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05 de Octubre

last modified 2010-10-26 14:26

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA CINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ, EN PRIMERA CONVOCATORIA, POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
                                             


En la Ciudad de Gáldar, siendo las nueve horas treinta minutos del día cinco de octubre de dos mil diez, se reúne en la Sala de la Alcaldía, bajo la Presidencia del Señor Alcalde-Presidente, Don Teodoro C. Sosa Monzón, la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia de los siguientes Señores y Señoras: Doña María Encarnación Ruiz Alonso, Don Cayetano González Padrón, Don Bernardo Macías Gutiérrez, Don Carlos Matías Ruiz Moreno, Doña Leticia Armas Guzmán y Don Vicente Moreno Santiago. Asistió el Interventor Accidental Don Antonio Graciano Pérez Reyes. Como Secretaria Accidental María Angeles Suárez González.
Comprobada la asistencia de la totalidad de los Señores Concejales para la celebración de la sesión, por el Sr. Presidente se declara abierto el acto y por Secretaría se da lectura al Orden del Día circulado al efecto a fin de proceder al estudio de los diversos asuntos comprendidos en el mismo.

1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA SESIÓN ANTERIOR.-

Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior celebrada el día veintiocho de septiembre de dos mil diez, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente y no formulándose ninguna, el Señor Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la citada sesión, ordenando su transcripción al Libro de Actas, en base a lo dispuesto en el art. 110.2 del R.O.F.

2º.- BOLETINES OFICIALES Y COMUNICACIONES.-

Se dio cuenta de los Boletines Oficiales recibidos y la Junta de Gobierno quedó enterada.

3º.- CUENTAS Y FACTURAS. ACUERDOS PROCEDENTES.-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local, la relación de facturas que presenta Intervención y que comprende la que comienza por una a nombre de “PARTY FIESTA, materiales diversos, por importe de dieciséis euros con cincuenta céntimos (16,50 €)” y finaliza por otra de “FERRETERÍA PADRÓN, materiales diversos, por importe de cuatro mil cuatrocientos treinta y siete euros con cincuenta y cuatro céntimos (4.437,54 €)”, siendo la suma total de la relación veintiún mil trescientos cincuenta y un euros con setenta y cinco céntimos (21.351,75 €).
Examinadas las facturas y encontrándolas ajustadas al vigente Presupuesto Municipal ordinario de gastos, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los señores asistentes acordó su aprobación.

4º.- CERTIFICACIONES DE OBRAS. ACUERDOS PROCEDENTES.-

No se presentaron.

5º.- SOLICITUD DE CELEBRACIÓN DE ESCRITURA PÚBLICA. ACUERDO PROCEDENTE.-

- SOLICITUD DE DON MANUEL DE LOS REYES SANTANA CABRERA, EN REPRESENTACIÓN DE HEREDEROS DE DON PEDRO SANTANA GONZÁLEZ.-

Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta de los informes de la Oficina Técnica Municipal y jurídico sobre solicitud de Don Manuel de los Reyes Santana Cabrera, en representación de herederos de Don Pedro Santana González, de celebración de escritura pública del lote letra g de la manzana número 4 de la parcela Montaña Pelada. En el informe técnico se hace constar que en dicho lote se encuentra construido un inmueble de dos plantas, destinadas a vivienda, y cuya descripción es la siguiente:
Superficie: 185,00 m² aunque según reciente medición tiene una superficie de 171,00 m².
Linderos:
Norte: Solar letra f de la propia manzana número 4, hoy vivienda de Don Román Almeida García y Doña Margarita Guillén Melián.
Sur: Con un parterre de jardín en proyecto, limitado por las calles letras D e I también en proyecto, hoy escaleras que separan de parterre de jardín y calle Manuel de Falla.
Naciente: Calle en proyecto letra D, hoy calle Manuel de Falla.
Poniente: Calle en proyecto letra I, hoy calle Francisco de Goya.
Vistos los informes técnico y jurídico, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Celebrar escritura pública del lote letra g de la manzana número 4  de la parcela Montaña Pelada a Don Manuel de los Reyes Santana Cabrera en representación de herederos de Don Pedro Santana González.
Segundo.- Facultar al Señor Alcalde-Presidente para la firma de la escritura pública correspondiente.

