06.01); con fecha 28 de junio de 2010 dicha certificación fue devuelta por el Excmo. Cabildo de Gran Canaria, Servicio de Cooperación Institucional puesto que existen unidades de obras certificadas cuya mediciones no se ajustan a la realidad de la obra ejecutada, debiéndose revisar las unidades referentes al capítulo 4 de pavimentación, por lo expuesto se propone anular dicha certificación y aprobar una nueva certificación número tres una vez subsanados los errores detectados.
A la vista de lo expuesto, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Anular la certificación número tres de la obra “MEJORA EN LA RED DE DRENAJE EN LA MONTAÑA, BECERRIL Y PALMA DE ROJAS” (Refª. 08.PIO.06.01) por importe de veintiséis mil novecientos sesenta y seis euros con veinticinco céntimos (26.966,25 €), aprobada por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el día 4 de mayo de 2010.
4.4.- CERTIFICACIÓN NÚMERO TRES (ÚLTIMA) DE LA OBRA “MEJORA EN LA RED DE DRENAJE EN LA MONTAÑA, BECERRIL Y PALMA DE ROJAS”.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de la certificación número tres (última) de la obra “MEJORA EN LA RED DE DRENAJE EN LA MONTAÑA, BECERRIL Y PALMA DE ROJAS” (Refª.:08.PIO.06.01), debidamente suscrita por el Director Técnico y Contratista, CONSTRUCCIONES RODRÍGUEZ LUJÁN S.L., por importe de treinta y nueve mil sesenta y cuatro euros con setenta y cuatro céntimos (39.064,74 €).
Vista la certificación de obra, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar la certificación número tres (última) de la obra “MEJORA EN LA RED DE DRENAJE EN LA MONTAÑA, BECERRIL Y PALMA DE ROJAS” (Refª.: 08.PIO.06.01) por importe de treinta y nueve mil sesenta y cuatro euros con setenta y cuatro céntimos (39.064,74 €).
Segundo.- Remitir la referida certificación al Excmo. Cabildo de Gran Canaria.
4.5.-CERTIFICACIÓN NÚMERO UNO DE LA OBRA “ENSANCHE DE LA CALLE REAL DE SAN SEBASTIÁN”.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de la certificación número uno de la obra “ENSANCHE DE LA CALLE REAL DE SAN SEBASTIÁN” (Refª.:08.PCA.06.10), debidamente suscrita por el Director Técnico y Contratista, FÉLIX SANTIAGO MELIÁN, S.L., por importe de quince mil ciento cuarenta y un euros con cincuenta y ocho céntimos (15.141,58 €).
Vista la certificación de obra, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar la certificación número uno de la obra “ENSANCHE DE LA CALLE REAL DE SAN SEBASTIÁN” (Refª.: 08.PCA.06.01) por importe de quince mil ciento cuarenta y un euros con cincuenta y ocho céntimos (15.141,58 €).
Segundo.- Remitir la referida certificación al Excmo. Cabildo de Gran Canaria.
4.6.- CERTIFICACIÓN NÚMERO DOS (ÚLTIMA) DE LA OBRA “MEJORAS EN CALLE SÁNCHEZ LANTIGUA”.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de la certificación número dos (última) de la obra “MEJORAS EN CALLE SÁNCHEZ LANTIGUA” (Refª.:08.PCA.06.02-1), debidamente suscrita por el Director Técnico y Contratista, CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS, S.L., por importe de treinta y dos mil quinientos un euros con ochenta y nueve céntimos (32.501,89 €).
Vista la certificación de obra, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar la certificación número dos (última) de la obra “MEJORAS EN CALLE SÁNCHEZ LANTIGUA” (Refª.: 08.PCA.06.02-1) por importe de treinta y dos mil quinientos un euros con ochenta y nueve céntimos (32.501,89 €).
Segundo.- Remitir la referida certificación al Excmo. Cabildo de Gran Canaria.
4.7.- CERTIFICACIÓN NÚMERO ONCE DE LA OBRA “ACERAS, MUROS DE CONTENCIÓN Y ASFALTADO” PROYECTO COFINANCIADO POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER).-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de la certificación número once de la obra “ACERAS, MUROS DE CONTENCIÓN Y ASFALTADO” cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), debidamente suscrita por el Director Técnico y Contratista CONSTRUCCIONES RODRÍGUEZ LUJÁN, S.L., por importe de ciento sesenta y cinco mil novecientos noventa y cuatro euros con sesenta y nueve céntimos (165.994,69 €).