6º.- INFORMES DE NEGOCIADO DE ASUNTOS TRIBUTARIOS. ACUERDOS PROCEDENTES.-

6.1.- SOLICITUD DE DON ONOFRE SANTIAGO ACEVEDO DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Don Onofre Santiago Acevedo, con D.N.I./N.I.F. 78.484.092-L, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 16-2º A, de este t.m., en la que expone que es titular/propietario del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 16-2ºA, de este t.m., con referencias catastrales números 4498705DS3049N00014XR y 4399101DS3049N0073HX; números fijos 34513732 y 34513824, respectivamente, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Don Onofre Santiago Acevedo, con D.N.I./N.I.F. 78.484.092-L, con referencias catastrales números 4498705DS3049N00014XR y 4399101DS3049N0073HX; números fijo 34513732 y 34513824, respectivamente, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-61/04-09 (26 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-7 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.2.- SOLICITUD DE DOÑA MILAGROSA SÁNCHEZ GARCÍA DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Doña Milagrosa Sánchez García, con D.N.I./N.I.F. 42.841.781-A, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 5-2º D, de este t.m., en la que expone que es titular/propietaria del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 5-2º D, de este t.m., con referencia catastral número 4399101DS3049N0040GZ y número fijo 34513791, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por la solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Doña Milagrosa Sánchez García, con D.N.I./N.I.F. 42.841.781-A, con referencia catastral número 4399101DS3049N0040GZ y número fijo 34513791, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-60/04-09 (51 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-6 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.3.- SOLICITUD DE DON MIGUEL ANGEL RODRÍGUEZ SOSA DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Don Miguel Ángel Rodríguez Sosa, con D.N.I./N.I.F. 78.494.735-J, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 9-1º D, de este t.m., en la que expone que es titular/propietario del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 9-1º D, de este t.m., con referencia catastral número 4399101DS3049N0023RP y número fijo 34513774, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Don Miguel Ángel Rodríguez Sosa, con D.N.I./N.I.F. 78.494.735-J, con referencia catastral número 4399101DS3049N0023RP y número fijo 34513774, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-60/04-09 (51 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-6 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.4.- SOLICITUD DE DOÑA MARÍA CANDELARIA LUGO ÁLAMO DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Doña María Candelaria Lugo Álamo, con D.N.I./N.I.F. 78.477.861-K, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 2-2º A, de este t.m., en la que expone que es titular/propietaria del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 2-2º A, de este t.m., con referencias catastrales números 4498705DS3049N0025US y 4399101DS3049N0090RP; números fijos 34513743 y 34513841, respectivamente, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por la solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Doña María Candelaria Lugo Álamo, con D.N.I./N.I.F. 78.477.861-K, con referencias catastrales números 4498705DS3049N0025US y 4399101DS3049N0090RP; números fijos 34513743 y 34513841, respectivamente, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-61/04-09 (26 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-7 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.5.- SOLICITUD DE DOÑA MARÍA DELIA GONZÁLEZ CANDELARIA DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Doña María Delia González Candelaria, con D.N.I./N.I.F. 78.475.404-W, con domicilio a estos efectos en la calle Hermanos Carrillo Díaz, portal 9-2º B, de este t.m., en la que expone que es titular/propietaria del inmueble sito en la calle Hermanos Carrillo Díaz, portal 9-2º B, de este t.m., con referencia catastral número 4200901DS3140S0035GJ y número fijo 34513684, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por la solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Doña María Delia González Candelaria, con D.N.I./N.I.F. 78.475.404-W, con referencia catastral número 4200901DS3140S0035GJ y número fijo 34513684, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-62/04-09 (65 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-10 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.6.- SOLICITUD DE DON FERNANDO JESÚS RIOS MENDOZA DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Don Fernando Jesús Ríos Mendoza, con D.N.I./N.I.F. 78.475.044-X, con domicilio a estos efectos en Urbanización SAU-Los Quintanas manzana 7, de este t.m., en la que expone que es titular/propietario del inmueble sito en Urbanización SAU-Los Quintanas manzana 7, de este t.m., con referencias catastrales números 4498705DS3049N00022RO y 4399101DS3049N0084QU; números fijo 34513740 y 34513835, respectivamente, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Don Fernando Jesús Ríos Mendoza, con D.N.I./N.I.F. 78.475.044-X, con referencias catastrales números 4498705DS3049N00022RO y 4399101DS3049N0084QU;  números fijos 34513740 y 34513835, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-61/04-09 (26 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-7 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.7.- SOLICITUD DE DOÑA SEHILA REYES SANTANA DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Doña Sehila Reyes Santana, con D.N.I./N.I.F. 78.485.475-E, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 4-2º A, de este t.m., en la que expone que es titular/propietaria del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 4-2º A, de este t.m., con referencias catastrales números 4498705DS3049N0023TP y 4399101DS3049N0088TA; números fijos 34513741 y 34513839, respectivamente, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por la solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Doña Sehila Reyes Santana, con D.N.I./N.I.F. 78.485.475-E, con referencias catastrales números 4498705DS3049N0023TP y 4399101DS3049N0088TA; números fijos 34513741 y 34513839, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-61/04-09 (26 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-7 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.8.- SOLICITUD DE  DON DAVID DEL PINO ALMEIDA MENDOZA DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Don David del Pino Almeida Mendoza, con D.N.I./N.I.F. 44.322.489-V, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 8-2º A, de este t.m., en la que expone que es titular/propietario del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 8-2º A, de este t.m., con referencia catastral número 4498705DS3049N0019RO y número fijo 34513737, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por el solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Don David del Pino Almeida Mendoza, con D.N.I./N.I.F. 44.322.489-V, con referencia catastral número 4498705DS3049N0019RO y número fijo 34513737, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-61/04-09 (26 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-7 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

6.9.- SOLICITUD DE DOÑA CATALINA DEL CARMEN MORENO REYES DE BONIFICACIÓN FISCAL PARA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL-

Por el Señor Concejal de Hacienda, Don Cayetano González Padrón, se da cuenta del informe del Negociado de Asuntos Tributarios sobre la solicitud presentada por Doña Catalina del Carmen Moreno Reyes, con D.N.I./N.I.F. 78.474.990-W, con domicilio a estos efectos en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 3-2º C, de este t.m., en la que expone que es titular/propietaria del inmueble sito en la calle Eloísa Mendoza Mendoza, portal 3-2º C, de este t.m., con referencia catastral número 4399101DS3049N0037GZ y número fijo 34513788, y solicita la bonificación correspondiente respecto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana establecida en el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y a la que, ya hacía referencia en su momento la Disposición Adicional Primera, apartado 3 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Visto el informe del Negociado y, a tenor de lo establecido en los artículos 60, 61.1, 73.2, 75.1, 75.2, 75.3, 77.1, 77.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo  2/2004, de 5 de marzo; y demás disposiciones concordantes, así como de la documentación aportada por la solicitante, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó BONIFICAR en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana al inmueble de Doña Catalina del Carmen Moreno Reyes, con D.N.I./N.I.F. 78.474.990-W, con referencia catastral número 4399101DS3049N0037GZ y número fijo 34513788, y que forma parte del conjunto de viviendas promovidas por GALOBRA, S.A., con N.I.F. A-35294032, expediente número 35-1G-60/04-09 (51 viviendas con Calificación Definitiva de Viviendas Protegidas de Régimen General Tipo I de fecha 23/07/2007), y con emplazamiento en la Manzana M-6 Los Quintana (Lomo San Isidro) de este término municipal consistiendo la bonificación concedida en el 50% de la cuota íntegra del Impuesto para el ejercicio 2010.