Vista la certificación de obra, la Junta de Gobierno Local por unanimidad, acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Aprobar la certificación número once de la obra “ACERAS, MUROS DE CONTENCIÓN Y ASFALTADO” cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) por importe de ciento sesenta y cinco mil novecientos noventa y cuatro euros con sesenta y nueve céntimos (165.994,69 €).
5º.- INFORMES DEL NEGOCIADO DE ASUNTOS TRIBUTARIOS. ACUERDOS PROCEDENTES.-
5.1.- SOLICITUD DE DON FRANCISCO CRISTÓBAL TACORONTE TACORONTE, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Francisco Cristóbal Tacoronte Tacoronte, con D.N.I./N.I.F. 42.782.202-V, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo de su propiedad marca PEUGEOT, modelo 207 5P, matrícula 9490-FYX, dada su condición de minusválido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y, demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó conceder a Don Francisco Cristóbal Tacoronte Tacoronte, con D.N.I./N.I.F. 42.782.202-V, la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) respecto del vehículo de su propiedad, marca PEUGEOT, modelo 207 5P, matrícula 9490-FYX, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir del año 2008.
5.2.- SOLICITUD DE DON JUAN SOSA PEREZ, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Juan Sosa Pérez, con D.N.I./N.I.F. 78.451.948-Y, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo de su propiedad marca LAND ROVER, modelo DISCOVERY 5P, matrícula GC-3271-BU, dada su condición de minusválido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y, demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó conceder a Don Juan Sosa Pérez, con D.N.I./N.I.F. 78.451.948-Y, la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) respecto del vehículo de su propiedad, marca LAND ROVER, modelo DISCOVERY, matrícula GC-3271-BU, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir del año 2007.
5.3.- SOLICITUD DE DON PRUDENCIO GUILLÉN SOSA, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Prudencio Guillén Sosa, con D.N.I./N.I.F. 42.762.945-B, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo de su propiedad marca TOYOTA, modelo LAND CRUISER 5-D, matrícula GC-6554-CC, dada su condición de minusválido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y, demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó conceder a Don Prudencio Guillén Sosa, con D.N.I./N.I.F. 42.762.945-B, la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) respecto del vehículo de su propiedad, marca TOYOTA, modelo LAND CRUISER 5-D, matrícula GC-6554-CC, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir del año 2010.
5.4.- SOLICITUD DE DON MANUEL CELSO JESÚS OLIVA SOSA, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Manuel Celso Jesús Oliva Sosa, con D.N.I./N.I.F. 42.767.497-D, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo de su propiedad marca LAND ROVER, modelo DEFENDER, matrícula GC-1129-AV, dada su condición de minusválido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y, demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó conceder a Don Manuel Celso Jesús Oliva Sosa, con D.N.I./N.I.F. 42.767.497-D, la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) respecto del vehículo de su propiedad, marca LAND ROVER, modelo DEFENDER, matrícula GC-1129-AV, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir del año 2008.
5.5.- SOLICITUD DE DON CONRADO DOMÍNGUEZ AUYANET, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Conrado Domínguez Auyanet, con D.N.I./N.I.F. 42.654.618-Z, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo de su propiedad marca AUDI, modelo A4 1.8 5V, matrícula 9561-BBL, dada su condición de minusválido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y, demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó conceder a Don Conrado Domínguez Auyanet, con D.N.I./N.I.F. 42.654.618-Z, la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) respecto del vehículo de su propiedad, marca AUDI, modelo A4 1.8 5V, matrícula 9561-BBL, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir del año 2008.
5.6.- SOLICITUD DE DON IGNACIO CARMELO GIL GONZÁLEZ, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Ignacio Carmelo Gil González, con D.N.I./N.I.F. 42.851.118-W, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo de su propiedad marca TOYOTA, modelo COROLLA 1.6 4-D, matrícula 8250-FTY, dada su condición de minusválido.
Asimismo, renuncia a la exención que, por el mismo motivo le fue concedida a instancia de parte, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21/09/2004 y respecto del vehículo GC-0398-BB.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y, demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Conceder a Don Ignacio Carmelo Gil González, con D.N.I./N.I.F. 42.851.118-W la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica respecto del vehículo de su propiedad, marca TOYOTA, modelo COROLLA 1.6 4-D, matrícula 8250-FTY, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir de año 2011.
Segundo.- Anular la exención concedida a Don Ignacio Carmelo Gil González, en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21 de septiembre de 2004 para el vehículo GC-0398-BB, toda vez que, según las disposiciones vigentes al respecto, tales exenciones no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de ellas por más de un vehículo simultáneamente.