7º.- SOLICITUD ARRENDAMIENTO DE TERRENOS MUNICIPALES. ACUERDO PROCEDENTE.-
 
- SOLICITUD DE DON FRANCISCO MEDINA DÍAZ:

Por la Señora Concejal Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta del informe técnico de fecha 22 de marzo de 2010, referente a la solicitud de Don Francisco Medina Díaz de arrendamiento de una parcela de propiedad municipal sita en lugar denominado Cuesta de las Verguillas, en el que se hace constar entre otras consideraciones lo siguiente:
“1. La parcela objeto del presente informe de acuerdo con el levantamiento  planimétrico anexo queda descrita como sigue:
Superficie suelo rústico: 255,21 m².
Superficie en suelo urbano: 91,50 m² (futura zona ajardinada).
Linderos: Norte: Futura zona ajardinada según Plan General de Ordenación.
   Sur: Camino de acceso.
   Este: Terreno municipal.
   Oeste: Calle Albert Einstein.
2. La parcela según plano aportado a la solicitud queda calificada como Suelo Rústico de Protección Agraria Intensiva (S.R.P.A.i) y en otra como Suelo Urbano Consolidado por la Urbanización (S.U.C.U.) según el Plan General de Ordenación Urbana de Gáldar, aprobado por la C.O.T.M.A.C. el 20 de julio de 2006.
3. El área calificada como suelo urbano queda destinado a Zona Ajardinada según el referido Plan General. Por tanto se plantea no es conveniente su arrendamiento, puesto que el fin previsto por el planeamiento es la realización de dicha zona ajardina.
4. Para la valoración de la parcela para su arrendamiento tenemos en cuenta sólo la parte de la misma localizada en Suelo Rústico, Así, se trataría de un suelo en situación de rural, y por tanto y aplicando el Texto Refundido de la Ley de Suelo de 2008 (Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio), tendremos que aplicar el valor del suelo obtenido mediante el método de Capitalización de rentas, según artículo 23.1.(...).
Así, el valor del terreno solicitado y según las premisas expuestas no debería ser inferior a la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS CINCO EUROS CON  SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (2.605,69 €). (...).
Al aplicar el referido 6% sobre el valor de los terrenos: 2.605,69 euros x 6% = 156,34 euros. Por tanto, el valor de renta anual siguiendo las premisas del presente informe de la parte de la finca valorada y situada en suelo rústico según Plan General no debería ser inferior a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (156,34 €)”.
Visto el informe técnico, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar el informe técnico de medición y valoración de terrenos municipales para arrendamiento a Don Francisco Medina Díaz, de fecha 22 de marzo de 2010.
Segundo.- Arrendar a Don Francisco Medina Díaz el terreno de propiedad municipal sito en el lugar denominado Cuesta de las Verguillas, con una superficie de 255,21 m² que linda Norte: Futura zona ajardinada según Plan General de Ordenación; Sur: Camino de acceso; Este: Terreno municipal; Oeste: Calle Albert Einstein, por el precio de ciento cincuenta y seis euros con treinta y cuatro céntimos anuales y por un periodo de cinco años improrrogables.
Tercero.- Facultar al Señor Alcalde-Presidente para que en nombre y representación del Ayuntamiento suscriba el correspondiente contrato de arrendamiento.

8º.- RESOLUCIÓN DE CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 25 DE NOVIEMBRE DE 1.999 CON LA ENTIDAD PROGECON, S.L. ACUERDO PROCEDENTE .-

Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se da cuenta del expediente administrativo incoado el 30 de junio de 2010 para la resolución, en su caso, del convenio de colaboración suscrito con la entidad PROGECON, S.L. el 25 de noviembre de 1.999 para la instalación de mobiliario urbano y, del informe jurídico de fecha 29 de septiembre de 2010 sobre resolución de dicho convenio, proponiendo a la vista de los mismos la resolución del convenio.
Visto el expediente administrativo incoado el 30 de junio de 2010 para resolución del convenio de colaboración suscrito con la entidad PROGECON, S.L. el 25 de noviembre de 1.999 para la instalación de mobiliario urbano, el informe jurídico de fecha 29 de septiembre de 2.010 y considerado,
1º.- Que con fecha 25 de noviembre de 1.999 el Ayuntamiento suscribió convenio de colaboración con la entidad PROGECON S.L., en virtud del cual dicha sociedad procedería a la reposición de parte del mobiliario urbano (vallas de protección, carteleras sociales, etc.) a cambio de su explotación publicitaria.
Para dicho convenio se estableció una duración inicial de cinco años, renovable por periodos iguales salvo que fuera denunciado por alguna de las partes con tres meses de antelación al vencimiento del plazo inicial o de las sucesivas prórrogas. Como tal denuncia no se ha producido, la prórroga actualmente vigente concluirá el 25 de noviembre de 2014.
2º.- Que en la estipulación tercera del meritado convenio se estableció que para la primera y futuras instalaciones del mobiliario, PROGECON S.L. habría de presentar una relación pormenorizada del mismo con indicación exacta del lugar donde se vaya a instalar, solicitando y obteniendo previamente la correspondiente licencia  municipal, previo abono de las tasas fiscales aplicables.
Por otro lado, en la estipulación octava se acordó que sería causa de resolución del convenio el incumplimiento por parte de PROGECON S.L. de las obligaciones contraídas en el mismo.
3º.- Que mediante oficio de 30 de junio de 2010 PROGECON S.L. fue requerida por la Alcaldía para que aportase relación de las instalaciones realizadas y copia de las licencias municipales concedidas y justificante de pago de las tasas; presentando escrito con fecha 16 de julio de 2010 en el que manifestó que había instalado dos vallas (sin indicar el lugar exacto de su ubicación) y que a la mayor brevedad posible aportaría la licencia y el justificante de pago de las tasas.
Con fecha 15 de septiembre de 2010 se emitió informe por la Policía Local (Servicio Especial de Urbanismo y Medio Ambiente) en el que se hizo constar la ubicación exacta de las dos vallas instaladas por PROGECON S.L.: una en la rotonda del Puente de los Tres Ojos, en dirección a Sardina, y otra en la calle Domingo Pérez en su intersección con la Bajada de las Guayarminas.
4º.- Que a pesar del tiempo transcurrido desde la presentación de  su escrito de alegaciones (16 de julio de 2010), PROGECON S.L. no ha presentado ni las licencias municipales para la instalación de las vallas ni los justificantes de pago de las tasas, lo que supone, conforme al informe jurídico que obra en el expediente,  el incumplimiento de la estipulación tercera del convenio, lo que a su vez es causa de resolución del mismo conforme a lo establecido en su estipulación octava, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
PRIMERO.- Dar por resuelto el convenio de colaboración suscrito con la entidad PROGECON S.L. el 25 de noviembre de 1.999 por incumplimiento de las obligaciones que dicha entidad asumió en el mismo.
SEGUNDO.- Requerir a la citada entidad para que, en el  plazo de diez (10) días hábiles a contar desde la notificación del presente acuerdo,  proceda a la retirada del mobiliario urbano y soporte publicitario por ella instalado en este Municipio, con la advertencia de que, en caso contrato,  se procederá por el Ayuntamiento  a la ejecución subsidiaria de las obras de retirada, a costa de la entidad, conforme a lo previsto en el artículo 98 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

URGENCIAS.- Seguidamente y previa Declaración de Urgencia acordada por unanimidad, fue tratado el siguiente asunto:

A).- APROBACIÓN DE CONVENIO CON EL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA. ACUERDO PROCEDENTE.-

Por la Señora Concejal de Urbanismo, Doña María Encarnación Ruiz Alonso, se propone la aprobación del Convenio a suscribir con el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, por el que se regula la subvención para la ejecución de la obra “Acondicionamiento de 10 Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales en la Costa del Municipio de Gáldar. Fase II”.
Visto el Convenio, la Junta de Gobierno Local por unanimidad acordó la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Aprobar el Convenio a suscribir entre este Ayuntamiento y el Consejo  Insular de Aguas de Gran Canaria, que regula la subvención para la ejecución de la obra “Acondicionamiento de 10 Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales en la Costa del Municipio de Gáldar. Fase II”.
Segundo.- Facultar al Señor Alcalde-Presidente para la firma del referido Convenio.

9º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.-

No se formularon.

Y sin más asuntos que tratar, se dio por terminada la sesión, siendo las diez horas, de todo lo cual se levanta la presente acta que firman conmigo los Señores y Señoras asistentes, de la que yo, como Secretaria, certifico.
 


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