5.7.- SOLICITUD DE DON SANTIAGO SANTANA VEGA, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU HIJO, DON DANIEL ALEXANDER SANTANA GONZÁLEZ, DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.-
Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre escrito de Don Santiago Santana Vega, en nombre y representación de su hijo, Don Daniel Alexander Santana González, con D.N.I./N.I.F. 78.498.034-T, solicitando se le conceda la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) por el vehículo a nombre de su representado, marca CITROEN, modelo C4 1.4, matrícula 6839-DLX, dada su condición de minusválido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 92.1, 93.1 e), 93.2 y 94 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad; artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó conceder a Don Daniel Alexander Santana González con D.N.I./N.I.F. 78.498.034-T, la exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.) respecto del vehículo de su propiedad, marca CITROEN, modelo C4 1.4, matrícula 6839-DLX, todo ello mientras se conserven los requisitos por los que se le concede tal exención y con efectividad a partir del año 2010.
6º.- APROBACIÓN DE PROYECTO. ACUERDO PROCEDENTE.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se propone la aprobación del proyecto denominado “ESPACIO LIBRE ANEXO A LA CANCHA DE ANZO”, redactado por la Oficina Técnica Municipal con un presupuesto de cincuenta y siete mil doscientos dos euros con cuarenta y dos céntimos (57.202,42 €).
Vista la propuesta, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Aprobar el proyecto denominado “ESPACIO LIBRE ANEXO A LA CANCHA DE ANZO”, redactado por la Oficina Técnica Municipal con un presupuesto de cincuenta y siete mil doscientos dos euros con cuarenta y dos céntimos (57.202,42 €).
7º.- APROBACIÓN DE CONVENIO “INSTALACIÓN DE CONTENEDORES DE RECOGIDA DE ACEITE DOMÉSTICO Y SU RECOGIDA Y TRANSPORTE”. ACUERDO PROCEDENTE.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se propone la aprobación de convenio a suscribir con la entidad EKOATLANTICA DE RECUPERACIÓN, S.L. referente a la implantación de un sistema de recogida selectiva de aceite vegetal, procedente de los hogares del municipio y su reciclado, así como realización de campaña de difusión e información al ciudadano.
Vista la propuesta, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobación del Convenio de Colaboración a suscribir con la entidad EKOATLANTICA DE RECUPERACIÓN, S.L. para la implantación de un sistema de recogida selectiva de aceite vegetal, procedente de los hogares del municipio y su reciclado, así como realización de campaña de difusión e información al ciudadano, cuyo contenido es como sigue:
“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR Y EKOATLANTICA DE RECUPERACIÓN S.L.
REUNIDOS
De una parte Don Teodoro Sosa Monzón en calidad de Alcalde-Presidente, con N.I.F 44.704.546-K, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Gáldar, sito en Plaza Santiago, Gáldar, y con C.I.F. P-3500900-J, en uso de la facultad atribuida por el Pleno.
Y de otra Don Engelbert Borras Marimón, con D.N.I. 38.847.818-L en calidad de administrador de la empresa Ekoatlantica de Recuperación S.L. gestora autorizada de residuos no peligrosos (aceites usados domésticos) por Medio Ambiente y el Gobierno de Canarias con número de Gestor RNP-273-IC y con C.I.F.: B-35828268.
Intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que cada uno le están conferidas con plena capacidad para formalizar el presente convenio de colaboración y, a tal efecto:
EXPONEN:
Que el Ayuntamiento de Gáldar, en el ámbito de sus competencias según lo establecido en la Ley 7/85 del 2 de Abril, Reguladora de las bases del Régimen local, modifica por la Ley 57/03 del 16 de Diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, se encuentra habilitado para promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Además en virtud de lo dispuesto en la Ley de Residuos 10/1998 de 21 de Abril, los aceites domésticos usados y envases de plástico entran en el ámbito de aplicación de los residuos sólidos urbanos.
De entre las competencias que expresamente atribuye la legislación al municipio, se incluye lo referente a la recogida, transporte y eliminación de residuos urbanos, además de proveer de los servicios necesarios para la protección del medio ambiente.
El M.I. Ayuntamiento de Gáldar está interesado en regular el vertido de aceites de usos doméstico usado a la red de alcantarillado, evitándolo en la medida de lo posible.
La empresa Ekoatlantica de Recuperación S.L. están interesada en la recogida y transporte del aceite usado, para su posterior tratamiento y transformación en BIOCOMBUSTIBLE.
Que el residuo de aceite doméstico es en la actualidad una de las principales causas de contaminación de las aguas residuales urbana, ya que por lo general, una vez utilizado se vierten por el desagüe a la red de alcantarillado del municipio, produciéndose la consiguiente agresión al entorno. Estos vertidos hacen que la depuración del agua sea tremendamente costosa, dificultando el funcionamiento de las E.D.A.R.. En el caso de no realizarse una total eliminación de las grasas, el agua contaminas las cuencas internas, el mar, acuíferos…interfiriendo en la vida natural y degradando el entorno. Además el aceite en el agua facilita la proliferación de microorganismos perjudiciales para la salud. Provoca también, problemas en las tuberías de nuestras casas, obstruyéndolas. Las aguas residuales sin aceite abaratan la depuración y facilitan la reutilización del agua.
Que se constata una demanda social para dar una solución a este vertido de aceite vegetal de cocina, canalizada a través de diferentes asociaciones y colectivos como asociaciones de vecinos, consumidores y usuarios.
Que el Ayuntamiento están interesado en la segregación de la fracción de un residuo doméstico para su reciclaje (aceites y grasas comestibles 20 01 25 código LER de la Orden M.A.N./304/2002 del 8 de febrero por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos).
El sistema de recogida de aceite vegetal se basa en:
Uso del sistema Compalsa Home, basado en nos embudos de material plástico, dotados con una rosca adaptable a cualquier botella de plástico de refresco estándar. Serán distribuidos por el propio Ayuntamiento, comerciantes…,(estos pueden ser distribuidos si así lo considerases por los responsables municipales, por el propio Ayuntamiento, comerciantes…). Una vez que la botella esté llena, el ciudadano la depositará en los contenedores habilitados a tal efecto y ubicados en las zonas pre-determinadas entre el Ayuntamiento y la empresa Ekoatlantica de Recuperación S. L.
Los recogedores de Ekoatlantica de Recuperación S. L. realizarán la recogida de las botellas depositadas en los contenedores en la periodicidad que se determine con el Ayuntamiento para que el vaciado se realice cuantas veces sea necesario, así como las correspondientes operaciones de gestión del residuo, según esté establecido en las autorizaciones administrativas.
La Ekoatlantica de Recuperación S. L. cuenta así mismo con un sistema informático y un teléfono (902) para mantener y controlar en cada momento el estado de los contenedores.
Que las parte firmantes coinciden en la necesidad de fomentar la recogida y posterior reciclaje de los residuos de aceites de alimentación. En consecuencia ambas partes pretenden llevar a cabo dichos objetivos con sujeción a las siguientes:
CLÁUSULAS:
1.- Es objeto del presente convenio regular los compromisos de las partes firmantes del mismo, para la implantación de un sistema de recogida selectiva de aceite vegetal, procedente de los hogares del municipio y su reciclado, así como la realización de campañas de difusión e información al ciudadano (la posibilidad de realizar campañas de difusión e información al ciudadano).
2.- Compromisos del Ayuntamiento de Gáldar
Colaborara en el diseño de la campaña de comunicación (si asía se considerase).
Difusión y publicidad de las actuaciones desarrolladas.
Verificar que los recogedores disponen de las correspondientes autorizaciones.
3.- Compromisos de Ekoatlantica de Recuperación S. L.:
Dotar de las infraestructuras necesarias para ejecutar de manera correcta la recogida de aceite coordinado con el Ayuntamiento.
Velar por el correcto funcionamiento del sistema de recogida selectiva del aceite, así como por el cumplimiento de la normativa en cuanto a autorizaciones administrativas de sus miembros.
Promover cursos de formación y actualización, para transportistas y/o recogedores.
Mantener en las mejores condiciones higiénico-sanitarias, así como su mantenimiento y conservación los puntos de contenerización en que estén ubicados.
Ekoatlantica de Recuperación S. L. se compromete a facilitar al Ayuntamiento de Gáldar los datos de recogida, incidencias y servicios prestados con una periodicidad de 6 meses.
Ekoatlantica de Recuperación S. L. tendrá suscrita una póliza de seguros de responsabilidad civil para que estén cubierto cualquier daño o perjuicio causado por el servicio.
4.- VIGENCIA.- La duración del presente convenio es de dos años a contar desde la firma del mismo. Quedará prorrogado en periodos anuales de forma automática si no se produce ninguna de las causas de resolución del contrato, enumeradas a continuación.
5.-RESOLUCIÓN.- El convenio podrá ser rescindido mediante comunicación por escrito con tres meses de antelación, por las causas siguientes:
Incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas u obligaciones.
Las demás causas presentes en la legislación vigente.”
Segundo.- Facultar al Alcalde-Presidente para la firma del referido Convenio de Colaboración.
8º.- CARTA DE ADHESIÓN AL PROGRAMA “LA CAIXA Y LA POBREZA INFANTIL”. ACUERDO PROCEDENTE.-
Por el Señor Concejal de Servicios Sociales, Don Bernardo Macías Gutiérrez, se propone la adhesión al programa “La Caixa y la Pobreza Infantil”, que tiene por objeto favorecer los procesos de integración social de los menores en riesgo de exclusión social y sus familias, cubrir sus necesidades básicas vitales y fomentar su desarrollo como personas mediante un conjunto de actuaciones concretas dirigidas a paliar la situación económica y social precaria de las familias.
Vista la propuesta de acuerdo, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Autorizar al Alcalde-Presidente para la firma de la Carta de Adhesión al programa “La Caixa y la Pobreza Infantil”, que tiene por objeto favorecer los procesos de integración social de los menores en riesgo de exclusión social y sus familias, cubrir sus necesidades básicas vitales y fomentar su desarrollo como personas mediante un conjunto de actuaciones concretas dirigidas a paliar la situación económica y social precaria de las familias.
URGENCIAS.- Seguidamente y previa Declaración de Urgencia acordada por unanimidad, fueron tratados los siguientes asuntos:
A).- APROBACIÓN DE MODIFICADOS DE PROYECTOS. ACUERDOS PROCEDENTES.-
A.1.- MODIFICADO DEL PROYECTO “ENSANCHE DE LA CALLE REAL DE SAN SEBASTIÁN”. ACUERDO PROCEDENTE.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se propone la aprobación del modificado del proyecto denominado “Ensanche de la calle Real de San Sebastián”, sin variación presupuestaria.
Vista la propuesta, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar el modificado del proyecto denominado “Ensanche de la calle Real de San Sebastián”, redactado por la Oficina Técnica Municipal, sin variación presupuestaria.
Segundo.- Remitir el referido modificado al Excmo. Cabildo de Gran Canaria.
A.2.- MODIFICADO DEL PROYECTO “ACONDICIONAMIENTO DE FIRME Y PARED DE CERRAMIENTO CAMPO DE FÚTBOL DE SARDINA”. ACUERDO PROCEDENTE.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso se propone la aprobación del modificado del proyecto denominado “Acondicionamiento de firme y pared de cerramiento campo de fútbol de Sardina”, con variación presupuestaria por baja en los precios, de cincuenta mil setecientos veintiún euros con sesenta céntimos (50.721,60 €) del proyecto inicial pasa a cincuenta mil cuatrocientos veintiún euros con sesenta céntimos (50.421,60 €) en el modificado.
Vista la propuesta, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar el modificado del proyecto denominado “Acondicionamiento de firme y pared de cerramiento campo de fútbol de Sardina”, redactado por la Oficina Técnica Municipal, por un importe de cincuenta mil cuatrocientos veintiún euros con sesenta céntimos (50.421,60 €)
Segundo.- Remitir el referido modificado al Instituto Insular de Deportes.
B).- APROBACIÓN DE FACTURA JUSTIFICATIVA DE GASTO. ACUERDO PROCEDENTE.-
Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se expone que por este Ayuntamiento se resolvió la necesidad de realizar la obras consistentes en “REHABILITACIÓN DEL CENTRO DE ARTESANÍA DE CAIDEROS Y SEÑALIZACIÓN DE RUTAS DE INTERÉS ETNOGRÁFICO EN MEDIANÍAS DE GÁLDAR”, (Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local), dicha obra fue contratada con la entidad LEGOINOS, S.L., realizadas las mismas se propone la aprobación de la factura núm. 1111010 emitida por LEGOINOS, S.L.
Vista la propuesta, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción del siguiente acuerdo:
Único.- Aprobar la factura número 1111010 de fecha 13 de octubre de 2010, emitida por LEGOINOS, S.L., por importe de diecisiete mil euros (17.000,00 €), por el concepto de obras de “Rehabilitación del Centro de Artesanía de Caideros y señalización de rutas de interés etnográfico en medianías de Gáldar”.
9º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-
No se formularon.
Y sin más asuntos que tratar, se dio por terminada la sesión, siendo las diez horas, de todo lo cual se levanta la presente acta que firman conmigo los Señores y Señoras asistentes, de la que yo, como Secretaria, certifico.
Consejo de Sostenibilidad MunicipalAcceda al documento con las Actuaciones Priorizadas del I Plan de Acción Integral Sostenible de la Agenda 21 Local de Gáldar Acceda al foro de debate y/o a la documentación de trabajo del mismo. |
I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres
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